Los imputados son Emiliano Nicolás, Roberto Nicolás, Guillermo Nicolás y Mónica Patricia Sendín.
Al inicio del juicio y como cuestión previa los defensores plantearon la prescripción de la acción penal por haber transcurrido 5 años desde la apertura formal de la investigación -11 de febrero de 2017-, fecha que según la defensa debe contarse como inicio de la duración del proceso. De acuerdo a ello y a los fundamentos jurídicos expuestos por el defensor Carlos Del Mármol, solicitó el sobreseimiento de sus representados Roberto Nicolás, Guillermo Nicolás y Mónica Sendín, por haber concluido esa duración límite de cinco años sin que la causa tenga un juicio, de acuerdo a lo reglamentado por los artículos 147 y 357 del código procesal penal de Chubut, consignó un comunicado de la Agencia Judicial.
Cuarto intermedio
Por su parte, los defensores de Emiliano Nicolás adhirieron al mismo pedido y por las mismas cuestiones. A su turno el fiscal Enrique Kaltenmeier, no puso en discusión la fecha de inicio del proceso que indicó la defensa -11 de febrero de 2017-, pero solicitó que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 146, 147 y 358 ro también del Código Procesal Penal. Según argumentó, esas normas procesales de la provincia que también rigen en materia del cómputo de plazos para una acción penal pública, han avanzado por sobre la competencia de la Nación para regular cuestiones jurídicas que tienen que ver con la prescripción de las causas.
A partir de este planteo, las defensas solicitaron un cuarto intermedio de 5 días hábiles, es decir, hasta el próximo lunes 21 de febrero para poder preparar la réplica a lo expuesto por la Fiscalía.#
Los imputados son Emiliano Nicolás, Roberto Nicolás, Guillermo Nicolás y Mónica Patricia Sendín.
Al inicio del juicio y como cuestión previa los defensores plantearon la prescripción de la acción penal por haber transcurrido 5 años desde la apertura formal de la investigación -11 de febrero de 2017-, fecha que según la defensa debe contarse como inicio de la duración del proceso. De acuerdo a ello y a los fundamentos jurídicos expuestos por el defensor Carlos Del Mármol, solicitó el sobreseimiento de sus representados Roberto Nicolás, Guillermo Nicolás y Mónica Sendín, por haber concluido esa duración límite de cinco años sin que la causa tenga un juicio, de acuerdo a lo reglamentado por los artículos 147 y 357 del código procesal penal de Chubut, consignó un comunicado de la Agencia Judicial.
Cuarto intermedio
Por su parte, los defensores de Emiliano Nicolás adhirieron al mismo pedido y por las mismas cuestiones. A su turno el fiscal Enrique Kaltenmeier, no puso en discusión la fecha de inicio del proceso que indicó la defensa -11 de febrero de 2017-, pero solicitó que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 146, 147 y 358 ro también del Código Procesal Penal. Según argumentó, esas normas procesales de la provincia que también rigen en materia del cómputo de plazos para una acción penal pública, han avanzado por sobre la competencia de la Nación para regular cuestiones jurídicas que tienen que ver con la prescripción de las causas.
A partir de este planteo, las defensas solicitaron un cuarto intermedio de 5 días hábiles, es decir, hasta el próximo lunes 21 de febrero para poder preparar la réplica a lo expuesto por la Fiscalía.#