La clave del día / Usurpaciones, delito y necesidad

25 ABR 2022 - 21:14 | Actualizado 25 ABR 2022 - 21:16

En los últimos cinco años se han registrado varios intentos de usurpación de terrenos en Puerto Madryn. El último hasta el momento se produjo este fin de semana. La situación plantea dos puntos que son delicados para la consideración y el tratamiento que se debe tener respecto de los hechos. Punto uno: es un delito. Punto dos: manifiesta una necesidad social.
Ya ha quedado claro que a los protagonistas de las usurpaciones no les importa cometer el delito. En el campo social todo siguió su curso. Más temprano que tarde, los hechos vuelven a suceder. Así ocurrió en 2018, 2019, 2020, 2021 y ocurren en estos días.
La ordenanza 10.337 toma como base la ordenanza General de Tierras de Dominio del Estado Municipal 9648 y los artículos del Código Penal y el Civil y Comercial, avanza en la definición de usurpación y en sus considerandos menciona que la práctica de usurpación “se han transformado en un medio de presión social para el acceso a la vivienda, donde personas de distintos grupos sociales, con diferentes situaciones y problemáticas habitacionales, han venido ejerciendo distintos actos de tomas de posesión ilegales de inmuebles tanto públicos como privados”. Pero a su vez destacando que esto podría hacer que haya en medio personas que hagan algún tipo de negocio inmobiliario, aún desde la ilegalidad, “afectando el bien común”. Las sanciones por usurpar terrenos van desde los 1.000 y los 5.100 pesos, y cabe la posibilidad de que los infractores queden imposibilitados de acceder a terrenos cuando sean distribuidos por el Estado.
A pesar de la necesidad habitacional de las familias, está claro que se organizan para usurpar terrenos. Bajo pretexto de que es un derecho, que les corresponde por ser nativos del lugar, entre otras razones, el hecho no deja de ser un delito. Se han establecido medidas como para desalentar estas acciones pero parecen insuficientes.#

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25 ABR 2022 - 21:14

En los últimos cinco años se han registrado varios intentos de usurpación de terrenos en Puerto Madryn. El último hasta el momento se produjo este fin de semana. La situación plantea dos puntos que son delicados para la consideración y el tratamiento que se debe tener respecto de los hechos. Punto uno: es un delito. Punto dos: manifiesta una necesidad social.
Ya ha quedado claro que a los protagonistas de las usurpaciones no les importa cometer el delito. En el campo social todo siguió su curso. Más temprano que tarde, los hechos vuelven a suceder. Así ocurrió en 2018, 2019, 2020, 2021 y ocurren en estos días.
La ordenanza 10.337 toma como base la ordenanza General de Tierras de Dominio del Estado Municipal 9648 y los artículos del Código Penal y el Civil y Comercial, avanza en la definición de usurpación y en sus considerandos menciona que la práctica de usurpación “se han transformado en un medio de presión social para el acceso a la vivienda, donde personas de distintos grupos sociales, con diferentes situaciones y problemáticas habitacionales, han venido ejerciendo distintos actos de tomas de posesión ilegales de inmuebles tanto públicos como privados”. Pero a su vez destacando que esto podría hacer que haya en medio personas que hagan algún tipo de negocio inmobiliario, aún desde la ilegalidad, “afectando el bien común”. Las sanciones por usurpar terrenos van desde los 1.000 y los 5.100 pesos, y cabe la posibilidad de que los infractores queden imposibilitados de acceder a terrenos cuando sean distribuidos por el Estado.
A pesar de la necesidad habitacional de las familias, está claro que se organizan para usurpar terrenos. Bajo pretexto de que es un derecho, que les corresponde por ser nativos del lugar, entre otras razones, el hecho no deja de ser un delito. Se han establecido medidas como para desalentar estas acciones pero parecen insuficientes.#


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