Rechazan reparación para la devolución de dinero

Gustavo Castro. Jueza de la causa.
11 AGO 2022 - 21:00 | Actualizado 11 AGO 2022 - 21:02

Se llevó a cabo en Trelew una audiencia preliminar en la que el juez Gustavo Castro autorizó la apertura a juicio oral y público, en una causa en la que está imputado Ariel Molina por hurto simple en calidad de coautor.

La defensa particular del imputado, representada por el abogado Romano Cominetti, solicitó la aplicación de una salida alternativa al conflicto en la modalidad de reparación, por la que su asistido estaría en condiciones de pagar a la víctima la suma de $ 22.500 y a lo que la víctima había prestado su consentimiento.

El fiscal Gustavo García Antón, entendió que no sería una reparación sino una conciliación, en la que la víctima presta su consentimiento, pero el monto debería estar actualizado. Pero además de ello, fundó la oposición a la reparación y a la conciliación de acuerdo a los antecedentes condenatorios que posee el imputado Molina, sobre todo en 2014, cuando fue condenado a 4 años de prisión y en caso de recaer condena, sería de efectivo cumplimiento por lo que, en función de ello, además, el fiscal general adelantó que, por el tipo del delito y las pruebas que obran, existen elementos más que suficientes, solicitó la prisión preventiva hasta el debate.

A esto, el defensor refirió que su pedido no resulta extemporáneo ya que la etapa preparatoria aún no ha concluido.

Indicó que su asistido tiene una sola condena de 4 años, la que se encuentra cumplida. Coincidió con el MPF sobre la actualización del monto ofrecido como reparación, pero aclaró que la suma ofrecida es de hace una semana y que la víctima solicitó que le sirviera de escarmiento al imputado.

Agregó que se trata de un hecho menor, el que puede ser reparado y que la víctima está de acuerdo por lo que mantuvo su pedido de reparación o conciliación y oponiéndose a la prisión preventiva solicitada.

El magistrado indicó que, al no existir el consentimiento de la Fiscalía -quien es el titular de la acción pública- y además por lo fundamentado en esa opción en cuanto a los requisitos que no cumple el imputado por cuanto no es un agente primario, sino que cuenta con antecedentes condenatorios, no hizo lugar a dicho pedido de reparación solicitado por la defensa, informó un parte de la Agencia Judicial.

El fiscal relató el hecho ocurrido en junio de 2019 cuando Ariel Molina junto a un cómplice ingresaron un vehículo estacionado en el centro de la ciudad sustrayendo diversos elementos tras lo cual huyeron del lugar con el botín.

Como medida de coerción, solicitó la prisión preventiva hasta la fecha del debate, fundado en la falta de arraigo de Molina, sin certeza que se presente a proceso.

La defensa no se opuso a las pruebas ofrecidas por la Fiscalía pero en cuanto a la prisión preventiva solicitada por la fiscalía, se opuso, manifestando que han realizado las diligencias para traer a Molina a esta audiencia, indicando que su defendido siempre estuvo a derecho, agregando que la medida puede ser sustituida por una menos gravosa, como presentarse a firmar dos veces por semana a la oficina judicial.

Finalmente, el magistrado declaró admisible la acusación pública presentada por el Ministerio Publico Fiscal y autorizó la apertura de juicio por el hecho de la acusación fiscal encuadrado en la figura de hurto simple en carácter de autor y, además, respecto de la prisión preventiva solicitada, el juez Gustavo Castro no hizo lugar al pedido.#

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Gustavo Castro. Jueza de la causa.
11 AGO 2022 - 21:00

Se llevó a cabo en Trelew una audiencia preliminar en la que el juez Gustavo Castro autorizó la apertura a juicio oral y público, en una causa en la que está imputado Ariel Molina por hurto simple en calidad de coautor.

La defensa particular del imputado, representada por el abogado Romano Cominetti, solicitó la aplicación de una salida alternativa al conflicto en la modalidad de reparación, por la que su asistido estaría en condiciones de pagar a la víctima la suma de $ 22.500 y a lo que la víctima había prestado su consentimiento.

El fiscal Gustavo García Antón, entendió que no sería una reparación sino una conciliación, en la que la víctima presta su consentimiento, pero el monto debería estar actualizado. Pero además de ello, fundó la oposición a la reparación y a la conciliación de acuerdo a los antecedentes condenatorios que posee el imputado Molina, sobre todo en 2014, cuando fue condenado a 4 años de prisión y en caso de recaer condena, sería de efectivo cumplimiento por lo que, en función de ello, además, el fiscal general adelantó que, por el tipo del delito y las pruebas que obran, existen elementos más que suficientes, solicitó la prisión preventiva hasta el debate.

A esto, el defensor refirió que su pedido no resulta extemporáneo ya que la etapa preparatoria aún no ha concluido.

Indicó que su asistido tiene una sola condena de 4 años, la que se encuentra cumplida. Coincidió con el MPF sobre la actualización del monto ofrecido como reparación, pero aclaró que la suma ofrecida es de hace una semana y que la víctima solicitó que le sirviera de escarmiento al imputado.

Agregó que se trata de un hecho menor, el que puede ser reparado y que la víctima está de acuerdo por lo que mantuvo su pedido de reparación o conciliación y oponiéndose a la prisión preventiva solicitada.

El magistrado indicó que, al no existir el consentimiento de la Fiscalía -quien es el titular de la acción pública- y además por lo fundamentado en esa opción en cuanto a los requisitos que no cumple el imputado por cuanto no es un agente primario, sino que cuenta con antecedentes condenatorios, no hizo lugar a dicho pedido de reparación solicitado por la defensa, informó un parte de la Agencia Judicial.

El fiscal relató el hecho ocurrido en junio de 2019 cuando Ariel Molina junto a un cómplice ingresaron un vehículo estacionado en el centro de la ciudad sustrayendo diversos elementos tras lo cual huyeron del lugar con el botín.

Como medida de coerción, solicitó la prisión preventiva hasta la fecha del debate, fundado en la falta de arraigo de Molina, sin certeza que se presente a proceso.

La defensa no se opuso a las pruebas ofrecidas por la Fiscalía pero en cuanto a la prisión preventiva solicitada por la fiscalía, se opuso, manifestando que han realizado las diligencias para traer a Molina a esta audiencia, indicando que su defendido siempre estuvo a derecho, agregando que la medida puede ser sustituida por una menos gravosa, como presentarse a firmar dos veces por semana a la oficina judicial.

Finalmente, el magistrado declaró admisible la acusación pública presentada por el Ministerio Publico Fiscal y autorizó la apertura de juicio por el hecho de la acusación fiscal encuadrado en la figura de hurto simple en carácter de autor y, además, respecto de la prisión preventiva solicitada, el juez Gustavo Castro no hizo lugar al pedido.#


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