Hoy continúa el proceso contra la exdiputada Torres Otarola

El Superior Tribunal de Justicia, declaró nula la decisión de tres jueces y consideró afectados los intereses personales de los testigos de la Unidad Fiscal Especializada en delitos contra la Administración Pública Provincial.

14 DIC 2022 - 8:30 | Actualizado 14 DIC 2022 - 9:06

Cecilia Torres Otarola, fue acusada por el delito de fraude a la administración pública en calidad de autora por 8 hechos, tres por el delito de concusión y cinco por fraude, en concurso ideal con incumplimiento de los deberes de funcionario público, en este sentido el fiscal considero que “resultó una pieza central de la actividad delictiva investigada”. Según las calificaciones legales escogidas, la escala penal parte desde los dos años, más inhabilitación especial para ejercer cargos públicos. La Fiscalía estimó que al momento de pedir pena, la misma no será inferior a los cuatro años de prisión efectiva, más la inhabilitación especial por igual plazo.

El contexto procesal

En la audiencia preliminar se había planteado el levantamiento del secreto bancario de los testigos de la fiscalía, Sandoval, Martínez y Paludi, a pedido del defensor Fabian Gabalachis.

El fiscal Omar Rodríguez, titular de la UFE, se opuso al pedido, pero la jueza Gonzalez, hizo lugar a la petición del defensor.

Seguidamente, los testigos presentaron una impugnación ante un nuevo Tribunal integrado por los jueces Marcos Napoli y Nieto Di Biase, ambos resolvieron “no hacer lugar al recurso presentado”. Por lo que como última instancia, los testigos se presentaron en queja ante el Superior Tribunal de Justicia.

El máximo organismo provincial resolvió declarar nula la decisión de la jueza Ivana Gonzalez, Marcos Napoli y Nieto Di Biase, por haber aceptado el pedido del defensor Fabian Gabalachis. El superior formuló en sus considerandos que “el auto que habilitó las medidas de investigación solicitadas por el abogado actuante afecto gravemente los intereses personales de los testigos Sandoval, Martínez y Paludi, sin que fueran oídos durante el trámite respectivo.

El titular de la UFE, Omar Rodríguez, en audiencia preliminar advirtió que se trataba de testigos y no de imputados. Y alegó, “no se puede ingresar a una cuenta bancaria, es una medida de coerción invasiva de la intimidad de las personas, por lo tanto, no se puede aplicar a un testigo”.

El artículo 381 del CPP en cuestión dice, “los testigos, peritos y otros intervinientes podrán impugnar los autos y providencias que los afecten, únicamente ante un tribunal compuesto por dos jueces penales”.

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14 DIC 2022 - 8:30

Cecilia Torres Otarola, fue acusada por el delito de fraude a la administración pública en calidad de autora por 8 hechos, tres por el delito de concusión y cinco por fraude, en concurso ideal con incumplimiento de los deberes de funcionario público, en este sentido el fiscal considero que “resultó una pieza central de la actividad delictiva investigada”. Según las calificaciones legales escogidas, la escala penal parte desde los dos años, más inhabilitación especial para ejercer cargos públicos. La Fiscalía estimó que al momento de pedir pena, la misma no será inferior a los cuatro años de prisión efectiva, más la inhabilitación especial por igual plazo.

El contexto procesal

En la audiencia preliminar se había planteado el levantamiento del secreto bancario de los testigos de la fiscalía, Sandoval, Martínez y Paludi, a pedido del defensor Fabian Gabalachis.

El fiscal Omar Rodríguez, titular de la UFE, se opuso al pedido, pero la jueza Gonzalez, hizo lugar a la petición del defensor.

Seguidamente, los testigos presentaron una impugnación ante un nuevo Tribunal integrado por los jueces Marcos Napoli y Nieto Di Biase, ambos resolvieron “no hacer lugar al recurso presentado”. Por lo que como última instancia, los testigos se presentaron en queja ante el Superior Tribunal de Justicia.

El máximo organismo provincial resolvió declarar nula la decisión de la jueza Ivana Gonzalez, Marcos Napoli y Nieto Di Biase, por haber aceptado el pedido del defensor Fabian Gabalachis. El superior formuló en sus considerandos que “el auto que habilitó las medidas de investigación solicitadas por el abogado actuante afecto gravemente los intereses personales de los testigos Sandoval, Martínez y Paludi, sin que fueran oídos durante el trámite respectivo.

El titular de la UFE, Omar Rodríguez, en audiencia preliminar advirtió que se trataba de testigos y no de imputados. Y alegó, “no se puede ingresar a una cuenta bancaria, es una medida de coerción invasiva de la intimidad de las personas, por lo tanto, no se puede aplicar a un testigo”.

El artículo 381 del CPP en cuestión dice, “los testigos, peritos y otros intervinientes podrán impugnar los autos y providencias que los afecten, únicamente ante un tribunal compuesto por dos jueces penales”.


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