Histórico fallo por femicidio transversal en juicio por jurados: “Valoro la tarea de todo el equipo”

“Lo que había que fundamentar o probar es esta ultra finalidad que es causar sufrimiento”, explicó Eugencia Vottaro, la fiscal que tuvo a su cargo la investigación que condenó a perpetua mediante juicio por jurados a un imputado por “femicidio transversal” en Puerto Madryn.

Eugenia Vottaro, fiscal de Puerto Madryn
04 MAY 2024 - 10:52 | Actualizado 04 MAY 2024 - 11:53

Por Lorena Leeming / Redacción Jornada

“Puedo resaltar y valorar todo el trabajo del equipo”, dijo en una entrevista con Jornada Eugenia Vottero, la fiscal de Puerto Madryn que tuvo a su cargo la investigación de la causa que se juzgó como femicidio transversal cuya víctima fue Gladys Medina, madre de la pareja de Brian Cazarreta, quien por juicio por jurados e históricamente en la provincia recibió la condena de cadena perpetua.

Es ésta, la primera condena de este tipo bajo jurado popular. Chazarreta estaba acusado por el asesinato de Medina, madre de su pareja. Fue un caso encuadrado en la figura de “femicidio transversal” que de acuerdo a la doctrina y la jurisprudencia se aplica en aquellos casos donde una persona mata a otra con el fin de causar sufrimiento a otra con la que mantiene o ha mantenido una relación de pareja.

El crimen ocurrió el 19 de octubre de 2021 en una vivienda ubicada en un sector de Puerto Madryn conocido como Parque Agroforestal, cuando Chazarreta atacó y dio muerte a quien era su suegra, después que la joven que era su pareja le hubiera comunicado su decisión de terminar la relación sentimental a raíz de los reiterados hechos de violencia que venía padeciendo.

“Es un fallo histórico en juicio por jurados porque es la primera vez en la Provincia donde se condena a una persona por femicidio transversal. Al probarse, la pena es perpetua”, reveló Vottero en una entrevista con Jornada.

Remitió que el hecho, “ocurrió en octubre de 2021 donde una persona dio muerte a la madre de su pareja con el fin de hacerla sufrir: eso que se llama un homicidio por venganza para causar un sufrimiento, habiendo un desprecio aún mayor por la vida humana; porque no le interesaba la vida de esa persona, sino hacer sufrir a su pareja”, explicó.

Habló del trabajo específico que realizó Fiscalía en esta causa. “Lo que había que fundamentar o probar es esta ultra finalidad que es causar sufrimiento. No estaba discutida ni la autoría ni la finalidad de Chazarreta en cuanto al homicidio de la señora Medina sino esta última finalidad que es causar sufrimiento”, reiteró.
Y agregó: “Obviamente, se probó con testimonios. Era una pareja que ya venía con denuncias de violencia de género por parte de esta persona hacia su pareja. Incluso, unas horas antes que diera muerte a su suegra, la joven lo había denunciado por hechos de violencia de género y había decidido dejar el hogar y la pareja. Porque se llevaba su hija y lo dejaba. Por eso dio muerte a la mujer”, reveló.

Describió cómo se trabaja en este tipo de debates orales. “El juicio por jurados es después de los hechos, lo técnico lo asume el juez de Derecho. En ese sentido se les da dos instrucciones: una que es cómo valorar las pruebas y otras referidas al Derecho. El juez resuelve, en este caso la doctora Alejandra Hernández. El jurado delibera. En esa instancia, nosotros no tenemos conocimiento si hubo o no dudas. Es secreto. Lo que sí puedo decir es que tardó dos horas, (que prevé el Código para la deliberación), por lo cual entiendo que no hubo dudas y es por unanimidad la condena. La provincia del Chubut prevé que para condenar a una persona por juicio por jurados se necesita unanimidad. Es decir, las 12 personas deben votar a favor del veredicto de culpabilidad”, remarcó.

Vottero resaltó que el juicio fue histórico. “Por juicio por jurados es el primero en la Provincia. Hubo otras causas, donde también el imputado fue condenado por femicidio transversal. Lo novedoso es que fue por jurado popular. Es satisfactorio que los pares entiendan los hechos y puedan juzgar y aplicar justicia. Es gratificante para ellos intervenir en impartir justicia”, reiteró.

Se refirió a la figura puntual de “femicidio transversal” y ante la consulta respecto a que si hubo dificultades para interpretar la carátula, deslizó que “el jurado no da motivos de su fallo, pero tienen que realizar su trabajo con perspectiva de género, está dentro de las instrucciones porque se acreditó en el momento de la prueba del juicio”.

Para finalizar, calificó como “gratificante” en lo personal el trabajo realizado. “Puedo resaltar y valorar todo el trabajo del equipo. Desde Policía, peritos. Fue una tarea larga ardua. Si bien estaba bien claro el autor, era difícil probar el móvil y se llevó adelante un trabajo en equipo. Fueron muchas personas, sin las que nos podría haber llegado a este veredicto. El juicio por jurados ahora nos enfrenta a una tarea mucho más dificultosa para llevar adelante el proceso. Es decir., la preparación es otra”, concluyó.

Eugenia Vottaro, fiscal de Puerto Madryn
04 MAY 2024 - 10:52

Por Lorena Leeming / Redacción Jornada

“Puedo resaltar y valorar todo el trabajo del equipo”, dijo en una entrevista con Jornada Eugenia Vottero, la fiscal de Puerto Madryn que tuvo a su cargo la investigación de la causa que se juzgó como femicidio transversal cuya víctima fue Gladys Medina, madre de la pareja de Brian Cazarreta, quien por juicio por jurados e históricamente en la provincia recibió la condena de cadena perpetua.

Es ésta, la primera condena de este tipo bajo jurado popular. Chazarreta estaba acusado por el asesinato de Medina, madre de su pareja. Fue un caso encuadrado en la figura de “femicidio transversal” que de acuerdo a la doctrina y la jurisprudencia se aplica en aquellos casos donde una persona mata a otra con el fin de causar sufrimiento a otra con la que mantiene o ha mantenido una relación de pareja.

El crimen ocurrió el 19 de octubre de 2021 en una vivienda ubicada en un sector de Puerto Madryn conocido como Parque Agroforestal, cuando Chazarreta atacó y dio muerte a quien era su suegra, después que la joven que era su pareja le hubiera comunicado su decisión de terminar la relación sentimental a raíz de los reiterados hechos de violencia que venía padeciendo.

“Es un fallo histórico en juicio por jurados porque es la primera vez en la Provincia donde se condena a una persona por femicidio transversal. Al probarse, la pena es perpetua”, reveló Vottero en una entrevista con Jornada.

Remitió que el hecho, “ocurrió en octubre de 2021 donde una persona dio muerte a la madre de su pareja con el fin de hacerla sufrir: eso que se llama un homicidio por venganza para causar un sufrimiento, habiendo un desprecio aún mayor por la vida humana; porque no le interesaba la vida de esa persona, sino hacer sufrir a su pareja”, explicó.

Habló del trabajo específico que realizó Fiscalía en esta causa. “Lo que había que fundamentar o probar es esta ultra finalidad que es causar sufrimiento. No estaba discutida ni la autoría ni la finalidad de Chazarreta en cuanto al homicidio de la señora Medina sino esta última finalidad que es causar sufrimiento”, reiteró.
Y agregó: “Obviamente, se probó con testimonios. Era una pareja que ya venía con denuncias de violencia de género por parte de esta persona hacia su pareja. Incluso, unas horas antes que diera muerte a su suegra, la joven lo había denunciado por hechos de violencia de género y había decidido dejar el hogar y la pareja. Porque se llevaba su hija y lo dejaba. Por eso dio muerte a la mujer”, reveló.

Describió cómo se trabaja en este tipo de debates orales. “El juicio por jurados es después de los hechos, lo técnico lo asume el juez de Derecho. En ese sentido se les da dos instrucciones: una que es cómo valorar las pruebas y otras referidas al Derecho. El juez resuelve, en este caso la doctora Alejandra Hernández. El jurado delibera. En esa instancia, nosotros no tenemos conocimiento si hubo o no dudas. Es secreto. Lo que sí puedo decir es que tardó dos horas, (que prevé el Código para la deliberación), por lo cual entiendo que no hubo dudas y es por unanimidad la condena. La provincia del Chubut prevé que para condenar a una persona por juicio por jurados se necesita unanimidad. Es decir, las 12 personas deben votar a favor del veredicto de culpabilidad”, remarcó.

Vottero resaltó que el juicio fue histórico. “Por juicio por jurados es el primero en la Provincia. Hubo otras causas, donde también el imputado fue condenado por femicidio transversal. Lo novedoso es que fue por jurado popular. Es satisfactorio que los pares entiendan los hechos y puedan juzgar y aplicar justicia. Es gratificante para ellos intervenir en impartir justicia”, reiteró.

Se refirió a la figura puntual de “femicidio transversal” y ante la consulta respecto a que si hubo dificultades para interpretar la carátula, deslizó que “el jurado no da motivos de su fallo, pero tienen que realizar su trabajo con perspectiva de género, está dentro de las instrucciones porque se acreditó en el momento de la prueba del juicio”.

Para finalizar, calificó como “gratificante” en lo personal el trabajo realizado. “Puedo resaltar y valorar todo el trabajo del equipo. Desde Policía, peritos. Fue una tarea larga ardua. Si bien estaba bien claro el autor, era difícil probar el móvil y se llevó adelante un trabajo en equipo. Fueron muchas personas, sin las que nos podría haber llegado a este veredicto. El juicio por jurados ahora nos enfrenta a una tarea mucho más dificultosa para llevar adelante el proceso. Es decir., la preparación es otra”, concluyó.


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