El Gobierno cancela u$s2.335 M de deuda con reservas

Se trata de reservas de libre disponibilidad del Banco Central por unos 2.335 millones de dólares, para el pago de vencimientos de la deuda pública que operan este año.

03 ABR 2013 - 11:43 | Actualizado

El gobierno nacional dispuso hoy la utilización de reservas de libre disponibilidad del Banco Central por unos 2.335 millones de dólares, para el pago de vencimientos de la deuda pública que operan este año.

Lo hizo a través del Decreto 309/2013, que estableció la cancelación de los servicios de deuda con organismos financieros internacionales y del pasivo externo oficial bilateral correspondientes al presente ejercicio fiscal, con reservas del Banco Central.

Como contraprestación, el Central recibirá instrumentos de deuda emitidos por el Tesoro Nacional consistentes en una o varias letras intransferibles por 2.334.944.552,79 dólares, a un plazo de 10 años, con amortización íntegra al vencimiento, con una tasa de interés igual a la que devenguen las reservas internacionales del BCRA para el mismo período, y hasta un máximo de la tasa Libor anual menos un punto porcentual.

Asimismo, el Decreto fijo que los intereses se cancelarán semestralmente.

De esta manera, el Gobierno hizo uso de la ley 26.739, que dispone que las reservas excedentes del Banco Central podrán aplicarse al pago de obligaciones de deuda.

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03 ABR 2013 - 11:43

El gobierno nacional dispuso hoy la utilización de reservas de libre disponibilidad del Banco Central por unos 2.335 millones de dólares, para el pago de vencimientos de la deuda pública que operan este año.

Lo hizo a través del Decreto 309/2013, que estableció la cancelación de los servicios de deuda con organismos financieros internacionales y del pasivo externo oficial bilateral correspondientes al presente ejercicio fiscal, con reservas del Banco Central.

Como contraprestación, el Central recibirá instrumentos de deuda emitidos por el Tesoro Nacional consistentes en una o varias letras intransferibles por 2.334.944.552,79 dólares, a un plazo de 10 años, con amortización íntegra al vencimiento, con una tasa de interés igual a la que devenguen las reservas internacionales del BCRA para el mismo período, y hasta un máximo de la tasa Libor anual menos un punto porcentual.

Asimismo, el Decreto fijo que los intereses se cancelarán semestralmente.

De esta manera, el Gobierno hizo uso de la ley 26.739, que dispone que las reservas excedentes del Banco Central podrán aplicarse al pago de obligaciones de deuda.


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