Fallo ordenó que directora de un Jardín de Trevelin recupere su cargo

Una Cámara de Apelaciones consideró que hubo “discriminación” del intendente Aleuy para con Karina Hammond. Había sido desplazada por una protesta gremial en 2017.

Hammond y su triunfo judicial.
20 MAR 2018 - 21:47 | Actualizado

La Justicia decidió que la docente Karina Hammond, desplazada de la Dirección del Jardín Maternal Municipal 2.418 de Trevelin por una resolución del intendente Omar Aleuy, sea restituida en el cargo en el marco de un amparo por discriminación.
Entre fines de 2016 y primeros días de 2017 se desató un conflicto en ese municipio ante la intención de Aleuy de no renovar 100 contratos. Entre las personas que quedarían sin empleo había colaboradoras del Jardín Maternal.
Con el apoyo del Sindicato de Obreros y Empleados Municipales de Esquel, hubo días de protesta en el edificio municipal. Hammond concurría en defensa de los empleos de sus compañeras. El jefe comunal no renovó contratos pero consecuencia de las acciones llevadas a cabo por trabajadores, a la docente la desplazó del cargo de directora, adjudicándose la facultad para hacerlo, ya que el Ministerio de Educación solo paga el sueldo del plantel docente.
Hammond tuvo que regresar a sus tareas de docente sin ejercer la Dirección, y apeló al abogado Esteban Rimoldi para que la asesore. Tramitó un amparo en los Tribunales de Esquel, iniciándose un largo proceso. La jueza de la causa, Dra. Arbilla, rechazó el planteo en primera instancia, dando la razón a la Municipalidad, aduciendo que la demanda debía ser a la Provincia.
El abogado apeló y argumentó que el reclamo era hacia el municipio, a partir de la resolución del intendente Aleuy. La Cámara le dio la razón a Hammond indicando que “había un claro acto de discriminación, por la actividad sindical que había desempeñado la docente”, explicó el letrado en FM Tiempo Esquel.
La Cámara de Apelaciones declaró nula la resolución de Aleuy que desplazó a Hammond, y ordenó su inmediata restitución. “El acto que consideramos arbitrario emanó de la Intendencia”, recalcó el letrado para agregar que la ley de amparo en el ámbito provincial establece que en estos casos la acción debe dirigirse contra la autoridad pública que dicta un acto lesivo a los derechos constitucionales. Por ende no tenía sustento demandar a Provincia, lo que compartió la Cámara de Apelaciones.
Al municipio le queda la instancia de una apelación extraordinaria ante el Superior Tribunal de Justicia. “Pero como es un amparo, la apelación no suspende los efectos de la sentencia, lo que significa que Hammond debe ser restituida en el cargo y esperar el resultado de la apelación”.  
La notificación a la Municipalidad se hizo el lunes. Sobre la reacción de la docente, su abogado sostuvo que “está contenta, porque son situaciones muy duras que les toca vivir a los trabajadores, que por ser solidarios con sus compañeros, sufren discriminación del poder político”.
El asesor de Hammond dijo que no recuerda un caso similar en Esquel de  discriminación por actividad sindical. “Si la sentencia queda en firme, será un antecedente positivo, porque se sanciona la discriminación de la autoridad pública, en perjuicio de los trabajadores que ejercen una actividad sindical para defender el salario”.#

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Hammond y su triunfo judicial.
20 MAR 2018 - 21:47

La Justicia decidió que la docente Karina Hammond, desplazada de la Dirección del Jardín Maternal Municipal 2.418 de Trevelin por una resolución del intendente Omar Aleuy, sea restituida en el cargo en el marco de un amparo por discriminación.
Entre fines de 2016 y primeros días de 2017 se desató un conflicto en ese municipio ante la intención de Aleuy de no renovar 100 contratos. Entre las personas que quedarían sin empleo había colaboradoras del Jardín Maternal.
Con el apoyo del Sindicato de Obreros y Empleados Municipales de Esquel, hubo días de protesta en el edificio municipal. Hammond concurría en defensa de los empleos de sus compañeras. El jefe comunal no renovó contratos pero consecuencia de las acciones llevadas a cabo por trabajadores, a la docente la desplazó del cargo de directora, adjudicándose la facultad para hacerlo, ya que el Ministerio de Educación solo paga el sueldo del plantel docente.
Hammond tuvo que regresar a sus tareas de docente sin ejercer la Dirección, y apeló al abogado Esteban Rimoldi para que la asesore. Tramitó un amparo en los Tribunales de Esquel, iniciándose un largo proceso. La jueza de la causa, Dra. Arbilla, rechazó el planteo en primera instancia, dando la razón a la Municipalidad, aduciendo que la demanda debía ser a la Provincia.
El abogado apeló y argumentó que el reclamo era hacia el municipio, a partir de la resolución del intendente Aleuy. La Cámara le dio la razón a Hammond indicando que “había un claro acto de discriminación, por la actividad sindical que había desempeñado la docente”, explicó el letrado en FM Tiempo Esquel.
La Cámara de Apelaciones declaró nula la resolución de Aleuy que desplazó a Hammond, y ordenó su inmediata restitución. “El acto que consideramos arbitrario emanó de la Intendencia”, recalcó el letrado para agregar que la ley de amparo en el ámbito provincial establece que en estos casos la acción debe dirigirse contra la autoridad pública que dicta un acto lesivo a los derechos constitucionales. Por ende no tenía sustento demandar a Provincia, lo que compartió la Cámara de Apelaciones.
Al municipio le queda la instancia de una apelación extraordinaria ante el Superior Tribunal de Justicia. “Pero como es un amparo, la apelación no suspende los efectos de la sentencia, lo que significa que Hammond debe ser restituida en el cargo y esperar el resultado de la apelación”.  
La notificación a la Municipalidad se hizo el lunes. Sobre la reacción de la docente, su abogado sostuvo que “está contenta, porque son situaciones muy duras que les toca vivir a los trabajadores, que por ser solidarios con sus compañeros, sufren discriminación del poder político”.
El asesor de Hammond dijo que no recuerda un caso similar en Esquel de  discriminación por actividad sindical. “Si la sentencia queda en firme, será un antecedente positivo, porque se sanciona la discriminación de la autoridad pública, en perjuicio de los trabajadores que ejercen una actividad sindical para defender el salario”.#


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