Linchamiento: tres meses de prisión a tres acusados y dos domiciliarias

Así lo decidió la jueza Mariel Suárez en una audiencia realizada ayer. Las medidas menos gravosas les corresponden, una, a la mujer acusada, quien también está autorizada a llevar a sus hijos a la escuela. Hoy, se analiza la medida de coerción a otros tres imputados por el crimen en Fracción 14.

04 ABR 2019 - 21:21 | Actualizado

La jueza penal de Comodoro Rivadavia, Mariel Suárez, dictó la prisión preventiva de tres meses a tres de los cinco últimamente imputados por el homicidio de José Oviedo sucedido el pasado 25 de marzo en Fracción 14 de Comodoro Rivadavia. A los otros dos se les dictaminó prisión domiciliaria con la salvedad, que, a uno de ellos (la mujer) posea salidas transitorias para llevar a sus hijos a la escuela.

La decisión de la magistrada sobrevino en el marco de una audiencia de control de detenidos y apertura por el homicidio doblemente agravado de José Oviedo, en un linchamiento en donde la víctima defendió a su hijo acusado falsamente de un abuso de un menor de 12 años.

También, Suárez resolvió declarar legal la detención de estos nuevos cinco nuevos imputados, autorizando la apertura de la investigación preparatoria por el hecho y la calificación jurídica provisoria de “homicidio doblemente agravado”. Dándolos por anoticiados del mismo y por asegurada su defensa técnica.

Hoy habrá una nueva audiencia de ampliación procesal para los tres acusados anteriormente por el hecho.

La jueza le otorgó la prisión domiciliaria a Marina Hernández con permiso de salidas para llevar a sus hijos a una Institución escolar; como también la domiciliaria de Pablo Arismendi. Respecto de Diego Metraillet, Franco Bustos y César Hueica deberán cumplir la medida de coerción por tres meses, acompañando la medida dictada anteriormente para las otras personas imputadas.

Ensañamiento

La fiscal Camila Banfi solicitó que se declare legal la detención de César Hueica, Pablo Arismendi, Franco Bustos, Diego Metraillet y Marina Hernández ya que la misma fue dictada por un juez penal competente. También requirió se les impute el delito de “homicidio doblemente agravado por el concurso premeditado de dos o más personas y por ensañamiento”.

La fiscal pidió que se formalice el ilícito acontecido el 25 de marzo de 2019, que siendo las 18.45 horas aproximadamente, G. M. M., Diego Damián Metraillet, F. L. M. (menor de 14 años), Jonathan Barrera, Franco Facundo Bustos, K. S. (menor de 15 años), María Alejandra Hernández, Silvina Vera, Cesar Hueica y Pablo Andrés Arismendi, junto a dos sujetos cuya identidad aún no ha sido establecida, se convocaron de manera organizada, portando palos, fierros y piedras, y acompañados de otras personas en el exterior del domicilio sito en la Manzana C lote 4 de barrio Los Bretes de Comodoro Rivadavia, cuando su morador José Jorge Oviedo Cuyul se encontraba en el interior del mismo.

“Te vamos a matar”

En esas circunstancias, las personas que estaban afuera de la vivienda entre las que se encontraban los arriba mencionados, comenzaron a gritar “Salí Matías, salí Matías” refiriéndose al hijo de la víctima, Matías Oviedo, a quien este grupo sindicaba como presunto autor de un abuso sexual agravado cometido hacía pocas horas.

Al oír que José Oviedo, desde adentro de su casa, les manifestaba que su hijo no estaba y que no era un violador, los sindicados comenzaron a gritarle a este “salí que te vamos a matar”, “salí que te vamos a cagar matando”, para luego comenzar a realizar destrozos en la vivienda, rompiendo ventanas, puertas e incendiándola.

Esta situación obligó a Oviedo a salir de su domicilio, escapando por la parte de atrás hacia el barrio Los Bretes, llevando consigo un machete y un trozo de hierro para defenderse, al tiempo que comenzó a ser perseguido por este grupo, quienes organizados convergieron intencionalmente en la persecución del mismo a efectos de darle muerte.

José Oviedo logró recorrer, mientras era perseguido y agredido físicamente con piedras, palos y golpes de puño, 550 metros aproximadamente. Ello así hasta ser encerrado y aparentemente embestido por un vehículo Renault Sandero, el que era conducido por Pablo Arismendi, lo que conllevó que la víctima, golpeada, lograra dar unos pasos hacia el frente, donde fue interceptado por el subcomisario Víctor Farcy y el comisario inspector Juan Cruz Campos, que se trasladaban en sentido contrario a la víctima y al grupo agresor.

En ese momento los funcionarios, quienes observaron a Oviedo con su rostro ensangrentado y el accionar violento de sus acometedores, se pusieron frente al herido intentado auxiliarlo y con el fin de frenar al grupo de gente que lo quería “linchar”, entre los cuales se encontraban los nombrados G. M. M., Diego Damián Metraillet, F. L. M., Jonathan Exequiel Barrera, Franco Facundo Bustos, K. S., María Alejandra Hernández, Silvina Vera y César Hueica; lo que les resultó imposible por la cantidad de personas en estado de exaltación que únicamente estaban enfocadas en dar muerte a José Oviedo, informó una gacetilla de la Fiscalía comodorense.

Golpes y piedras

Los sindicados autores continuaron propinándole golpes y piedrazos a Oviedo, siendo tal el nivel de violencia desplegada que llegaron al punto de atarlo con una soga en la pierna izquierda y arrastrarlo unos metros, mientras el personal policial trataba de evitarlo, siendo estos también agredidos.

Este accionar del grupo agresor tal como se ve en la secuencia fílmica le provocó un dolor innecesario a la víctima, quien agonizaba mientras lo golpeaban, donde finalmente se produjo el deceso.

Surge de la autopsia realizada a quien en vida resultó ser José Jorge Oviedo Cuyún que la causa de su fallecimiento fue por traumatismos múltiples, traumatismo de cráneo, tórax y abdomen.

Banfi calificó provisoriamente el mismo como “homicidio doblemente agravado por ser con el concurso premeditado de dos o más personas y con ensañamiento en calidad de coautores -en el caso de Pablo Arismendi y de Silvina Vera en carácter de partícipes secundarios”. Y subsidiariamente como “homicidio simple” en carácter de coautores y de partícipe secundario de los imputados Pablo Arismendi y Silvina Vera.

La fiscal solicitó, a su vez, seis meses de plazo de investigación e igual plazo la prisión preventiva de los imputados adultos; menos de Arismendi y Hernández para los que pidió arresto domiciliario. Fundó la medida en la gravedad del hecho y el peligro de fuga. Este dolor y agonía innecesaria que padeció la víctima en la golpiza. Asimismo se refirió al peligro de entorpecimiento.

Las defensas por su parte se opusieron a la apertura y cuestionaron las medidas de coerción solicitadas.

Enterate de las noticias de POLICIALES a través de nuestro newsletter

Anotate para recibir las noticias más importantes de esta sección.

Te podés dar de baja en cualquier momento con un solo clic.
04 ABR 2019 - 21:21

La jueza penal de Comodoro Rivadavia, Mariel Suárez, dictó la prisión preventiva de tres meses a tres de los cinco últimamente imputados por el homicidio de José Oviedo sucedido el pasado 25 de marzo en Fracción 14 de Comodoro Rivadavia. A los otros dos se les dictaminó prisión domiciliaria con la salvedad, que, a uno de ellos (la mujer) posea salidas transitorias para llevar a sus hijos a la escuela.

La decisión de la magistrada sobrevino en el marco de una audiencia de control de detenidos y apertura por el homicidio doblemente agravado de José Oviedo, en un linchamiento en donde la víctima defendió a su hijo acusado falsamente de un abuso de un menor de 12 años.

También, Suárez resolvió declarar legal la detención de estos nuevos cinco nuevos imputados, autorizando la apertura de la investigación preparatoria por el hecho y la calificación jurídica provisoria de “homicidio doblemente agravado”. Dándolos por anoticiados del mismo y por asegurada su defensa técnica.

Hoy habrá una nueva audiencia de ampliación procesal para los tres acusados anteriormente por el hecho.

La jueza le otorgó la prisión domiciliaria a Marina Hernández con permiso de salidas para llevar a sus hijos a una Institución escolar; como también la domiciliaria de Pablo Arismendi. Respecto de Diego Metraillet, Franco Bustos y César Hueica deberán cumplir la medida de coerción por tres meses, acompañando la medida dictada anteriormente para las otras personas imputadas.

Ensañamiento

La fiscal Camila Banfi solicitó que se declare legal la detención de César Hueica, Pablo Arismendi, Franco Bustos, Diego Metraillet y Marina Hernández ya que la misma fue dictada por un juez penal competente. También requirió se les impute el delito de “homicidio doblemente agravado por el concurso premeditado de dos o más personas y por ensañamiento”.

La fiscal pidió que se formalice el ilícito acontecido el 25 de marzo de 2019, que siendo las 18.45 horas aproximadamente, G. M. M., Diego Damián Metraillet, F. L. M. (menor de 14 años), Jonathan Barrera, Franco Facundo Bustos, K. S. (menor de 15 años), María Alejandra Hernández, Silvina Vera, Cesar Hueica y Pablo Andrés Arismendi, junto a dos sujetos cuya identidad aún no ha sido establecida, se convocaron de manera organizada, portando palos, fierros y piedras, y acompañados de otras personas en el exterior del domicilio sito en la Manzana C lote 4 de barrio Los Bretes de Comodoro Rivadavia, cuando su morador José Jorge Oviedo Cuyul se encontraba en el interior del mismo.

“Te vamos a matar”

En esas circunstancias, las personas que estaban afuera de la vivienda entre las que se encontraban los arriba mencionados, comenzaron a gritar “Salí Matías, salí Matías” refiriéndose al hijo de la víctima, Matías Oviedo, a quien este grupo sindicaba como presunto autor de un abuso sexual agravado cometido hacía pocas horas.

Al oír que José Oviedo, desde adentro de su casa, les manifestaba que su hijo no estaba y que no era un violador, los sindicados comenzaron a gritarle a este “salí que te vamos a matar”, “salí que te vamos a cagar matando”, para luego comenzar a realizar destrozos en la vivienda, rompiendo ventanas, puertas e incendiándola.

Esta situación obligó a Oviedo a salir de su domicilio, escapando por la parte de atrás hacia el barrio Los Bretes, llevando consigo un machete y un trozo de hierro para defenderse, al tiempo que comenzó a ser perseguido por este grupo, quienes organizados convergieron intencionalmente en la persecución del mismo a efectos de darle muerte.

José Oviedo logró recorrer, mientras era perseguido y agredido físicamente con piedras, palos y golpes de puño, 550 metros aproximadamente. Ello así hasta ser encerrado y aparentemente embestido por un vehículo Renault Sandero, el que era conducido por Pablo Arismendi, lo que conllevó que la víctima, golpeada, lograra dar unos pasos hacia el frente, donde fue interceptado por el subcomisario Víctor Farcy y el comisario inspector Juan Cruz Campos, que se trasladaban en sentido contrario a la víctima y al grupo agresor.

En ese momento los funcionarios, quienes observaron a Oviedo con su rostro ensangrentado y el accionar violento de sus acometedores, se pusieron frente al herido intentado auxiliarlo y con el fin de frenar al grupo de gente que lo quería “linchar”, entre los cuales se encontraban los nombrados G. M. M., Diego Damián Metraillet, F. L. M., Jonathan Exequiel Barrera, Franco Facundo Bustos, K. S., María Alejandra Hernández, Silvina Vera y César Hueica; lo que les resultó imposible por la cantidad de personas en estado de exaltación que únicamente estaban enfocadas en dar muerte a José Oviedo, informó una gacetilla de la Fiscalía comodorense.

Golpes y piedras

Los sindicados autores continuaron propinándole golpes y piedrazos a Oviedo, siendo tal el nivel de violencia desplegada que llegaron al punto de atarlo con una soga en la pierna izquierda y arrastrarlo unos metros, mientras el personal policial trataba de evitarlo, siendo estos también agredidos.

Este accionar del grupo agresor tal como se ve en la secuencia fílmica le provocó un dolor innecesario a la víctima, quien agonizaba mientras lo golpeaban, donde finalmente se produjo el deceso.

Surge de la autopsia realizada a quien en vida resultó ser José Jorge Oviedo Cuyún que la causa de su fallecimiento fue por traumatismos múltiples, traumatismo de cráneo, tórax y abdomen.

Banfi calificó provisoriamente el mismo como “homicidio doblemente agravado por ser con el concurso premeditado de dos o más personas y con ensañamiento en calidad de coautores -en el caso de Pablo Arismendi y de Silvina Vera en carácter de partícipes secundarios”. Y subsidiariamente como “homicidio simple” en carácter de coautores y de partícipe secundario de los imputados Pablo Arismendi y Silvina Vera.

La fiscal solicitó, a su vez, seis meses de plazo de investigación e igual plazo la prisión preventiva de los imputados adultos; menos de Arismendi y Hernández para los que pidió arresto domiciliario. Fundó la medida en la gravedad del hecho y el peligro de fuga. Este dolor y agonía innecesaria que padeció la víctima en la golpiza. Asimismo se refirió al peligro de entorpecimiento.

Las defensas por su parte se opusieron a la apertura y cuestionaron las medidas de coerción solicitadas.


NOTICIAS RELACIONADAS