Preventiva para los tres imputados de rociar, prender fuego y matar a un joven en Lago Puelo

Son tres personas a los que se los acusa de la coautoría del delito de "homicidio calificado por ensañamiento, peligro común y con el concurso premeditado de dos o más personas” en contra de Brian Espósito, que tenía 21 años y murió por las graves quemaduras que sufrió.

20 ABR 2021 - 20:17 | Actualizado

La procuradora fiscal Débora Barrionuevo, con sede en El Hoyo, pidió este martes formalizar la investigación por la muerte de Brian Espósito, el joven de 21 años que falleció el lunes a consecuencia de las quemaduras que afectaron el 90% de su cuerpo.

En correspondencia, en la audiencia celebrada en los Tribunales de Esquel, hubo tres vecinos de Lago Puelo que quedaron imputados en el hecho, donde se los acusa de “la coautoría en el delito de homicidio calificado por ensañamiento, peligro común y con el concurso premeditado de dos o más personas”.

El juez Jorge Novarino aceptó “fijar el plazo de cuatro meses para la investigación y volver a analizar la necesidad de dar continuidad o no a la medida”, donde los acusados tendrán prisión preventiva.

La hipótesis que maneja la Fiscalía apunta “al hecho ocurrido entre las 23 del 18 de abril y las 00:00 del 19 de abril, en el interior de la vivienda en que residía Brian Alejandro Esposito, sita en callejón Juárez, del barrio Isla Sur, en Lago Puelo”. Según se detalló, “Brian estaba en su casa junto a dos amigas cuando cuatro o cinco sujetos golpearon a su puerta, la abrieron e ingresaron vestidos con ropa oscura y con pasamontañas. Les gritaron a las mujeres que se retiraran de la vivienda, mientras golpeaban en el piso a Brian, para luego rociarlo con combustibles flamable (presuntamente nafta), que llevaban en un bidón. Luego rociaron gran parte de la vivienda con el mismo combustible, prendieron fuego y huyeron”.

En consecuencia, la víctima “resultó con quemaduras que afectaron el 90% de su cuerpo. El mismo 19 de abril, en horas de la tarde, falleció cuando se hallaba internado en el Hospital Zonal de Esquel”.

Dichas conductas de los imputados fueron calificadas provisoriamente como “constitutivas de homicidio agravado por haber sido perpetrado con ensañamiento por un medio para crear un peligro común y con el concurso premeditado de más de dos personas en carácter de coautores”.

A su turno, la defensora pública Valeria Ponce “desconoció los hechos tal como fueron narrados en la apertura de la investigación”; mientras que los acusados declararon relatando una situación previa en la que Espósito “había incendiado la vivienda de uno de ellos. Sostuvieron que fueron a pedirle cuentas, con la intención de pelear, pero que no llevaron combustible, ni prendieron fuego la vivienda”.

Finalmente, tanto Barrionuevo como Carlos Díaz Mayer pidieron el dictado de la prisión preventiva de los tres imputados por peligro de fuga y de entorpecimiento de la investigación, hasta la audiencia preliminar. Ponce se opuso solicitando una medida menos gravosa como la presentación semanal en la comisaría de Lago Puelo y prohibiciones de acercamiento, o en caso de ser insuficiente a criterio del juez, el arresto domiciliario. También cuestionó el plazo solicitado.

El juez Novarino “entendió necesario el dictado de la prisión preventiva, debidamente fundado, pero entendió que este debe establecerse por un plazo menor, para revisar la necesidad de su mantenimiento”, al tiempo que fijó la medida por cuatro meses.

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20 ABR 2021 - 20:17

La procuradora fiscal Débora Barrionuevo, con sede en El Hoyo, pidió este martes formalizar la investigación por la muerte de Brian Espósito, el joven de 21 años que falleció el lunes a consecuencia de las quemaduras que afectaron el 90% de su cuerpo.

En correspondencia, en la audiencia celebrada en los Tribunales de Esquel, hubo tres vecinos de Lago Puelo que quedaron imputados en el hecho, donde se los acusa de “la coautoría en el delito de homicidio calificado por ensañamiento, peligro común y con el concurso premeditado de dos o más personas”.

El juez Jorge Novarino aceptó “fijar el plazo de cuatro meses para la investigación y volver a analizar la necesidad de dar continuidad o no a la medida”, donde los acusados tendrán prisión preventiva.

La hipótesis que maneja la Fiscalía apunta “al hecho ocurrido entre las 23 del 18 de abril y las 00:00 del 19 de abril, en el interior de la vivienda en que residía Brian Alejandro Esposito, sita en callejón Juárez, del barrio Isla Sur, en Lago Puelo”. Según se detalló, “Brian estaba en su casa junto a dos amigas cuando cuatro o cinco sujetos golpearon a su puerta, la abrieron e ingresaron vestidos con ropa oscura y con pasamontañas. Les gritaron a las mujeres que se retiraran de la vivienda, mientras golpeaban en el piso a Brian, para luego rociarlo con combustibles flamable (presuntamente nafta), que llevaban en un bidón. Luego rociaron gran parte de la vivienda con el mismo combustible, prendieron fuego y huyeron”.

En consecuencia, la víctima “resultó con quemaduras que afectaron el 90% de su cuerpo. El mismo 19 de abril, en horas de la tarde, falleció cuando se hallaba internado en el Hospital Zonal de Esquel”.

Dichas conductas de los imputados fueron calificadas provisoriamente como “constitutivas de homicidio agravado por haber sido perpetrado con ensañamiento por un medio para crear un peligro común y con el concurso premeditado de más de dos personas en carácter de coautores”.

A su turno, la defensora pública Valeria Ponce “desconoció los hechos tal como fueron narrados en la apertura de la investigación”; mientras que los acusados declararon relatando una situación previa en la que Espósito “había incendiado la vivienda de uno de ellos. Sostuvieron que fueron a pedirle cuentas, con la intención de pelear, pero que no llevaron combustible, ni prendieron fuego la vivienda”.

Finalmente, tanto Barrionuevo como Carlos Díaz Mayer pidieron el dictado de la prisión preventiva de los tres imputados por peligro de fuga y de entorpecimiento de la investigación, hasta la audiencia preliminar. Ponce se opuso solicitando una medida menos gravosa como la presentación semanal en la comisaría de Lago Puelo y prohibiciones de acercamiento, o en caso de ser insuficiente a criterio del juez, el arresto domiciliario. También cuestionó el plazo solicitado.

El juez Novarino “entendió necesario el dictado de la prisión preventiva, debidamente fundado, pero entendió que este debe establecerse por un plazo menor, para revisar la necesidad de su mantenimiento”, al tiempo que fijó la medida por cuatro meses.


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