El Ministerio Público Fiscal informó este jueves que se realizó una audiencia preliminar en los tribunales penales del barrio Roca de Comodoro Rivadavia, en el marco de una causa por abuso sexual intrafamiliar en perjuicio de una menor.
La fiscal general, Verona Dagotto, ofreció pruebas en contra del imputado, J.P.R.C y solicitó que la causa sea elevada a juicio oral. Por su parte, la abogada defensora, Alicia Águila, también presentó pruebas, pero no planteó objeción ni al relato del hecho, ni a la calificación jurídica esgrimida por la fiscalía, como tampoco se opuso a la elevación de la causa a juicio. Asimismo, estuvo presente por videoconferencia la víctima de los delitos.
Finalmente, el juez penal, Mariano Nicosia, resolvió que el imputado sea llevado a juicio oral, que será sustanciado por un tribunal colegiado.
El caso
Según lo expuesto en la audiencia, los hechos denunciados se produjeron entre el 4 de enero de 1998 y el 1 de diciembre del 2010, cuando la víctima tenía entre 4 y 16 años de edad, y el imputado era su padrastro.
La calificación jurídica es abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por ser cometido contra una menor de 18 años aprovechando la situación de convivencia preexistente con la misma, al menos dos hechos, en concurso real con abuso sexual con acceso carnal, todos estos en concurso ideal con el delito de corrupción de menores, agravado por ser la víctima menor de 13 años, por mediar abuso de autoridad y aprovechando la situación de convivencia preexistente con la misma, este último bajo la modalidad de delito continuado, en concurso real con abuso sexual con acceso carnal.
Si se lo declara culpable, el imputado deberá responder en calidad de autor, con una pretensión de pena de 25 años de prisión de efectivo cumplimiento.
El Ministerio Público Fiscal informó este jueves que se realizó una audiencia preliminar en los tribunales penales del barrio Roca de Comodoro Rivadavia, en el marco de una causa por abuso sexual intrafamiliar en perjuicio de una menor.
La fiscal general, Verona Dagotto, ofreció pruebas en contra del imputado, J.P.R.C y solicitó que la causa sea elevada a juicio oral. Por su parte, la abogada defensora, Alicia Águila, también presentó pruebas, pero no planteó objeción ni al relato del hecho, ni a la calificación jurídica esgrimida por la fiscalía, como tampoco se opuso a la elevación de la causa a juicio. Asimismo, estuvo presente por videoconferencia la víctima de los delitos.
Finalmente, el juez penal, Mariano Nicosia, resolvió que el imputado sea llevado a juicio oral, que será sustanciado por un tribunal colegiado.
El caso
Según lo expuesto en la audiencia, los hechos denunciados se produjeron entre el 4 de enero de 1998 y el 1 de diciembre del 2010, cuando la víctima tenía entre 4 y 16 años de edad, y el imputado era su padrastro.
La calificación jurídica es abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por ser cometido contra una menor de 18 años aprovechando la situación de convivencia preexistente con la misma, al menos dos hechos, en concurso real con abuso sexual con acceso carnal, todos estos en concurso ideal con el delito de corrupción de menores, agravado por ser la víctima menor de 13 años, por mediar abuso de autoridad y aprovechando la situación de convivencia preexistente con la misma, este último bajo la modalidad de delito continuado, en concurso real con abuso sexual con acceso carnal.
Si se lo declara culpable, el imputado deberá responder en calidad de autor, con una pretensión de pena de 25 años de prisión de efectivo cumplimiento.