Por Rolando Tobarez
La justicia rechazó el pedido de una mujer que acusó a su marido de haberla abandonado sin razón en Puerto Madryn. El hombre no sólo probó que la separación fue de mutuo acuerdo sino que logró que su ex pagará las costas del juicio. Se habían casado en Río Cuarto el 18 de marzo de 1983. El fallo es de la Cámara de Apelaciones de la ciudad del Golfo y lo firmaron Mario Vivas, Heraldo Enrique Fiordelisi y María Inés de Villafañe.
El caso se originó en el Juzgado de Familia N°2. El hombre demandado, R.A.C., apeló porque la primera jueza le había dado la razón a su esposa, P.E.B. Lo había acusado de “abandono voluntario y malicioso del hogar conyugal”. Los camaristas, en cambio, consideraron que habían estado separados de hecho más de tres años y como no demostraron voluntad de reconciliarse, ninguno le debía nada al otro.
La mujer reveló una exposición policial en la que consta que el 10 de enero de 2010 su cónyuge se fue de la casa. Según la primera jueza, el abandono del hogar estaba acreditado y era el hombre el que debía explicar su partida. Había testimonios que probaron maltrato de parte de la mujer, pero no justificaban el alejamiento. El esposo no había demostrado otras causas que tornaran imposible la convivencia.
De acuerdo al primer fallo, la mujer “padeció un sufrimiento muy angustiante” tras la separación, con secuelas psíquicas y físicas. Necesitó tratamiento psiquiátrico y psicológico. “No puede aceptarse que la separación haya sido meditada y acordada sino que denota un abandono familiar abrupto e intempestivo, que provocó en la demandada una cantidad de trastornos emocionales y físicos”.
La cónyuge demandó por alimentos a su esposo. “No se hizo cargo de los deberes de asistencia familiar ni proporcionó asistencia alimentaria, ni cobertura de la obra social, lo cual permiten calificar de malicioso el abandono”.
Pero en su apelación, el hombre insistió con que la separación había sido acordada por “desavenencias que hacían imposible mantener el vínculo”.
Había esperado 3 años para iniciar el divorcio “para no generar discordia donde no la había”. En ese lapso jamás su ex reclamó nada. Recién lo demandó por alimentos cuando –casualmente- supo del juicio de divorcio a fines de 2012. “Si durante tres años no reclamó alimentos es evidente que no los necesitaba”.
Tras la separación, la mujer “quedó en el hogar y adoptó una posición pasiva, lo cual sugiere que fue consentida y convalidada por ella”. Es más: según los testimonios la esposa le dijo que se vaya porque así lo habían pactado.
En cuanto a la salud de la esposa, según el hombre ella sólo presentó un certificado médico de fines de 2012 que se remonta a abril de 2010. “Es una certificación de historia clínica que ni siquiera aclara que sea de la propia doctora o de alguna otra”. Del padecimiento psíquico, sólo hay un certificado de una médica clínica, no psiquiatra ni psicóloga, sobre un padecimiento de ansiedad y sueño. Ningún psiquiatra aportó prueba, no hubo pericias ni acreditó haber ido a un psiquiatra o psicólogo. “No hay dudas sobre que la separación fue voluntaria y jamás se la puede catalogar como maliciosa”.
Los camaristas advirtieron la necesidad de analizar el caso, “sin que el alejamiento del hogar común de uno de ellos, necesariamente conduzca a presumir su voluntariedad y malicia. La experiencia enseña que los finales ruinosos de la vida conyugal no sólo se deben a una sola de las partes, sino que las afecciones resultan mutuas”.
Los jueces recordaron que el esposo se fue de la casa en enero de 2010. E inició la demanda de divorcio en marzo de 2013. En esos tres años no hubo quejas de su ex, que recién cuando se enteró del pedido de divorcio lo acusó de “de un momento para otro abandonar el hogar” y que esa actitud abrupta afectó su salud.
En cuanto al juicio por alimentos, para los jueces “es evidente que ella no ha tenido ningún interés en avanzar con el trámite, lo cual es demostrativo de su no necesidad en materia alimentaria”.
Los dichos de los testigos son imperdibles. Según el amigo A.: “Sé que no había amor en la pareja y ello llevó a la separación de hecho. P.me comentó que R. le había dicho eso”; “Lo que sé es que P. le dijo a R. que se fuera de la casa tal como lo habían pactado”; “Los motivos de la separación era que se había terminado el amor en la pareja, lo sé por boca de ellos”; “Mientras eran matrimonio iba a la casa, cenaba con ellos, veía cosas que para mí no era normal, como de rebajar la figura paterna delante de los hijos o que una vez a R. le salió un trabajo en Trelew, ella no quiso ir”; “P. le hablaba mal a él o en reuniones de R. decía ´El boludo trabaja para que yo viva bien´, lo escuché directamente”.
La testigo K. dijo: “Luego de que R. le planteó a P. la separación, ella no aceptó que él se quedara en el mismo techo, entonces él se fue y se alquiló un departamento”; “Veía que P. no lo trataba bien al marido. Ella decía que se dedicaba al ´alpedismo´ porque el marido la mantiene”; “Yo le decía a P. que R. se iba a cansar, que todo tiene un límite”.
“Nos encontramos con un matrimonio destruido o en una profunda crisis –dice el fallo-, lo que unido a la pasividad de ella durante el lapso desde la separación hasta la demanda de divorcio, y la ausencia de intimación para que el esposo reanudara la convivencia interrumpida, indica un acuerdo tácito entre los esposos, o de un consentimiento de la esposa de que el marido se retirara del hogar”.
Cuando él se fue, “lo único que hizo ella es ir a la comisaría para dejar constancia de que se había retirado del domicilio”. No intentó localizarlo ni convencerlo. Sólo se ocupó de la cuestión legal, “como si lo que realmente le interesara fuese sólo que su cónyuge quedara como culpable del abandono”.
Podía ubicarlo pero no hizo nada de eso ni pidió ayuda de amigos comunes para lograr el acercamiento.
“En conclusión: no hizo absolutamente nada para que su cónyuge volviera al hogar, como si esto no lo afectara tanto como lo ha expuesto”. Hubo un alejamiento tácitamente aceptado por la esposa, que reflejó un desinterés en restablecer la convivencia.
Por Rolando Tobarez
La justicia rechazó el pedido de una mujer que acusó a su marido de haberla abandonado sin razón en Puerto Madryn. El hombre no sólo probó que la separación fue de mutuo acuerdo sino que logró que su ex pagará las costas del juicio. Se habían casado en Río Cuarto el 18 de marzo de 1983. El fallo es de la Cámara de Apelaciones de la ciudad del Golfo y lo firmaron Mario Vivas, Heraldo Enrique Fiordelisi y María Inés de Villafañe.
El caso se originó en el Juzgado de Familia N°2. El hombre demandado, R.A.C., apeló porque la primera jueza le había dado la razón a su esposa, P.E.B. Lo había acusado de “abandono voluntario y malicioso del hogar conyugal”. Los camaristas, en cambio, consideraron que habían estado separados de hecho más de tres años y como no demostraron voluntad de reconciliarse, ninguno le debía nada al otro.
La mujer reveló una exposición policial en la que consta que el 10 de enero de 2010 su cónyuge se fue de la casa. Según la primera jueza, el abandono del hogar estaba acreditado y era el hombre el que debía explicar su partida. Había testimonios que probaron maltrato de parte de la mujer, pero no justificaban el alejamiento. El esposo no había demostrado otras causas que tornaran imposible la convivencia.
De acuerdo al primer fallo, la mujer “padeció un sufrimiento muy angustiante” tras la separación, con secuelas psíquicas y físicas. Necesitó tratamiento psiquiátrico y psicológico. “No puede aceptarse que la separación haya sido meditada y acordada sino que denota un abandono familiar abrupto e intempestivo, que provocó en la demandada una cantidad de trastornos emocionales y físicos”.
La cónyuge demandó por alimentos a su esposo. “No se hizo cargo de los deberes de asistencia familiar ni proporcionó asistencia alimentaria, ni cobertura de la obra social, lo cual permiten calificar de malicioso el abandono”.
Pero en su apelación, el hombre insistió con que la separación había sido acordada por “desavenencias que hacían imposible mantener el vínculo”.
Había esperado 3 años para iniciar el divorcio “para no generar discordia donde no la había”. En ese lapso jamás su ex reclamó nada. Recién lo demandó por alimentos cuando –casualmente- supo del juicio de divorcio a fines de 2012. “Si durante tres años no reclamó alimentos es evidente que no los necesitaba”.
Tras la separación, la mujer “quedó en el hogar y adoptó una posición pasiva, lo cual sugiere que fue consentida y convalidada por ella”. Es más: según los testimonios la esposa le dijo que se vaya porque así lo habían pactado.
En cuanto a la salud de la esposa, según el hombre ella sólo presentó un certificado médico de fines de 2012 que se remonta a abril de 2010. “Es una certificación de historia clínica que ni siquiera aclara que sea de la propia doctora o de alguna otra”. Del padecimiento psíquico, sólo hay un certificado de una médica clínica, no psiquiatra ni psicóloga, sobre un padecimiento de ansiedad y sueño. Ningún psiquiatra aportó prueba, no hubo pericias ni acreditó haber ido a un psiquiatra o psicólogo. “No hay dudas sobre que la separación fue voluntaria y jamás se la puede catalogar como maliciosa”.
Los camaristas advirtieron la necesidad de analizar el caso, “sin que el alejamiento del hogar común de uno de ellos, necesariamente conduzca a presumir su voluntariedad y malicia. La experiencia enseña que los finales ruinosos de la vida conyugal no sólo se deben a una sola de las partes, sino que las afecciones resultan mutuas”.
Los jueces recordaron que el esposo se fue de la casa en enero de 2010. E inició la demanda de divorcio en marzo de 2013. En esos tres años no hubo quejas de su ex, que recién cuando se enteró del pedido de divorcio lo acusó de “de un momento para otro abandonar el hogar” y que esa actitud abrupta afectó su salud.
En cuanto al juicio por alimentos, para los jueces “es evidente que ella no ha tenido ningún interés en avanzar con el trámite, lo cual es demostrativo de su no necesidad en materia alimentaria”.
Los dichos de los testigos son imperdibles. Según el amigo A.: “Sé que no había amor en la pareja y ello llevó a la separación de hecho. P.me comentó que R. le había dicho eso”; “Lo que sé es que P. le dijo a R. que se fuera de la casa tal como lo habían pactado”; “Los motivos de la separación era que se había terminado el amor en la pareja, lo sé por boca de ellos”; “Mientras eran matrimonio iba a la casa, cenaba con ellos, veía cosas que para mí no era normal, como de rebajar la figura paterna delante de los hijos o que una vez a R. le salió un trabajo en Trelew, ella no quiso ir”; “P. le hablaba mal a él o en reuniones de R. decía ´El boludo trabaja para que yo viva bien´, lo escuché directamente”.
La testigo K. dijo: “Luego de que R. le planteó a P. la separación, ella no aceptó que él se quedara en el mismo techo, entonces él se fue y se alquiló un departamento”; “Veía que P. no lo trataba bien al marido. Ella decía que se dedicaba al ´alpedismo´ porque el marido la mantiene”; “Yo le decía a P. que R. se iba a cansar, que todo tiene un límite”.
“Nos encontramos con un matrimonio destruido o en una profunda crisis –dice el fallo-, lo que unido a la pasividad de ella durante el lapso desde la separación hasta la demanda de divorcio, y la ausencia de intimación para que el esposo reanudara la convivencia interrumpida, indica un acuerdo tácito entre los esposos, o de un consentimiento de la esposa de que el marido se retirara del hogar”.
Cuando él se fue, “lo único que hizo ella es ir a la comisaría para dejar constancia de que se había retirado del domicilio”. No intentó localizarlo ni convencerlo. Sólo se ocupó de la cuestión legal, “como si lo que realmente le interesara fuese sólo que su cónyuge quedara como culpable del abandono”.
Podía ubicarlo pero no hizo nada de eso ni pidió ayuda de amigos comunes para lograr el acercamiento.
“En conclusión: no hizo absolutamente nada para que su cónyuge volviera al hogar, como si esto no lo afectara tanto como lo ha expuesto”. Hubo un alejamiento tácitamente aceptado por la esposa, que reflejó un desinterés en restablecer la convivencia.