Oscar y Eduardo Naya fueron condenados, ayer, a la pena de 10 y 8 años respectivamente por la muerte del joven Emmanuel Puebla Pires.
La sentencia del tribunal de enjuiciamiento conformado por los doctores Darío Arguiano, Sergio Piñeda y Ana Servent, no fue unánime, ya que los dos primeros resolvieron que había sido un homicidio simple con dolo eventual, en tanto que Servent, que ayer no estuvo en la sala del Superior Tribunal de Justicia al ausentarse de la zona, había definidido que la causa daba para un homicido culposo.
Formalmente, Oscar Roberto Naya fue condenado a la pena de 10 años de prisión, accesorias legales y costas como autor el delito de homicidio simple con dolo eventual y a Eduardo Antonio Naya a la pena de 8 años de prisión, más accesorias legales y costas como partícipe primario el delito de homicidio simple con dolo eventual, de acuerdo a los artículos 12, 79 y 45 del Código procesal Penal.
El juicio se desarrolló para dilucidar la muerte de un balazo en la cabeza del mencionado adolescente capitalino acaecida el 9 de diciembre del año pasado en el paraje costero “El Sombrerito”, distante a 5 kilómetros de Playa Unión.
No obstante ello, las defensas de los condenados, los doctores Gustavo Latorre y Francisco Romero, ya anunciaron que apelarán la sentencia ante la Cámara, postulando la absolución de ambos, ya que fue considerado -por ellos- como una fatalidad o un accidente de caza.
Ese 9 de diciembre, tanto Oscar como Eduardo Naya se encontraban cazando guanacos en cercanías al lugar donde falleció Emmanuel Puebla Pires, que había llegado hasta allí en compañía de tres amigos y a bordo de cuatriciclos.
Oscar y Eduardo Naya fueron condenados, ayer, a la pena de 10 y 8 años respectivamente por la muerte del joven Emmanuel Puebla Pires.
La sentencia del tribunal de enjuiciamiento conformado por los doctores Darío Arguiano, Sergio Piñeda y Ana Servent, no fue unánime, ya que los dos primeros resolvieron que había sido un homicidio simple con dolo eventual, en tanto que Servent, que ayer no estuvo en la sala del Superior Tribunal de Justicia al ausentarse de la zona, había definidido que la causa daba para un homicido culposo.
Formalmente, Oscar Roberto Naya fue condenado a la pena de 10 años de prisión, accesorias legales y costas como autor el delito de homicidio simple con dolo eventual y a Eduardo Antonio Naya a la pena de 8 años de prisión, más accesorias legales y costas como partícipe primario el delito de homicidio simple con dolo eventual, de acuerdo a los artículos 12, 79 y 45 del Código procesal Penal.
El juicio se desarrolló para dilucidar la muerte de un balazo en la cabeza del mencionado adolescente capitalino acaecida el 9 de diciembre del año pasado en el paraje costero “El Sombrerito”, distante a 5 kilómetros de Playa Unión.
No obstante ello, las defensas de los condenados, los doctores Gustavo Latorre y Francisco Romero, ya anunciaron que apelarán la sentencia ante la Cámara, postulando la absolución de ambos, ya que fue considerado -por ellos- como una fatalidad o un accidente de caza.
Ese 9 de diciembre, tanto Oscar como Eduardo Naya se encontraban cazando guanacos en cercanías al lugar donde falleció Emmanuel Puebla Pires, que había llegado hasta allí en compañía de tres amigos y a bordo de cuatriciclos.