Caso Sorias: Bustamante, 3 años de cárcel en suspenso

Deberá cumplir reglas de conducta. La sentencia la firmaron solo dos de los tres jueces del caso, ya que Florencio Minatta no se encontraba. El fiscal Moyano decidirá si impugna.

05 JUL 2017 - 22:14 | Actualizado

Lucio Bustamante, el sujeto condenado por lesiones leves contra Daniel Sorias, evitó ir a la cárcel. Se debe al fallo de los jueces de Trelew Florencio Minatta, Alejandro Defranco y Ana Laura Servent, quienes cambiaron la calificación del hecho. El fiscal Fabián Moyano había pedido 4 años y seis meses de efectivo cumplimiento en un centro carcelario, pero la mutación de los cargos, que en principio el fiscal había determinado como tentativa de homicidio, permitieron al tribunal fijar una pena cuyo cumplimiento deslinda de ir a la cárcel al acusado.
Bustamante solo deberá cumplir reglas de conducta. La sentencia consta de 78 fojas.
Luego de que conociera la resolución, que llegó a su despacho a las 13, Moyano explicó que una vez que termine de leer por completo la sentencia, podrá saber si existen formas para impugnar la pena impuesta por el tribunal. Tiene diez días hábiles.
El caso

El caso es del 30 de agosto de 2015. Ocurrió cuando Bustamante agredió con un fuerte golpe de puño a Sorias quien cayó con su cabeza sobre el cordón de la vereda en el pasaje Mendoza, a las afueras del ex boliche Rexo. Una vez inerte, lo volvió a golpear en la cabeza mediante una patada. Estuvo al borde de morir. Semanas después se recuperó y hoy se halla en perfecto estado de salud, pese a haber confesado que quedó con secuelas psicológicas. “Tengo consecuencias serias”, declaró en el juicio.
Ese mismo día, Bustamante había pedido perdón y refirió que no lo quiso matar. “Te pido perdón delante de todos”. Aunque Sorias disparó que “a mí el perdón no me va, que el perdón te lo otorguen los jueces y Dios”.
El debate

Al comienzo del juicio, Oscar Romero, defensor de Bustamante, había adelantado que “probada la absoluta falta objetividad del Ministerio Fiscal en este caso, no solamente por el arbitrario y caprichoso encuadramiento legal que ha hecho de la conducta que se atribuye a su asistido, es decir, venimos a este juicio por un homicidio tentado y de ninguna forma la imputación de lesiones, sino también por no haber traído a proceso a todos los involucrados en el hecho”.
La denodada defensa del abogado llegó hasta tener que reproducir videos de boxeo y fútbol para convencer a los tribunos de que los golpes no fueron de tal magnitud que pudieran presumir una intención de matar.
Los golpes

Según las constancias de la sentencia, “Exequiel Ramírez, amigo de Sorias que estaba en ese momento siendo defendido por la víctima, indicó que se produjo un altercado en el interior del boliche por lo que él y su amigo Taborda fueron expulsados hacia el exterior”.
“En el incidente resulta agredido físicamente por dos empleados de seguridad, con los cuales arribó a una conciliación en otra instancia ya que él fue víctima de lesiones leves. Describe este testigo que observa que en un determinado momento una persona le aplica un fuerte golpe de puño y una patada a su amigo, reconoce a Bustamante como el autor de esos dos golpes que derrumbaron y lesionaron a su amigo”.
Contradicciones

Para los jueces, “queda demostrada tanto la autoría como la materialidad. Es aquí donde se contradice la teoría de la defensa con la de la fiscalía, ya que la primera (doctor Romero) sostiene que es Gonzalo González quien, con un golpe aplicado en la mandíbula provoca las lesiones.
Para el fiscal Moyano “resulta totalmente imposible que un golpe de puño en la mandíbula, prácticamente sin ningún tipo de recorrido y que solamente provoca que la víctima desvíe su rostro hacia un costado, haya podido provocar como pretende la defensa una fractura de cráneo, o la pérdida del oído o del olfato, sostiene que una piña en la mandíbula o en el cuerpo es totalmente ineficiente “ menciona el fiscal.
El mismo agrega al respecto que  “no resulta significativo para provocar este tipo de lesiones”, e insiste en que “de haber sido así, los certificados médico policiales o las pericias médicas tendrían que haber discriminado mínimamente que ese golpe de puño de Gonzalo González haya provocado algún tipo de lesión, un hematoma, una fractura de mandíbula, una fisura”, relativizó Moyano.
El fiscal añadió que  “en cambio como se advierte del certificado médico no emana que Sorias al momento de ingreso al hospital zonal haya recibido lesiones en el rostro, producto del golpe de González”, según se desprende de la descripción que forma parte de la sentencia de primera instancia.#

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05 JUL 2017 - 22:14

Lucio Bustamante, el sujeto condenado por lesiones leves contra Daniel Sorias, evitó ir a la cárcel. Se debe al fallo de los jueces de Trelew Florencio Minatta, Alejandro Defranco y Ana Laura Servent, quienes cambiaron la calificación del hecho. El fiscal Fabián Moyano había pedido 4 años y seis meses de efectivo cumplimiento en un centro carcelario, pero la mutación de los cargos, que en principio el fiscal había determinado como tentativa de homicidio, permitieron al tribunal fijar una pena cuyo cumplimiento deslinda de ir a la cárcel al acusado.
Bustamante solo deberá cumplir reglas de conducta. La sentencia consta de 78 fojas.
Luego de que conociera la resolución, que llegó a su despacho a las 13, Moyano explicó que una vez que termine de leer por completo la sentencia, podrá saber si existen formas para impugnar la pena impuesta por el tribunal. Tiene diez días hábiles.
El caso

El caso es del 30 de agosto de 2015. Ocurrió cuando Bustamante agredió con un fuerte golpe de puño a Sorias quien cayó con su cabeza sobre el cordón de la vereda en el pasaje Mendoza, a las afueras del ex boliche Rexo. Una vez inerte, lo volvió a golpear en la cabeza mediante una patada. Estuvo al borde de morir. Semanas después se recuperó y hoy se halla en perfecto estado de salud, pese a haber confesado que quedó con secuelas psicológicas. “Tengo consecuencias serias”, declaró en el juicio.
Ese mismo día, Bustamante había pedido perdón y refirió que no lo quiso matar. “Te pido perdón delante de todos”. Aunque Sorias disparó que “a mí el perdón no me va, que el perdón te lo otorguen los jueces y Dios”.
El debate

Al comienzo del juicio, Oscar Romero, defensor de Bustamante, había adelantado que “probada la absoluta falta objetividad del Ministerio Fiscal en este caso, no solamente por el arbitrario y caprichoso encuadramiento legal que ha hecho de la conducta que se atribuye a su asistido, es decir, venimos a este juicio por un homicidio tentado y de ninguna forma la imputación de lesiones, sino también por no haber traído a proceso a todos los involucrados en el hecho”.
La denodada defensa del abogado llegó hasta tener que reproducir videos de boxeo y fútbol para convencer a los tribunos de que los golpes no fueron de tal magnitud que pudieran presumir una intención de matar.
Los golpes

Según las constancias de la sentencia, “Exequiel Ramírez, amigo de Sorias que estaba en ese momento siendo defendido por la víctima, indicó que se produjo un altercado en el interior del boliche por lo que él y su amigo Taborda fueron expulsados hacia el exterior”.
“En el incidente resulta agredido físicamente por dos empleados de seguridad, con los cuales arribó a una conciliación en otra instancia ya que él fue víctima de lesiones leves. Describe este testigo que observa que en un determinado momento una persona le aplica un fuerte golpe de puño y una patada a su amigo, reconoce a Bustamante como el autor de esos dos golpes que derrumbaron y lesionaron a su amigo”.
Contradicciones

Para los jueces, “queda demostrada tanto la autoría como la materialidad. Es aquí donde se contradice la teoría de la defensa con la de la fiscalía, ya que la primera (doctor Romero) sostiene que es Gonzalo González quien, con un golpe aplicado en la mandíbula provoca las lesiones.
Para el fiscal Moyano “resulta totalmente imposible que un golpe de puño en la mandíbula, prácticamente sin ningún tipo de recorrido y que solamente provoca que la víctima desvíe su rostro hacia un costado, haya podido provocar como pretende la defensa una fractura de cráneo, o la pérdida del oído o del olfato, sostiene que una piña en la mandíbula o en el cuerpo es totalmente ineficiente “ menciona el fiscal.
El mismo agrega al respecto que  “no resulta significativo para provocar este tipo de lesiones”, e insiste en que “de haber sido así, los certificados médico policiales o las pericias médicas tendrían que haber discriminado mínimamente que ese golpe de puño de Gonzalo González haya provocado algún tipo de lesión, un hematoma, una fractura de mandíbula, una fisura”, relativizó Moyano.
El fiscal añadió que  “en cambio como se advierte del certificado médico no emana que Sorias al momento de ingreso al hospital zonal haya recibido lesiones en el rostro, producto del golpe de González”, según se desprende de la descripción que forma parte de la sentencia de primera instancia.#


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