“Cumplieron órdenes”: la Justicia absolvió a cuatro acusados de delitos de lesa humanidad

Son Esteban Pompilio Ferrucci y Omar Andrada, jefe y segundo jefe del Destacamento de Inteligencia 183 del Ejército, el exjefe de la Unidad Regional de la Policía, Guillermo Jones, y el exauditor del Comando de la Brigada de Infantería IX, José Roberto Abba. Giménez cuestionó la actuación de la Justicia.

23 SEP 2017 - 21:27 | Actualizado

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Comodoro Rivadavia absolvió a dos exjefes de inteligencia, un jefe de la policía y a un exauditor del Ejército por la privación ilegítima de la libertad de una pareja durante la última dictadura cívico militar por considerar que actuaron en cumplimiento de órdenes.

El tribunal, integrado por la jueza Nora Cabrera de Monella, Enrique Jorge Guanziroli y Luis Alberto Giménez absolvió a Esteban Pompilio Ferrucci y Omar Andrada, jefe y segundo jefe del Destacamento de Inteligencia 183 del Ejército, el exjefe de la Unidad Regional de la Policía, Guillermo Jones, y el exauditor del Comando de la Brigada de Infantería IX, José Roberto Abba.

Sobre ellos pesaba la acusación del delito de privación ilegal de la libertad del matrimonio compuesto por Chill Groshaus y Alicia Beatriz Levich, entre junio y septiembre de 1978.

La detención de Groshaus fue primero ordenada por el juez provincial Atilio De Pamphillis, en el marco de una investigación impulsada por el gobierno provincial -intervenido por militares- sobre supuestas operaciones de usura y delitos económicos en distintos puntos de la provincia de Chubut.

En tanto, entre el 8 de junio de 1978 a las 2.00 y el 26 del mismo mes a las 12.50, Alicia Levich fue detenida por disposición militar en la Seccional Primera y luego de haber recuperado la libertad por unas horas, el mismo día, a las 19.30, fue detenida y permaneció alojada en la comisaría Segunda hasta el 6 de julio.

El voto de Monella

En su voto, que publica el sitio Fiscales.gob.ar, la jueza Cabrera de Monella sostuvo que “ninguno de estos acusados tuvo intervención en el alojamiento de Groshaus en la unidad militar (se refiere al Regimiento 8, donde Andrada y Ferrucci interrogaron a la víctima en dos oportunidades), no dieron la orden para ello, y no dirigían el establecimiento donde estaba detenida la víctima, aunque sí tuvieron contacto con ella y cumplieron actos vinculados a esa detención”.

La magistrada agregó: “No dieron la orden, el establecimiento donde se cometía el delito no estaba bajo sus mandos, pero lo más importante podían entender -tanto uno como el otro- que la orden emanada de su superior que se interrogara a Groshaus era legal”.

Con relación a la participación de Jones, señaló que “si bien era el jefe de la Unidad Regional de Policía, y estuvo presente en el primer allanamiento, y en las dos detenciones de Groshaus, también es cierto que no tuvo injerencia en las decisiones que las provocaron, y tampoco podía oponerse a ellas”.

También consideró que las órdenes “emanaban de mandos superiores que debía respetar, en un caso un juez y en el otro su jefe inmediato, quien a su vez estaba respaldado por la autoridad máxima del Ejército en la zona, que tenía el control operacional en el ejercicio de sus funciones”.

El voto de Guanziroli

En tanto, el juez Guanziroli consideró la actividad de los acusados “fue reglada entonces por las añejas disposiciones militares y las otras acordes, adoptadas por quienes rigieron el país en esa época, sin que apareciesen manifiestamente ilegítimas y de un modo que les alertase su ilegalidad”.

“Tener acreditada la perpetración de los hechos, no conlleva que ocurra simétricamente con la intervención de los acusados, que estén presentes simultánea y ocasionalmente, en el sitio del cautiverio de las víctimas, no demuestra que hayan dado alguna indicación específica sobre ellas o proveído a su prisión, cuando sus propias obligaciones de estado, les reclamaban allí su constitución”, sostuvo en su fallo.

El tribunal

El tribunal que dictó la absolución, tiene una dilatada trayectoria en materia de enjuiciamientos por casos de delitos de lesa humanidad. Sobre todo el doctor Enrique Guanziroli y la doctora Nora Cabrera de Monella.

Ambos estuvieron en el juicio famoso sucedido en Rawson por la masacre de Trelew, donde 40 años después, un tribunal decidió dictar condena a los implicados en el proceso militar que duró hasta 1983.

De la misma manera, procedieron en otros importantes casos donde condenaron a duras penas, tal es el caso del asesinato del soldado del regimiento de Sarmiento.

Pedro José de Diego, Enrique Jorge Guanziroli y Nora María Teresa Cabrera de Monella, condenaron a perpetua a los superiores que en ese momento manejaban el escuadrón Sarmiento en Chubut durante el último proceso militar.#

“Deplorable”

El juez Giménez, finalmente, votó en la misma línea, cuestionó también la labor “deplorable” de la justicia provincial de por entonces y consideró que “no incumbía a los imputados la revisión de esas decisiones” al referirse a que Groshaus fue detenido por el coronel Héctor Antonio Schillagui (fallecido), quien desempeñaba el cargo de jefe de Policía de la provincia.

Por Ferrucci y Andrada, la fiscalía pidió una pena de seis años de prisión, en tanto solicitó cuatro años para Guillermo Jones, y decidió no acusar al exauditor Abba.

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23 SEP 2017 - 21:27

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Comodoro Rivadavia absolvió a dos exjefes de inteligencia, un jefe de la policía y a un exauditor del Ejército por la privación ilegítima de la libertad de una pareja durante la última dictadura cívico militar por considerar que actuaron en cumplimiento de órdenes.

El tribunal, integrado por la jueza Nora Cabrera de Monella, Enrique Jorge Guanziroli y Luis Alberto Giménez absolvió a Esteban Pompilio Ferrucci y Omar Andrada, jefe y segundo jefe del Destacamento de Inteligencia 183 del Ejército, el exjefe de la Unidad Regional de la Policía, Guillermo Jones, y el exauditor del Comando de la Brigada de Infantería IX, José Roberto Abba.

Sobre ellos pesaba la acusación del delito de privación ilegal de la libertad del matrimonio compuesto por Chill Groshaus y Alicia Beatriz Levich, entre junio y septiembre de 1978.

La detención de Groshaus fue primero ordenada por el juez provincial Atilio De Pamphillis, en el marco de una investigación impulsada por el gobierno provincial -intervenido por militares- sobre supuestas operaciones de usura y delitos económicos en distintos puntos de la provincia de Chubut.

En tanto, entre el 8 de junio de 1978 a las 2.00 y el 26 del mismo mes a las 12.50, Alicia Levich fue detenida por disposición militar en la Seccional Primera y luego de haber recuperado la libertad por unas horas, el mismo día, a las 19.30, fue detenida y permaneció alojada en la comisaría Segunda hasta el 6 de julio.

El voto de Monella

En su voto, que publica el sitio Fiscales.gob.ar, la jueza Cabrera de Monella sostuvo que “ninguno de estos acusados tuvo intervención en el alojamiento de Groshaus en la unidad militar (se refiere al Regimiento 8, donde Andrada y Ferrucci interrogaron a la víctima en dos oportunidades), no dieron la orden para ello, y no dirigían el establecimiento donde estaba detenida la víctima, aunque sí tuvieron contacto con ella y cumplieron actos vinculados a esa detención”.

La magistrada agregó: “No dieron la orden, el establecimiento donde se cometía el delito no estaba bajo sus mandos, pero lo más importante podían entender -tanto uno como el otro- que la orden emanada de su superior que se interrogara a Groshaus era legal”.

Con relación a la participación de Jones, señaló que “si bien era el jefe de la Unidad Regional de Policía, y estuvo presente en el primer allanamiento, y en las dos detenciones de Groshaus, también es cierto que no tuvo injerencia en las decisiones que las provocaron, y tampoco podía oponerse a ellas”.

También consideró que las órdenes “emanaban de mandos superiores que debía respetar, en un caso un juez y en el otro su jefe inmediato, quien a su vez estaba respaldado por la autoridad máxima del Ejército en la zona, que tenía el control operacional en el ejercicio de sus funciones”.

El voto de Guanziroli

En tanto, el juez Guanziroli consideró la actividad de los acusados “fue reglada entonces por las añejas disposiciones militares y las otras acordes, adoptadas por quienes rigieron el país en esa época, sin que apareciesen manifiestamente ilegítimas y de un modo que les alertase su ilegalidad”.

“Tener acreditada la perpetración de los hechos, no conlleva que ocurra simétricamente con la intervención de los acusados, que estén presentes simultánea y ocasionalmente, en el sitio del cautiverio de las víctimas, no demuestra que hayan dado alguna indicación específica sobre ellas o proveído a su prisión, cuando sus propias obligaciones de estado, les reclamaban allí su constitución”, sostuvo en su fallo.

El tribunal

El tribunal que dictó la absolución, tiene una dilatada trayectoria en materia de enjuiciamientos por casos de delitos de lesa humanidad. Sobre todo el doctor Enrique Guanziroli y la doctora Nora Cabrera de Monella.

Ambos estuvieron en el juicio famoso sucedido en Rawson por la masacre de Trelew, donde 40 años después, un tribunal decidió dictar condena a los implicados en el proceso militar que duró hasta 1983.

De la misma manera, procedieron en otros importantes casos donde condenaron a duras penas, tal es el caso del asesinato del soldado del regimiento de Sarmiento.

Pedro José de Diego, Enrique Jorge Guanziroli y Nora María Teresa Cabrera de Monella, condenaron a perpetua a los superiores que en ese momento manejaban el escuadrón Sarmiento en Chubut durante el último proceso militar.#

“Deplorable”

El juez Giménez, finalmente, votó en la misma línea, cuestionó también la labor “deplorable” de la justicia provincial de por entonces y consideró que “no incumbía a los imputados la revisión de esas decisiones” al referirse a que Groshaus fue detenido por el coronel Héctor Antonio Schillagui (fallecido), quien desempeñaba el cargo de jefe de Policía de la provincia.

Por Ferrucci y Andrada, la fiscalía pidió una pena de seis años de prisión, en tanto solicitó cuatro años para Guillermo Jones, y decidió no acusar al exauditor Abba.


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