¿Es el lenguaje capaz de cambiar el pensamiento?

Igualdad en la diversidad/Columna de AMJA Chubut.

Imágen de Paula Verde Francisco (“Mi mirada te hace grande”) encappaces.com/
17 SEP 2018 - 16:02 | Actualizado

Por Analía Künzli (*)

Especial para Jornada

Esa pregunta me hice en oportunidad que entró en vigencia el nuevo código civil y comercial unificado de la Nación. Este recepcionó en su articulado los principios de la Ley de Salud Mental 26.657 (vigente desde 2010) y los de los distintos instrumentos internacionales suscriptos por nuestro país en esas cuestiones, lo que impactó en la terminología específica, en cómo nombrar y renombrar.

El lenguaje no es neutro. El uso y la intencionalidad que se le dé a las palabras pueden modificar el significado de muchas de ellas.

El nuevo instrumento legal incorporó en materia de salud mental no sólo los principios a los que antes hacíamos mención, sino léxico acorde a éstos. Así, palabras como incapacidad, insano, demente fueron eliminadas para dar paso a otros términos que reflejan el nuevo modelo en cuestiones de discapacidad.

El lenguaje es una construcción social que influye en nuestra percepción de la realidad, condiciona nuestro pensamiento y determina nuestra visión del mundo. Es una herramienta poderosa, en este caso de inigualable valor. Permite la visibilización de la discapacidad, ayuda en la integración de las personas con esa condición a la sociedad y su consecuente revalorización. Considero que la precisión en el uso del lenguaje, garantiza la verdadera aceptación de este nuevo modelo social de la discapacidad.

Me pregunté en esa ocasión si eran tan gravitantes las palabras como para exigir la reformulación de las carátulas de los expedientes en trámite con procesos de “insanía” o de “declaración de incapacidad”. Teniendo en vista, en mi entendimiento, que debía reflejarse el cambio normativo y terminológico en los procesos en curso. Una reformulación que mostrara con claridad los nuevos paradigmas. Por dar algunos ejemplos: de “declarar la incapacidad”, renombrar como “determinar, valorar o restringir la capacidad”. Del paradigma de centrarse en lo negativo, a posicionarse en lo positivo. Del principio de lo que no se puede hacer, para reformular en apreciar lo que una persona con discapacidad sí puede hacer.

Admito también, que lo sustancial en esos procesos y en las sentencias que se dictaran, era que fuesen ajustadas jurídicamente a las disposiciones de la ley 26657 y al espíritu de los instrumentos internacionales. Sin embargo, “Promover la insanía” o “declarar la incapacidad” de un individuo, tal como se “titulaba” antes de la reforma, en mi parecer, resulta ciertamente estigmatizante y discriminatorio. La Convención de Derechos de las Personas con Discapacidad define que “El término discriminación contra las personas con discapacidad “significa toda distinción, exclusión o restricción basada en una discapacidad, antecedente de discapacidad, consecuencia de discapacidad anterior o percepción de una discapacidad presente o pasada, que tenga el efecto o propósito de impedir o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por parte de las personas con discapacidad, de sus derechos humanos y libertades fundamentales”.

La sociedad y los medios de comunicación han contribuido a perpetuar prejuicios, estereotipos y concepciones erróneas sobre la discapacidad. Ya sea utilizando incorrectamente los términos referidos a la misma, o etiquetando a los grupos de personas con discapacidad o generalizándolos y emitiendo juicios de valor a través del lenguaje. Expresiones como “incapaces”, “insanos” o “minusválidos”, “retrasados”, impedidos, deficientes, disminuídos, inválidos, mogólicos, por enumerar algunas, ponen de manifiesto que se las sigue percibiendo, en el mejor de los casos, como personas “ dependientes”. Se los observa como seres humanos que no pueden por sí mismos hacerse cargo de sus vidas. Por la comunidad en general no se los distingue como adultos responsables de sí mismos.

Les comparto un pensamiento de un rincón precioso que existe gracias a la magia de la web, el rincón cappaces.com “Las palabras no sólo designan objetos o conceptos, sino que también dan forma al pensamiento y este, a su vez, condiciona nuestras actitudes. Así que, para cambiar actitudes inadecuadas, perjudiciales, equivocadas e injustas, es necesario empezar por cambiar la forma en que hablamos y la terminología que empleamos.

El lenguaje es un instrumento valiente, una herramienta invaluable que debemos aprender a usar no sólo para visibilizar situaciones sino, especialmente para ayudar a corregirlas. De otra manera sólo serán barreras más eficaces aún que la falta de una rampa en los lugares públicos, lo que deviene válido para todos los colectivos sociales.

"Las palabras no son inocentes ni impunes"

José Saramago

(*) Analía Künzli es abogada Adjunta de la Asesoría de Familia Puerto Madryn

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Imágen de Paula Verde Francisco (“Mi mirada te hace grande”) encappaces.com/
17 SEP 2018 - 16:02

Por Analía Künzli (*)

Especial para Jornada

Esa pregunta me hice en oportunidad que entró en vigencia el nuevo código civil y comercial unificado de la Nación. Este recepcionó en su articulado los principios de la Ley de Salud Mental 26.657 (vigente desde 2010) y los de los distintos instrumentos internacionales suscriptos por nuestro país en esas cuestiones, lo que impactó en la terminología específica, en cómo nombrar y renombrar.

El lenguaje no es neutro. El uso y la intencionalidad que se le dé a las palabras pueden modificar el significado de muchas de ellas.

El nuevo instrumento legal incorporó en materia de salud mental no sólo los principios a los que antes hacíamos mención, sino léxico acorde a éstos. Así, palabras como incapacidad, insano, demente fueron eliminadas para dar paso a otros términos que reflejan el nuevo modelo en cuestiones de discapacidad.

El lenguaje es una construcción social que influye en nuestra percepción de la realidad, condiciona nuestro pensamiento y determina nuestra visión del mundo. Es una herramienta poderosa, en este caso de inigualable valor. Permite la visibilización de la discapacidad, ayuda en la integración de las personas con esa condición a la sociedad y su consecuente revalorización. Considero que la precisión en el uso del lenguaje, garantiza la verdadera aceptación de este nuevo modelo social de la discapacidad.

Me pregunté en esa ocasión si eran tan gravitantes las palabras como para exigir la reformulación de las carátulas de los expedientes en trámite con procesos de “insanía” o de “declaración de incapacidad”. Teniendo en vista, en mi entendimiento, que debía reflejarse el cambio normativo y terminológico en los procesos en curso. Una reformulación que mostrara con claridad los nuevos paradigmas. Por dar algunos ejemplos: de “declarar la incapacidad”, renombrar como “determinar, valorar o restringir la capacidad”. Del paradigma de centrarse en lo negativo, a posicionarse en lo positivo. Del principio de lo que no se puede hacer, para reformular en apreciar lo que una persona con discapacidad sí puede hacer.

Admito también, que lo sustancial en esos procesos y en las sentencias que se dictaran, era que fuesen ajustadas jurídicamente a las disposiciones de la ley 26657 y al espíritu de los instrumentos internacionales. Sin embargo, “Promover la insanía” o “declarar la incapacidad” de un individuo, tal como se “titulaba” antes de la reforma, en mi parecer, resulta ciertamente estigmatizante y discriminatorio. La Convención de Derechos de las Personas con Discapacidad define que “El término discriminación contra las personas con discapacidad “significa toda distinción, exclusión o restricción basada en una discapacidad, antecedente de discapacidad, consecuencia de discapacidad anterior o percepción de una discapacidad presente o pasada, que tenga el efecto o propósito de impedir o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por parte de las personas con discapacidad, de sus derechos humanos y libertades fundamentales”.

La sociedad y los medios de comunicación han contribuido a perpetuar prejuicios, estereotipos y concepciones erróneas sobre la discapacidad. Ya sea utilizando incorrectamente los términos referidos a la misma, o etiquetando a los grupos de personas con discapacidad o generalizándolos y emitiendo juicios de valor a través del lenguaje. Expresiones como “incapaces”, “insanos” o “minusválidos”, “retrasados”, impedidos, deficientes, disminuídos, inválidos, mogólicos, por enumerar algunas, ponen de manifiesto que se las sigue percibiendo, en el mejor de los casos, como personas “ dependientes”. Se los observa como seres humanos que no pueden por sí mismos hacerse cargo de sus vidas. Por la comunidad en general no se los distingue como adultos responsables de sí mismos.

Les comparto un pensamiento de un rincón precioso que existe gracias a la magia de la web, el rincón cappaces.com “Las palabras no sólo designan objetos o conceptos, sino que también dan forma al pensamiento y este, a su vez, condiciona nuestras actitudes. Así que, para cambiar actitudes inadecuadas, perjudiciales, equivocadas e injustas, es necesario empezar por cambiar la forma en que hablamos y la terminología que empleamos.

El lenguaje es un instrumento valiente, una herramienta invaluable que debemos aprender a usar no sólo para visibilizar situaciones sino, especialmente para ayudar a corregirlas. De otra manera sólo serán barreras más eficaces aún que la falta de una rampa en los lugares públicos, lo que deviene válido para todos los colectivos sociales.

"Las palabras no son inocentes ni impunes"

José Saramago

(*) Analía Künzli es abogada Adjunta de la Asesoría de Familia Puerto Madryn


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