Ratifican condena a joven que abuso y tentativa de homicidio

El Superior Tribunal de Justicia confirmó la condena de 13 años de prisión dictada por la Cámara Penal de Comodoro Rivadavia contra un individuo imputado por tentativa de homicidio, abuso sexual y lesiones leves agravadas por el vínculo.

La fiscalía de Sarmiento sostuvo el caso
10 DIC 2018 - 16:29 | Actualizado

La resolución fue adoptada por el pleno de la Corte Provincial, integrada por los ministros Alejandro Panizzi, Mario Vivas, Miguel Donnet, Raúl Vergara, Sergio Lucero y Natalia Spoturno.

El sujeto, identificado con las iniciales L.L.C. fue protagonista de tres episodios, ocurridos entre el 13 y el 14 de febrero de 2017, en la localidad de Río Mayo, de los que fueron víctimas su pareja y su hija biológica.

Con respecto al primero de los hechos, acontecido en la mañana del 13 de febrero, el STJ dio por corroborado las lesiones provocadas por el imputado contra su pareja, E.M.L, las que llevó a cabo con golpes de puño y utilizando un destornillador y un cuchillo, con los que produjo lesiones en la espalda y en los brazos, respectivamente.

El segundo hecho, ocurrió en la tarde del mismo día, cuando L.L.C. tomó del cuello a su hija de un año y cuatro meses, provocándole lesiones y hematomas, las que fueron advertidas por su mamá, cuando regresó del trabajo. El agresor le comentó a su pareja que la había agarrado del cuello porque la nena se había agarrado los dedos con la puerta, pero las enfermeras que le brindaron asistencia primaria no constataron lesiones en las manos. Una de las profesionales que atendió a la niña indicó que las marcas en el cuello impresionaban como si se hubiese tratado de un estrangulamiento.

El tercer y más grave hecho se produjo el 14 de febrero de 2017, entre las 09:00 y las 13:00 horas, en el domicilio compartido de Perito Moreno al 800.

En dicho lapso la menor quedó al cuidado del imputado, ya que su madre había salido a trabajar. L.L.C golpeó a la pequeña con elementos contundentes que podrían corresponder a patadas o piñas hasta dejarla inconsciente, casi sin vida. Al regresar a su casa y al ver que la bebé no reaccionaba la madre la llevó urgente al hospital de Rio Mayo pero por la gravedad de las lesiones fue derivada de inmediato al hospital de Comodoro Rivadavia.

Los médicos del nosocomio certificaron que la pequeña ingresó en estado comatoso, sin reflejos, con taquicardia e hipotérmica, con traumatismos en distintas partes del cuerpo, lo que obligó a extirparle parte del intestino grueso y delgado, debiendo ser intervenida quirúrgicamente, constatándose también lesiones en el ano.

Los ministros también tuvieron en cuenta el informe de las médicas forenses, quienes informaron que L.L.C. comprendía la criminalidad de sus actos. Asimismo, destacaron que posee una personalidad inmadura, de fuertes rasgos primitivos, altamente impulsiva, sin control de sus frenos inhibitorios.

 

Los jueces del alto tribunal rafiticaron el fallo de la Cámara, con el voto unánime de todos sus integrantes.

 

 

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La fiscalía de Sarmiento sostuvo el caso
10 DIC 2018 - 16:29

La resolución fue adoptada por el pleno de la Corte Provincial, integrada por los ministros Alejandro Panizzi, Mario Vivas, Miguel Donnet, Raúl Vergara, Sergio Lucero y Natalia Spoturno.

El sujeto, identificado con las iniciales L.L.C. fue protagonista de tres episodios, ocurridos entre el 13 y el 14 de febrero de 2017, en la localidad de Río Mayo, de los que fueron víctimas su pareja y su hija biológica.

Con respecto al primero de los hechos, acontecido en la mañana del 13 de febrero, el STJ dio por corroborado las lesiones provocadas por el imputado contra su pareja, E.M.L, las que llevó a cabo con golpes de puño y utilizando un destornillador y un cuchillo, con los que produjo lesiones en la espalda y en los brazos, respectivamente.

El segundo hecho, ocurrió en la tarde del mismo día, cuando L.L.C. tomó del cuello a su hija de un año y cuatro meses, provocándole lesiones y hematomas, las que fueron advertidas por su mamá, cuando regresó del trabajo. El agresor le comentó a su pareja que la había agarrado del cuello porque la nena se había agarrado los dedos con la puerta, pero las enfermeras que le brindaron asistencia primaria no constataron lesiones en las manos. Una de las profesionales que atendió a la niña indicó que las marcas en el cuello impresionaban como si se hubiese tratado de un estrangulamiento.

El tercer y más grave hecho se produjo el 14 de febrero de 2017, entre las 09:00 y las 13:00 horas, en el domicilio compartido de Perito Moreno al 800.

En dicho lapso la menor quedó al cuidado del imputado, ya que su madre había salido a trabajar. L.L.C golpeó a la pequeña con elementos contundentes que podrían corresponder a patadas o piñas hasta dejarla inconsciente, casi sin vida. Al regresar a su casa y al ver que la bebé no reaccionaba la madre la llevó urgente al hospital de Rio Mayo pero por la gravedad de las lesiones fue derivada de inmediato al hospital de Comodoro Rivadavia.

Los médicos del nosocomio certificaron que la pequeña ingresó en estado comatoso, sin reflejos, con taquicardia e hipotérmica, con traumatismos en distintas partes del cuerpo, lo que obligó a extirparle parte del intestino grueso y delgado, debiendo ser intervenida quirúrgicamente, constatándose también lesiones en el ano.

Los ministros también tuvieron en cuenta el informe de las médicas forenses, quienes informaron que L.L.C. comprendía la criminalidad de sus actos. Asimismo, destacaron que posee una personalidad inmadura, de fuertes rasgos primitivos, altamente impulsiva, sin control de sus frenos inhibitorios.

 

Los jueces del alto tribunal rafiticaron el fallo de la Cámara, con el voto unánime de todos sus integrantes.

 

 


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