El Gobierno provincial decretó la Emergencia en Seguridad Pública

El Poder Ejecutivo publicó hoy en el boletín oficial la medida. Tendrá vigencia por un año y autoriza a readecuar partidas presupuestaria. Pide elaborar un proyecto de Sistema Penitenciario Provincial y habilita la incorporación de seguridad privada como auxiliares de la Policía

09 ENE 2019 - 12:24 | Actualizado

A través del Decreto 1.353/18 que apareció publicado este miércoles en el Boletín Oficial de Chubut, el gobierno provincial declaró por un año la Emergencia en Seguridad Pública.

El decreto, con la firma del Gobernador Mariano Arcioni y los Ministros Federico Massoni, Graciela Cigudosa, Marcial Paz y Alejandro Garzonio, comprende una serie de temas relacionados con la seguridad que van desde la creación del Sistema Penitenciario Provincial hasta la incorporación de empresas de seguridad privada como auxiliares de la Policía.

La normativa focaliza en diferentes aspectos de la seguridad provincial, desde dotar de mayores recursos a las áreas de abigeato hasta convocar al Consejo Provincial de Complementación para la Seguridad Interior con el fin de abordar, entre otros aspectos, todo lo atinente a la actividad de la RAM.
En los considerandos de la norma se asegura que el objetivo de tal resolución es “garantizar la defensa de la integridad física y el patrimonio de sus habitantes, amenazada de modo no excluyente por el delito complejo, el crimen organizado, el abigeato, el robo en despoblado y el delito violento contra las personas.

Según plantea el ejecutivo en el texto de la norma, “la iniciativa comprende la apelación a diversas instituciones, recursos y dimensiones de las cuales se dispone para el desarrollo de una la política criminal y de prevención del delito, apelando para ello a diversos subsistemas del sistema de seguridad pública regulado por el Estado”.

En función de esa situación “el Ministerio de Gobierno entiende necesario convocar al conjunto de entidades que prestan diversos servicios de seguridad, tanto personal como de tecnología, en el sector privado con motivo de integrarlos de forma homologada y en carácter de auxiliares al sistema de seguridad en una función subsidiaria a la Policía de la Provincia”.

Uno de los puntos centrales que el gobierno entiende debe concretarse es la conformación del Sistema Penitenciario Provincial y también se indica como tema de “recurrente preocupación para nuestra provincia el accionar de la Resistencia Ancestral Mapuche (RAM), a cuyos integrantes se les imputan delitos contra la propiedad, la seguridad y el orden público, razón por la cual, con el fin de atender, entre otros, la materia de delitos federales producidos por las actividades de esa organización y en el marco de la planificación desarrollada por el Comando Unificado Patagonia, se convoca al Consejo Provincial de Complementación para la Seguridad Interior”.

En su parte resolutiva, se inicia con la “declaración por el término de un (1) año, la Emergencia en Seguridad Pública en todo el territorio de la Provincia del Chubut, con la finalidad principal de garantizar la defensa de la integridad física y el patrimonio de sus habitantes, en virtud de lo expuesto en los considerandos que anteceden”.

A partir de la puesta en vigencia del decreto, el Ministerio de Gobierno y la Policía del Chubut deben presentar en un plazo de 60 días “un relevamiento de necesidades materiales y plan de inversión sobre los siguientes aspectos: equipamiento informático para las áreas dependientes de la Policía Judicial, la Dirección de Comunicaciones, la Dirección de Seguridad y las áreas de ella dependientes, especialmente Abigeato (Policía Montada)”.

El decreto también exige una evaluación de condiciones de rehabilitaciones del parque automotor y adquisición de nuevas unidades, como así también un informe sobre el “mantenimiento de las dependencias policiales propiedad el Estado Provincial y deudas sobre bienes inmuebles alquilados destinados a igual fin”.

También solicita “recursos materiales para la capacitación laboral y educativa de personas alojadas en centros de detención provinciales”, además de “recursos para optimizar las medidas de seguridad y prácticas requisitorias” dentro de los establecimientos de detención penal.

En su artículo 3° el decreto autoriza “al Ministro de Gobierno a través de su Dirección General de Administración, a adquirir y/o contratar bienes, recursos y suministros de servicios declarados necesarios para atender la situación extraordinaria”, de acuerdo a la normativa vigente.

Por otra parte encomienda a la Policía a presentar un plan “de reformulación de la División de Seguridad Rural a los fines de revertir el delito de abigeato”.

En materia de formación policial, habilita una revisión del Diseño Curricular de la Tecnicatura Superior en Seguridad Pública y Ciudadana, como así también a que el Ministerio de Gobierno suscriba acuerdos con establecimientos universitarios públicos de gestión estatal que permitan concluir de manera presencial o a distancia con la carrera de grado de los oficiales egresados del Instituto Superior de Formación Policial N° 811.

Uno de los puntos inéditos del decreto de emergencia es que pide a la Jefatura de Policía que en el marco de la emergencia “elabore y presente ante el Ministerio de Gobierno un informe sobre las personas físicas o jurídicas habilitadas a prestar servicios particulares de seguridad con el propósito ulterior de elaborar un protocolo de actuación a los fines de proporcionar un marco procedimental que eficientice y encuadre legalmente el desempeño de aquellas agencias y de su personal en carácter de auxiliares de las fuerzas de seguridad pública u organismos de persecución penal tal lo señalado por el Artículo 31° del mismo texto legal, cuando se evalúe que la situación conlleve peligro para la integridad física de las personas o la seguridad de los bienes”.

También señala que “aprobado el protocolo, se integrará al plan de estudios de los cursos de capacitación y formación profesional dictados por aquellos centros autorizados”.

En ese contexto plantea el decreto que el Ministerio de Gobierno deberá convocar de manera “inmediata a todos aquellos prestadores del Servicio de Alarmas Particulares comprendidos por la Ley XIX - N° 45, y que de conformidad con la misma Ley se encuentran bajo su órbita, a los fines de analizar vulnerabilidades que pudieran presentarse en los servicios prestados como resultado de la aplicación de dispositivos inhibidores de alarmas domiciliarias como vehiculares y toda otra intrusión en comunicaciones de seguridad sobre los bienes”.

El decreto también obligará a la Secretaría de Trabajo a informar al Ministerio de Gobierno “un informe de situación en lo atinente al Registro Público Provincial de Empresas y Personal de Control de Admisión y Permanencia de empresas que poseen o brindan servicios en eventos nocturnos, tales como “espectáculos musicales, artísticos y de entretenimiento en general que se lleven a cabo en estadios, clubes, pubs, discotecas, bares, restaurantes y todo otro lugar de entretenimiento de público en general”

Con ese informe en su poder, el Ministerio de Gobierno y la Jefatura de Policía podrán implementar una guía de procedimiento para la intervención del personal de seguridad de boliches y espectáculos públicos como auxiliares de las fuerzas de seguridad.

Un punto central del decreto es la elaboración de un proyecto de creación de “creación del Servicio Penitenciario Provincial a los fines de comprender, en la medida de lo que de aquel Servicio Penitenciario dependa, lo reglado por la Ley de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad N° 24.660, asignándole para esa finalidad la facultad de convocar a las carteras ministeriales que considere pertinente y dar intervención a fines de asesoramiento al Consejo Federal Penitenciario, dependiente de la Subsecretaría de Asuntos Penitenciarios y Relaciones con el Poder Judicial y la Comunidad Académica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación”.

En su artículo 12°, el decreto autoriza a Convocar “al Consejo Provincial de Complementación para la Seguridad Interior” y pide que especialmente en el orden del día se de tratamiento “sobre la actividad de la Resistencia Ancestral Mapuche (RAM)” y plantea que “una vez formuladas las recomendaciones en materia de políticas relativas al control de las actividades delictivas surgidas del seno del Consejo Provincial de Complementación para la Seguridad Interior, se autoriza al Ministro de Gobierno a adoptar las medidas necesarias para su efectiva implementación”.
 

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09 ENE 2019 - 12:24

A través del Decreto 1.353/18 que apareció publicado este miércoles en el Boletín Oficial de Chubut, el gobierno provincial declaró por un año la Emergencia en Seguridad Pública.

El decreto, con la firma del Gobernador Mariano Arcioni y los Ministros Federico Massoni, Graciela Cigudosa, Marcial Paz y Alejandro Garzonio, comprende una serie de temas relacionados con la seguridad que van desde la creación del Sistema Penitenciario Provincial hasta la incorporación de empresas de seguridad privada como auxiliares de la Policía.

La normativa focaliza en diferentes aspectos de la seguridad provincial, desde dotar de mayores recursos a las áreas de abigeato hasta convocar al Consejo Provincial de Complementación para la Seguridad Interior con el fin de abordar, entre otros aspectos, todo lo atinente a la actividad de la RAM.
En los considerandos de la norma se asegura que el objetivo de tal resolución es “garantizar la defensa de la integridad física y el patrimonio de sus habitantes, amenazada de modo no excluyente por el delito complejo, el crimen organizado, el abigeato, el robo en despoblado y el delito violento contra las personas.

Según plantea el ejecutivo en el texto de la norma, “la iniciativa comprende la apelación a diversas instituciones, recursos y dimensiones de las cuales se dispone para el desarrollo de una la política criminal y de prevención del delito, apelando para ello a diversos subsistemas del sistema de seguridad pública regulado por el Estado”.

En función de esa situación “el Ministerio de Gobierno entiende necesario convocar al conjunto de entidades que prestan diversos servicios de seguridad, tanto personal como de tecnología, en el sector privado con motivo de integrarlos de forma homologada y en carácter de auxiliares al sistema de seguridad en una función subsidiaria a la Policía de la Provincia”.

Uno de los puntos centrales que el gobierno entiende debe concretarse es la conformación del Sistema Penitenciario Provincial y también se indica como tema de “recurrente preocupación para nuestra provincia el accionar de la Resistencia Ancestral Mapuche (RAM), a cuyos integrantes se les imputan delitos contra la propiedad, la seguridad y el orden público, razón por la cual, con el fin de atender, entre otros, la materia de delitos federales producidos por las actividades de esa organización y en el marco de la planificación desarrollada por el Comando Unificado Patagonia, se convoca al Consejo Provincial de Complementación para la Seguridad Interior”.

En su parte resolutiva, se inicia con la “declaración por el término de un (1) año, la Emergencia en Seguridad Pública en todo el territorio de la Provincia del Chubut, con la finalidad principal de garantizar la defensa de la integridad física y el patrimonio de sus habitantes, en virtud de lo expuesto en los considerandos que anteceden”.

A partir de la puesta en vigencia del decreto, el Ministerio de Gobierno y la Policía del Chubut deben presentar en un plazo de 60 días “un relevamiento de necesidades materiales y plan de inversión sobre los siguientes aspectos: equipamiento informático para las áreas dependientes de la Policía Judicial, la Dirección de Comunicaciones, la Dirección de Seguridad y las áreas de ella dependientes, especialmente Abigeato (Policía Montada)”.

El decreto también exige una evaluación de condiciones de rehabilitaciones del parque automotor y adquisición de nuevas unidades, como así también un informe sobre el “mantenimiento de las dependencias policiales propiedad el Estado Provincial y deudas sobre bienes inmuebles alquilados destinados a igual fin”.

También solicita “recursos materiales para la capacitación laboral y educativa de personas alojadas en centros de detención provinciales”, además de “recursos para optimizar las medidas de seguridad y prácticas requisitorias” dentro de los establecimientos de detención penal.

En su artículo 3° el decreto autoriza “al Ministro de Gobierno a través de su Dirección General de Administración, a adquirir y/o contratar bienes, recursos y suministros de servicios declarados necesarios para atender la situación extraordinaria”, de acuerdo a la normativa vigente.

Por otra parte encomienda a la Policía a presentar un plan “de reformulación de la División de Seguridad Rural a los fines de revertir el delito de abigeato”.

En materia de formación policial, habilita una revisión del Diseño Curricular de la Tecnicatura Superior en Seguridad Pública y Ciudadana, como así también a que el Ministerio de Gobierno suscriba acuerdos con establecimientos universitarios públicos de gestión estatal que permitan concluir de manera presencial o a distancia con la carrera de grado de los oficiales egresados del Instituto Superior de Formación Policial N° 811.

Uno de los puntos inéditos del decreto de emergencia es que pide a la Jefatura de Policía que en el marco de la emergencia “elabore y presente ante el Ministerio de Gobierno un informe sobre las personas físicas o jurídicas habilitadas a prestar servicios particulares de seguridad con el propósito ulterior de elaborar un protocolo de actuación a los fines de proporcionar un marco procedimental que eficientice y encuadre legalmente el desempeño de aquellas agencias y de su personal en carácter de auxiliares de las fuerzas de seguridad pública u organismos de persecución penal tal lo señalado por el Artículo 31° del mismo texto legal, cuando se evalúe que la situación conlleve peligro para la integridad física de las personas o la seguridad de los bienes”.

También señala que “aprobado el protocolo, se integrará al plan de estudios de los cursos de capacitación y formación profesional dictados por aquellos centros autorizados”.

En ese contexto plantea el decreto que el Ministerio de Gobierno deberá convocar de manera “inmediata a todos aquellos prestadores del Servicio de Alarmas Particulares comprendidos por la Ley XIX - N° 45, y que de conformidad con la misma Ley se encuentran bajo su órbita, a los fines de analizar vulnerabilidades que pudieran presentarse en los servicios prestados como resultado de la aplicación de dispositivos inhibidores de alarmas domiciliarias como vehiculares y toda otra intrusión en comunicaciones de seguridad sobre los bienes”.

El decreto también obligará a la Secretaría de Trabajo a informar al Ministerio de Gobierno “un informe de situación en lo atinente al Registro Público Provincial de Empresas y Personal de Control de Admisión y Permanencia de empresas que poseen o brindan servicios en eventos nocturnos, tales como “espectáculos musicales, artísticos y de entretenimiento en general que se lleven a cabo en estadios, clubes, pubs, discotecas, bares, restaurantes y todo otro lugar de entretenimiento de público en general”

Con ese informe en su poder, el Ministerio de Gobierno y la Jefatura de Policía podrán implementar una guía de procedimiento para la intervención del personal de seguridad de boliches y espectáculos públicos como auxiliares de las fuerzas de seguridad.

Un punto central del decreto es la elaboración de un proyecto de creación de “creación del Servicio Penitenciario Provincial a los fines de comprender, en la medida de lo que de aquel Servicio Penitenciario dependa, lo reglado por la Ley de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad N° 24.660, asignándole para esa finalidad la facultad de convocar a las carteras ministeriales que considere pertinente y dar intervención a fines de asesoramiento al Consejo Federal Penitenciario, dependiente de la Subsecretaría de Asuntos Penitenciarios y Relaciones con el Poder Judicial y la Comunidad Académica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación”.

En su artículo 12°, el decreto autoriza a Convocar “al Consejo Provincial de Complementación para la Seguridad Interior” y pide que especialmente en el orden del día se de tratamiento “sobre la actividad de la Resistencia Ancestral Mapuche (RAM)” y plantea que “una vez formuladas las recomendaciones en materia de políticas relativas al control de las actividades delictivas surgidas del seno del Consejo Provincial de Complementación para la Seguridad Interior, se autoriza al Ministro de Gobierno a adoptar las medidas necesarias para su efectiva implementación”.
 


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