Dictan 15 años de prisión para el abusador de un bebé

Los jueces de Comodoro Rivadavia, Gladys Olavarría, Daniela Arcuri y Miguel Caviglia condenaron por unanimidad a A.E.O. a la pena de 15 años de prisión luego de haber sido declarado penalmente responsable del delito de lesiones graves, en concurso real con abuso sexual con acceso canal agravado por ser cometida contra un bebé de 7 meses de edad y por la convivencia preexistente y mantuvieron la prisión preventiva del condenado hasta que la sentencia quede firme, como lo solicitara la Fiscalía.

17 SEP 2019 - 20:56 | Actualizado

Cabe mencionar que el pasado lunes en la audiencia de cesura, el fiscal Martin Cárcamo, solicitó la pena 15 años de prisión en base a las circunstancias atenuantes y agravantes del caso. Por su pate la defensa solicitó el mínimo de pena establecido para el delito 8 años de prisión por el hecho acaecido el 17 de marzo del año pasado en el barrio LU4 de esa ciudad petrolera, informó una gacetilla de la Fiscalía comodorense.

Los jueces tuvieron en cuenta para el veredicto como agravante la salud del niño y que A.E.O. haya realizado las acciones bajo circunstancias seguras, que la madre del menor no se encontraba en el lugar y que no tenía llaves para entrar, actuando sobre seguro. La extensión del daño causado al menor, con secuelas en su salud hasta el día de hoy, se ha acreditado más que suficiente por la abundante prueba médica que fue presentada durante el juicio.

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17 SEP 2019 - 20:56

Cabe mencionar que el pasado lunes en la audiencia de cesura, el fiscal Martin Cárcamo, solicitó la pena 15 años de prisión en base a las circunstancias atenuantes y agravantes del caso. Por su pate la defensa solicitó el mínimo de pena establecido para el delito 8 años de prisión por el hecho acaecido el 17 de marzo del año pasado en el barrio LU4 de esa ciudad petrolera, informó una gacetilla de la Fiscalía comodorense.

Los jueces tuvieron en cuenta para el veredicto como agravante la salud del niño y que A.E.O. haya realizado las acciones bajo circunstancias seguras, que la madre del menor no se encontraba en el lugar y que no tenía llaves para entrar, actuando sobre seguro. La extensión del daño causado al menor, con secuelas en su salud hasta el día de hoy, se ha acreditado más que suficiente por la abundante prueba médica que fue presentada durante el juicio.


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