La Justicia confirmó el rechazo a la cláusula para las desafiliaciones en el PJ

Desde el Juzgado Federal con competencia electoral explicaron que las modificaciones en la Cartar Orgánica partidaria para la exclusión automática no poseen “legalidad”.

20 NOV 2019 - 21:01 | Actualizado

La prosecretaria del Juzgado Federal de Rawson con competencia electoral, Leticia Brun, confirmó la resolución del juez federal Hugo Sastre que frena la modificación de la Carta Orgánica del Partido Justicialista que habilitaba las desafiliaciones automáticas. En Cadena Tiempo, la funcionaria aseguró que la cláusula tratadoaen el Congreso partidario de diciembre de 2018 nunca fue aprobada por la Justicia, y por lo tanto no posee vigencia.

“La última actuación del juez fue del 13 de noviembre en el que definitivamente no aprobó el texto de la Carta que había traído unos días antes, pese a que el Congreso había hecho una modificación en diciembre de 2018 y la habían ingresado y puesta a conocimiento de manera incompleta en marzo de 2019. Esto hizo que se suscitaron recientemente en dicha agrupación respecto de primero el pedido de desafiliación automática a la cual el juez no dio lugar, invocando ellos este texto modificado que no había sido aprobado judicialmente”.

Acotó que “en marzo se requirió el texto para el control de legalidad. Primero el juez no hizo lugar al pedido de desafiliación automático y al requerir el texto de la Carta para hacer una vista al fiscal y luego una vista de legalidad que está a cargo del juez electoral en las organizaciones de los partidos y su funcionamiento y la constitución de esta Carta Orgánica, al no haberse presentado oportunamente se rechazó esa modificación en tanto no aseguraba de esa exclusión de afiliación de los que ellos hablaba de cláusula transitoria no aseguraba como dijo el juez el debido proceso en una definitivamente en una sanción partidaria, porque la desafiliación constituye una sanción para aquella y debe tener un procedimiento”.

Aclaró que “la carta vigente del PJ no es la Carta Orgánica última que aprobó el Congreso el 8 de diciembre”.

“En tanto no asegura hasta tanto no aseguró ciertos principios legales y constitucionales que recepta la ley de partidos políticos y la constitución nacional no sea adecuada. Además, está aplicando una norma partidaria que no está vigente”, dijo en el mismo sentido.

Por último, precisó: “Además de invocar la falta de debido proceso (en las 141 desafiliaciones), que no había vigencia de una cláusula que invocaban, eso hace que todas estas personas mantienen su afiliación al partido político”.#

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20 NOV 2019 - 21:01

La prosecretaria del Juzgado Federal de Rawson con competencia electoral, Leticia Brun, confirmó la resolución del juez federal Hugo Sastre que frena la modificación de la Carta Orgánica del Partido Justicialista que habilitaba las desafiliaciones automáticas. En Cadena Tiempo, la funcionaria aseguró que la cláusula tratadoaen el Congreso partidario de diciembre de 2018 nunca fue aprobada por la Justicia, y por lo tanto no posee vigencia.

“La última actuación del juez fue del 13 de noviembre en el que definitivamente no aprobó el texto de la Carta que había traído unos días antes, pese a que el Congreso había hecho una modificación en diciembre de 2018 y la habían ingresado y puesta a conocimiento de manera incompleta en marzo de 2019. Esto hizo que se suscitaron recientemente en dicha agrupación respecto de primero el pedido de desafiliación automática a la cual el juez no dio lugar, invocando ellos este texto modificado que no había sido aprobado judicialmente”.

Acotó que “en marzo se requirió el texto para el control de legalidad. Primero el juez no hizo lugar al pedido de desafiliación automático y al requerir el texto de la Carta para hacer una vista al fiscal y luego una vista de legalidad que está a cargo del juez electoral en las organizaciones de los partidos y su funcionamiento y la constitución de esta Carta Orgánica, al no haberse presentado oportunamente se rechazó esa modificación en tanto no aseguraba de esa exclusión de afiliación de los que ellos hablaba de cláusula transitoria no aseguraba como dijo el juez el debido proceso en una definitivamente en una sanción partidaria, porque la desafiliación constituye una sanción para aquella y debe tener un procedimiento”.

Aclaró que “la carta vigente del PJ no es la Carta Orgánica última que aprobó el Congreso el 8 de diciembre”.

“En tanto no asegura hasta tanto no aseguró ciertos principios legales y constitucionales que recepta la ley de partidos políticos y la constitución nacional no sea adecuada. Además, está aplicando una norma partidaria que no está vigente”, dijo en el mismo sentido.

Por último, precisó: “Además de invocar la falta de debido proceso (en las 141 desafiliaciones), que no había vigencia de una cláusula que invocaban, eso hace que todas estas personas mantienen su afiliación al partido político”.#


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