La Justicia Federal ratificó que CAMMESA no puede restringirle la energía a la Cooperativa de Rawson

La Cámara Federal de Apelaciones ratificó un fallo del juez federal Hugo Sastre, tras una apelación de la mayorista de energía. De esta forma, la compañía nacional no podrá reducir el caudal de energía que le vende a la Cooperativa capitalina.

21 NOV 2019 - 18:54 | Actualizado

La Cámara Federal de Apelaciones ratifico la medida cautelar donde se le ordena a CAMMESA que no restringa la energía a la Cooperativa de Rawson, al avalarla sentencia que en su momento dictara el juez federal de Rawson, Hugo Sastre.

En julio pasado, el magistrado hizo lugar a la medida cautelar impulsada por la Cooperativa capitalina ante la efectivización de la reducción del 10% de energía dictaminada por la empresa CAMMESA. De esta forma, la compañía nacional no podrá reducir el caudal de energía a la ciudad que había interpuesto a través de Transpa, entidad encargada de transportar la energía en la zona.

En el escrito se tiene en cuenta que CAMMESA abrió una vía judicial para reclamar su deuda y que la Cooperativa (también en instancia judicial) le pidió a la compañía que deje de cobrarle a Rawson la energía dependiente de la Cooperativa de Dolavon, cuestión que aún no se concretó.

Además, alude que la firma nacional hace meses embargó las cuentas de la prestataria en un 30%.

En la sentencia se expresa que “la medida adoptada por CAMMESA -esto es la reducción del consumo de energía y la tensión en un 10%- no resulta ser la vía más idónea e ineludiblemente necesaria en pos del reclamo económico que la motiva, más aun teniendo en cuenta que existen distintas alternativas válidas para garantizar sus derechos”.

A su vez se resalta “el carácter de servicio público esencial que presta la accionante, cuyos destinatarios finales son los ciudadanos en general, impactando negativamente sobre los vecinos de la ciudad de Rawson a quienes la Cooperativa les suministra la energía para satisfacer sus necesidades primarias, básicas y fundamentales”.

La medida cautelar efectuada por la Cámara Federal tiene un plazo de 90 días de vigencia.

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21 NOV 2019 - 18:54

La Cámara Federal de Apelaciones ratifico la medida cautelar donde se le ordena a CAMMESA que no restringa la energía a la Cooperativa de Rawson, al avalarla sentencia que en su momento dictara el juez federal de Rawson, Hugo Sastre.

En julio pasado, el magistrado hizo lugar a la medida cautelar impulsada por la Cooperativa capitalina ante la efectivización de la reducción del 10% de energía dictaminada por la empresa CAMMESA. De esta forma, la compañía nacional no podrá reducir el caudal de energía a la ciudad que había interpuesto a través de Transpa, entidad encargada de transportar la energía en la zona.

En el escrito se tiene en cuenta que CAMMESA abrió una vía judicial para reclamar su deuda y que la Cooperativa (también en instancia judicial) le pidió a la compañía que deje de cobrarle a Rawson la energía dependiente de la Cooperativa de Dolavon, cuestión que aún no se concretó.

Además, alude que la firma nacional hace meses embargó las cuentas de la prestataria en un 30%.

En la sentencia se expresa que “la medida adoptada por CAMMESA -esto es la reducción del consumo de energía y la tensión en un 10%- no resulta ser la vía más idónea e ineludiblemente necesaria en pos del reclamo económico que la motiva, más aun teniendo en cuenta que existen distintas alternativas válidas para garantizar sus derechos”.

A su vez se resalta “el carácter de servicio público esencial que presta la accionante, cuyos destinatarios finales son los ciudadanos en general, impactando negativamente sobre los vecinos de la ciudad de Rawson a quienes la Cooperativa les suministra la energía para satisfacer sus necesidades primarias, básicas y fundamentales”.

La medida cautelar efectuada por la Cámara Federal tiene un plazo de 90 días de vigencia.


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