Declararon inconstitucionales dos artículos y el femicida Archie Phillips podrá pedir su libertad en 2055

La Cámara Penal de Trelew confirmó la prisión perpetua para el asesino de Evelyn Lehr de 30 puñaladas. Pero anuló dos normas que le hubiesen impedido pedir cualquier beneficio. Los jueces dijeron que dejarlo de por vida en la cárcel sería “absurdo, cruel, inhumana y degradante”.

02 FEB 2020 - 21:03 | Actualizado

Por Rolando Tobarez / @rtobarez

Carlos Archie Philips, femicida de Evelyn Lehr, podrá pedir su libertad condicional en 2055. Y en 2035 podrá solicitar beneficios intermedios, como salidas transitorias o la semilibertad. La Cámara Penal de Trelew confirmó su condena a prisión perpetua por homicidio doblemente agravado por haber sido su expareja y por mediar violencia de género. Pero también declaró inconstitucionales los artículos 14 segunda oración del Código Penal y 56 bis de la Ley de Ejecución Penal. El primero impide la libertad condicional a quien asesine a su expareja, el segundo le prohíbe el resto de los beneficios. Prácticamente condenaban a Philips a morir en prisión ya que por su calificación, no tenía chance de libertad alguna. Los jueces Alejandro Defranco, Roberto Barrios y Guillermo Müller advirtieron que la cárcel debe “resocializar” al delincuente para reintegrarlo a la sociedad. Dejarlo en prisión de por vida violaría ese principio constitucional.

El 14 de junio de 2018, Philips asesinó de 30 puñaladas a Lehr, en el baño de su casa del barrio 119 Viviendas de Trelew. Usó un cuchillo de 27 centímetros. Durante dos años y medio fueron pareja, en un vínculo marcado por la violencia de género.

Según el voto de Defranco, los artículos cuestionados crean una “categoría de personas” que no podrían acceder a la libertad condicional ni a los beneficios penitenciarios que sí se permite a otra clase de presos. “No sólo se viola la igualdad ante la ley sino que sobre todo, se burla la pretendida finalidad de la cárcel”.

“Esta diferencia de trato no tiene una justificación razonable y evidencia desproporción entre el fin perseguido y el interés tutelado. Es arbitrariamente discriminatoria”. El camarista de Trelew la consideró una “discriminación irrazonable”. Es que una norma que prohíba cualquier salida anticipada “vulnera el principio de resocialización a que aspira el sistema penal”.

“¿Qué interés, comprensión y activa participación se podría lograr de una persona que sabe que nunca saldrá de prisión? ¿qué sentido tendría enviar a prisión a un ser humano con el objetivo de reinsertarlo en una sociedad a la que nunca volvería?”, se preguntó el juez.

Hay fallos que consideran que la inconstitucionalidad de ambos artículos se podrían declarar recién cuando Phillips pidiera el beneficio. “Pero no es posible tolerar la incertidumbre a la que se vería sometida una persona durante 35 años a la espera de que tal vez el juez en turno decida.

Barrios coincidió ya que incluso la pena perpetua a la que fue condenado el femicida incluye la libertad condicional, la salida transitoria o la semilibertad de acuerdo al mérito personal en el proceso de resocialización.

Este camarista consideró que el fallo de Cámara es el momento para anular los artículos que bloquean los beneficios para Philips. “No es posible postergar en tan prolongado tiempo la respuesta a quien fuera condenado con la pena más grave prevista en el Derecho”.

Derecho

El condenado tiene derecho a saber los argumentos de la pena y cómo la cumplirá. Pero la calificación del caso le cercena a Philips “el derecho a pedir oportunamente la libertad condicional y salidas anticipadas. No es un agravio abstracto: es concreto, actual y real. Esperar a que la posibilidad se concrete es arbitrario, cuando no injusto. Debe saber si podrá tener el derecho a instar la concesión de los beneficios de cualquier persona en idéntica situación procesal”.

Para casos como el del asesino de Evelyn, los artículos 14 y el 57 bis prohíben directamente la posibilidad de libertad condicional. Pero aunque Barrios admitió que fue un delito “gravísimo”, advirtió que un encierro de por vida “sería sin dudas repugnante a la dignidad del ser humano y a las garantías constitucionales de igualdad y legalidad”.

Toda pena debe buscar la resocialización y rehabilitación, escribió. “Anular dicho objetivo la tornaría absurda, cruel, inhumana y degradante”. Una pena que terminara con la muerte del condenado en prisión “sería contradictoria a nuestras leyes”.

“Si demostrara cualidades de progreso que pudieran admitir reintegrarlo a la sociedad de personas libres, esta parte de la sociedad no podría beneficiarse de ello y sería vano el esfuerzo y costo empleados para reformarlo. Algo así como construir una vivienda sin puertas ni ventanas: el absurdo por sí mismo”.

El juez Müller, en el tercer voto, explicó que una sentencia sirve al imputado para conocer su pena, el tiempo en prisión y cuando quedará libre. “Es justamente esa información con la que imprescindiblemente debe contar para emprender su vida dentro del régimen carcelario y proyectarse hacia su camino a la reinserción social. Es fundamental para las autoridades a la hora de delinear el tratamiento carcelario y el régimen de progresividad, independientemente de las falencias del sistema penitenciario”.

Si se aplican los artículos 14 y 56 bis, el cumplimiento de la prisión perpetua se agotaría con la vida del penado, “imposibilitando que recupere su libertad para reincorporarse a la vida en sociedad sin restricciones, ni siquiera bajo vigilancia”.

La motivación para un condenado “es la posibilidad de acceder al medio libre, que se materializa cuando accede a la tan anhelada libertad anticipada”.

En cuanto al crimen en sí, la sentencia desestimó la queja de la Defensa Pública y consideró que no hay pruebas de que Phillips sea un adicto que haya sufrido un brote psicótico que justificara su atroz ataque. Para los camaristas, se acreditaron al menos tres episodios anteriores de violencia de género, física y psicológica, de Archie contra Evelyn antes del crimen.

El fallo habla de la “enfermiza y extrema ansiedad” del femicida ante la posible separación.

La conducta de Phillips “evidentemente estaba enderezada a limitar el goce de los derechos de la mujer, como la autodeterminación en la vestimenta que desee usar, las compañías que elija para su vida en relación, sus planes de vida, el control de sus publicaciones en las redes sociales y el no acatamiento de la idea de que su mujer pretendiera terminar con el vínculo”.

“Los celos, la personalidad posesiva, el patrón de cosificador, de quitar rango de persona a las mujeres y usarlas como objeto para su satisfacción y que su compañera sentimental es de su posesión son, a no dudarlo, conductas que obedecen a patrones culturales machistas pasadas a violencia concreta”, agregó el fallo de Cámara.

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02 FEB 2020 - 21:03

Por Rolando Tobarez / @rtobarez

Carlos Archie Philips, femicida de Evelyn Lehr, podrá pedir su libertad condicional en 2055. Y en 2035 podrá solicitar beneficios intermedios, como salidas transitorias o la semilibertad. La Cámara Penal de Trelew confirmó su condena a prisión perpetua por homicidio doblemente agravado por haber sido su expareja y por mediar violencia de género. Pero también declaró inconstitucionales los artículos 14 segunda oración del Código Penal y 56 bis de la Ley de Ejecución Penal. El primero impide la libertad condicional a quien asesine a su expareja, el segundo le prohíbe el resto de los beneficios. Prácticamente condenaban a Philips a morir en prisión ya que por su calificación, no tenía chance de libertad alguna. Los jueces Alejandro Defranco, Roberto Barrios y Guillermo Müller advirtieron que la cárcel debe “resocializar” al delincuente para reintegrarlo a la sociedad. Dejarlo en prisión de por vida violaría ese principio constitucional.

El 14 de junio de 2018, Philips asesinó de 30 puñaladas a Lehr, en el baño de su casa del barrio 119 Viviendas de Trelew. Usó un cuchillo de 27 centímetros. Durante dos años y medio fueron pareja, en un vínculo marcado por la violencia de género.

Según el voto de Defranco, los artículos cuestionados crean una “categoría de personas” que no podrían acceder a la libertad condicional ni a los beneficios penitenciarios que sí se permite a otra clase de presos. “No sólo se viola la igualdad ante la ley sino que sobre todo, se burla la pretendida finalidad de la cárcel”.

“Esta diferencia de trato no tiene una justificación razonable y evidencia desproporción entre el fin perseguido y el interés tutelado. Es arbitrariamente discriminatoria”. El camarista de Trelew la consideró una “discriminación irrazonable”. Es que una norma que prohíba cualquier salida anticipada “vulnera el principio de resocialización a que aspira el sistema penal”.

“¿Qué interés, comprensión y activa participación se podría lograr de una persona que sabe que nunca saldrá de prisión? ¿qué sentido tendría enviar a prisión a un ser humano con el objetivo de reinsertarlo en una sociedad a la que nunca volvería?”, se preguntó el juez.

Hay fallos que consideran que la inconstitucionalidad de ambos artículos se podrían declarar recién cuando Phillips pidiera el beneficio. “Pero no es posible tolerar la incertidumbre a la que se vería sometida una persona durante 35 años a la espera de que tal vez el juez en turno decida.

Barrios coincidió ya que incluso la pena perpetua a la que fue condenado el femicida incluye la libertad condicional, la salida transitoria o la semilibertad de acuerdo al mérito personal en el proceso de resocialización.

Este camarista consideró que el fallo de Cámara es el momento para anular los artículos que bloquean los beneficios para Philips. “No es posible postergar en tan prolongado tiempo la respuesta a quien fuera condenado con la pena más grave prevista en el Derecho”.

Derecho

El condenado tiene derecho a saber los argumentos de la pena y cómo la cumplirá. Pero la calificación del caso le cercena a Philips “el derecho a pedir oportunamente la libertad condicional y salidas anticipadas. No es un agravio abstracto: es concreto, actual y real. Esperar a que la posibilidad se concrete es arbitrario, cuando no injusto. Debe saber si podrá tener el derecho a instar la concesión de los beneficios de cualquier persona en idéntica situación procesal”.

Para casos como el del asesino de Evelyn, los artículos 14 y el 57 bis prohíben directamente la posibilidad de libertad condicional. Pero aunque Barrios admitió que fue un delito “gravísimo”, advirtió que un encierro de por vida “sería sin dudas repugnante a la dignidad del ser humano y a las garantías constitucionales de igualdad y legalidad”.

Toda pena debe buscar la resocialización y rehabilitación, escribió. “Anular dicho objetivo la tornaría absurda, cruel, inhumana y degradante”. Una pena que terminara con la muerte del condenado en prisión “sería contradictoria a nuestras leyes”.

“Si demostrara cualidades de progreso que pudieran admitir reintegrarlo a la sociedad de personas libres, esta parte de la sociedad no podría beneficiarse de ello y sería vano el esfuerzo y costo empleados para reformarlo. Algo así como construir una vivienda sin puertas ni ventanas: el absurdo por sí mismo”.

El juez Müller, en el tercer voto, explicó que una sentencia sirve al imputado para conocer su pena, el tiempo en prisión y cuando quedará libre. “Es justamente esa información con la que imprescindiblemente debe contar para emprender su vida dentro del régimen carcelario y proyectarse hacia su camino a la reinserción social. Es fundamental para las autoridades a la hora de delinear el tratamiento carcelario y el régimen de progresividad, independientemente de las falencias del sistema penitenciario”.

Si se aplican los artículos 14 y 56 bis, el cumplimiento de la prisión perpetua se agotaría con la vida del penado, “imposibilitando que recupere su libertad para reincorporarse a la vida en sociedad sin restricciones, ni siquiera bajo vigilancia”.

La motivación para un condenado “es la posibilidad de acceder al medio libre, que se materializa cuando accede a la tan anhelada libertad anticipada”.

En cuanto al crimen en sí, la sentencia desestimó la queja de la Defensa Pública y consideró que no hay pruebas de que Phillips sea un adicto que haya sufrido un brote psicótico que justificara su atroz ataque. Para los camaristas, se acreditaron al menos tres episodios anteriores de violencia de género, física y psicológica, de Archie contra Evelyn antes del crimen.

El fallo habla de la “enfermiza y extrema ansiedad” del femicida ante la posible separación.

La conducta de Phillips “evidentemente estaba enderezada a limitar el goce de los derechos de la mujer, como la autodeterminación en la vestimenta que desee usar, las compañías que elija para su vida en relación, sus planes de vida, el control de sus publicaciones en las redes sociales y el no acatamiento de la idea de que su mujer pretendiera terminar con el vínculo”.

“Los celos, la personalidad posesiva, el patrón de cosificador, de quitar rango de persona a las mujeres y usarlas como objeto para su satisfacción y que su compañera sentimental es de su posesión son, a no dudarlo, conductas que obedecen a patrones culturales machistas pasadas a violencia concreta”, agregó el fallo de Cámara.


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