Violencia de género: condenado a tres años de prisión por agredir a expareja en Trelew

Fue en el marco de un juicio abreviado. Los hechos se encuadran en amenazas, violación de domicilio, desobediencia en un contexto de violencia de género en donde existieron agresiones físicas a la mujer y a familiares y vecinos de la víctima.

27 MAY 2020 - 21:23 | Actualizado

La jueza Mirta Moreno dictó sentencia en un caso referido a violencia de género, tras la realización este miércoles de un juicio abreviado en el cual el imputado reconoció su participación en los hechos y las partes acordaron una pena de efectivo cumplimiento.

El acusado, un hombre mayor de edad, se encontraba detenido e imputado por delitos de amenazas, desobediencia y violación de domicilio en varios hechos ocurridos a fines de 2018, todos ellos en un contexto de violencia familiar del cual resultaron víctimas tanto su expareja como los padres de la mujer.

En la audiencia remota realizada la fiscal Carolina Marín relató los hechos ocurridos entre los últimos días de octubre y los primeros de noviembre de 2018, en los cuales el acusado golpeó y amenazó en reiteradas oportunidades a su expareja, tanto en el domicilio particular de la mujer, como en la casa de los padres de la misma, a quienes también profirió amenazas.

En la mayoría de los episodios mencionados, el hombre desobedeció las prohibiciones de acercamiento y contacto emanadas desde el Juzgado de Familia Nº 2, incurriendo en el delito de desobediencia.

Tanto la Fiscal como la Defensora Pública adjunta Flora Mollard plantearon a la magistrada un acuerdo para la celebración de un juicio abreviado, proceso a través del cual el acusado desiste de ir a un proceso de debate oral y público, al tiempo que reconoce su participación en los hechos.

En este caso las partes propusieron una pena de 3 años de prisión de efectivo cumplimiento, tiempo durante el cual deberá realizar un tratamiento psicológico orientado a la violencia contra la mujer, además de una absoluta prohibición de contacto con las víctimas una vez que el mismo obtenga el beneficio de la libertad condicional.

Verificado el cumplimiento de las condiciones establecidas por ley para este tipo de procedimiento, la jueza Moreno hizo lugar al pedido y consultó al imputado sobre su participación en cada uno de los cinco hechos sobre los cuales se lo acusaba, afirmando el mismo su participación en cada uno de ellos.

La magistrada dictó sentencia y tras dejar asentada su resolución por escrito, remitió para su notificación a las partes este mismo día.

La doctora Mirta Moreno consideró que el acuerdo era serio y razonable, en tanto que la víctima admitió los hechos y coincidió en la necesidad de cumplir las exigencias resueltas. En tal sentido, la magistrada comunicó que dará a conocer la resolución, adelantando su decisión favorable.#

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27 MAY 2020 - 21:23

La jueza Mirta Moreno dictó sentencia en un caso referido a violencia de género, tras la realización este miércoles de un juicio abreviado en el cual el imputado reconoció su participación en los hechos y las partes acordaron una pena de efectivo cumplimiento.

El acusado, un hombre mayor de edad, se encontraba detenido e imputado por delitos de amenazas, desobediencia y violación de domicilio en varios hechos ocurridos a fines de 2018, todos ellos en un contexto de violencia familiar del cual resultaron víctimas tanto su expareja como los padres de la mujer.

En la audiencia remota realizada la fiscal Carolina Marín relató los hechos ocurridos entre los últimos días de octubre y los primeros de noviembre de 2018, en los cuales el acusado golpeó y amenazó en reiteradas oportunidades a su expareja, tanto en el domicilio particular de la mujer, como en la casa de los padres de la misma, a quienes también profirió amenazas.

En la mayoría de los episodios mencionados, el hombre desobedeció las prohibiciones de acercamiento y contacto emanadas desde el Juzgado de Familia Nº 2, incurriendo en el delito de desobediencia.

Tanto la Fiscal como la Defensora Pública adjunta Flora Mollard plantearon a la magistrada un acuerdo para la celebración de un juicio abreviado, proceso a través del cual el acusado desiste de ir a un proceso de debate oral y público, al tiempo que reconoce su participación en los hechos.

En este caso las partes propusieron una pena de 3 años de prisión de efectivo cumplimiento, tiempo durante el cual deberá realizar un tratamiento psicológico orientado a la violencia contra la mujer, además de una absoluta prohibición de contacto con las víctimas una vez que el mismo obtenga el beneficio de la libertad condicional.

Verificado el cumplimiento de las condiciones establecidas por ley para este tipo de procedimiento, la jueza Moreno hizo lugar al pedido y consultó al imputado sobre su participación en cada uno de los cinco hechos sobre los cuales se lo acusaba, afirmando el mismo su participación en cada uno de ellos.

La magistrada dictó sentencia y tras dejar asentada su resolución por escrito, remitió para su notificación a las partes este mismo día.

La doctora Mirta Moreno consideró que el acuerdo era serio y razonable, en tanto que la víctima admitió los hechos y coincidió en la necesidad de cumplir las exigencias resueltas. En tal sentido, la magistrada comunicó que dará a conocer la resolución, adelantando su decisión favorable.#


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