Opinión / Abuso Sexual Infantil, conocer para prevenir

Columna de AMJA Chubut/Igualdad en la diversidad.

11 JUL 2020 - 19:53 | Actualizado

Por Patricia Reyes (*) /Edición: Daniela P.Almirón

Adelanto que el tema que abordaré es delicado y sensible, aunque entiendo de importancia superlativa conocer al respecto a fin de prevenir, evitar y accionar si fuese necesario.

Se considera abuso a cualquier acción u omisión que lesione o pueda lesionar potencialmente a un niño o niña interfiriendo en su óptimo desarrollo físico, emocional, social o psicológico, entendido al niño o niña como un sujeto de derechos que deben ser garantizados.

Específicamente la National Center for Child Abuse and Neglect, definió el abuso sexual en el año 1978: “Los contactos y las interacciones entre un/a niño/a y un adulto, cuando el adulto (agresor) utiliza al niño/a para estimularse sexualmente él mismo, al niño/a o a otra persona. El abuso sexual puede ser cometido por una persona menor de 18 años, cuando ésta es significativamente mayor que el niño/a (la víctima) o cuando (el agresor) está en una posición de poder o de control sobre otro menor”.

Introducir a un niño/a en actividades sexuales que no corresponden a su etapa evolutiva, o su desarrollo psicosexual es considerado Abuso Sexual Infantil (ASI) y ello obedece a que por definición son emocionalmente inmaduros y no están capacitados para dar su consentimiento para este tipo de conductas.

Cualquier niño o niña puede ser objeto de acercamientos sexuales, ya sea por su inmadurez, su dependencia y su necesidad de afecto tienden a confiar en los mayores y pueden ser engañados con facilidad, en especial los más pequeños/as.

El delito de abuso sexual comprende la violación (penetración en vagina, boca o ano con el pene, dedo o con cualquier objeto sin el consentimiento de la persona), el contacto genital-oral, las caricias (tocar o acariciar los genitales de otro, incluyendo la masturbación forzada para cualquier contacto sexual sin penetración), el obligar a los/as niños/as a ver actividades sexuales de otras personas, las peticiones sexuales, el voyerismo, el exhibicionismo (mostrar los genitales de manera inapropiada), y también incluye la explotación sexual infantil (implicar a menores en conductas o actividades que tengan que ver con la producción de pornografía o promover la prostitución infantil o el tráfico sexual). Hablamos de agresión sexual cuando se añade un componente de violencia al abuso sexual.

El grado de relación que tienen la víctima con el agresor es lo que define un abuso extra e intrafamiliar, es fundamental para establecer una definición y tipología del abuso, el grado de parentesco y la relación de intimidad emocional de la víctima con su agresor, resultando más traumática y destructiva cuanto mayor vínculo afectivo exista entre ambos.

En los casos de Abuso Sexual Infantil (ASI) intrafamiliar se describen distintas etapas: la primera involucra un equilibrio familiar, donde se incluye la seducción, la intimidación sexual y el secreto. Una segunda etapa donde sobreviene el desequilibrio familiar que incluye el develamiento del secreto y por último la negación frente a la respuesta observada en su entorno de la revelación del secreto, llegando incluso a culpabilizar al menor, produciendo a veces la retractación.

Son varios los factores que concurren para que un problema tan grave como el ASI no resulte diagnosticado por los profesionales de la salud y quede oculto bajo un cono de sombras.

Uno de los más importantes es su carácter secreto, que celosamente debe guardarse de manera reservada y oculta, como ocurre con el abuso intrafamiliar. Otro es que, por sus características, el diagnóstico de ASI rara vez puede hacerse sobre la base exclusiva de evidencias obtenidas durante el examen físico. La mayor parte de los niños/as abusados no presentan signos físicos, esto varía según el tipo de abuso y más importante aún, con el tiempo transcurrido desde el último episodio al momento del examen.

Debe quedar en claro que la ausencia de signos o evidencias físicas no es sinónimo de ausencia de abuso. No puede dejar de recordarse que el relato claro y preciso del niño es el único y más importante elemento con que se cuenta para efectuar el diagnóstico de abuso sexual infantil. (Physical signs of sexual abuse in children Second edition. Royal College of Physicians of London. 1997. Introduction. pag. 3)

Sin embargo, para que un hecho abusivo se transforme en una situación crónica se requieren otros factores: tendencia familiar a mantener los secretos a través de ocultamientos y mentiras, esto hace que se instalen refinados mecanismos de comunicación familiar que conducen indefectiblemente a la distorsión de las percepciones de todos los integrantes.

Las falencias del Poder Judicial, la hipocresía del Estado y de la comunidad adulta, la escasa presencia del tema en la agenda y las políticas públicas, así como la falta de capacitación en diversos ámbitos, son los principales obstáculos para enfrentar este delito que afecta a uno de cada cinco niños/as. ¡Es hora de ocuparnos!

(*) Patricia Reyes es Jueza Penal de Puerto Madryn

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11 JUL 2020 - 19:53

Por Patricia Reyes (*) /Edición: Daniela P.Almirón

Adelanto que el tema que abordaré es delicado y sensible, aunque entiendo de importancia superlativa conocer al respecto a fin de prevenir, evitar y accionar si fuese necesario.

Se considera abuso a cualquier acción u omisión que lesione o pueda lesionar potencialmente a un niño o niña interfiriendo en su óptimo desarrollo físico, emocional, social o psicológico, entendido al niño o niña como un sujeto de derechos que deben ser garantizados.

Específicamente la National Center for Child Abuse and Neglect, definió el abuso sexual en el año 1978: “Los contactos y las interacciones entre un/a niño/a y un adulto, cuando el adulto (agresor) utiliza al niño/a para estimularse sexualmente él mismo, al niño/a o a otra persona. El abuso sexual puede ser cometido por una persona menor de 18 años, cuando ésta es significativamente mayor que el niño/a (la víctima) o cuando (el agresor) está en una posición de poder o de control sobre otro menor”.

Introducir a un niño/a en actividades sexuales que no corresponden a su etapa evolutiva, o su desarrollo psicosexual es considerado Abuso Sexual Infantil (ASI) y ello obedece a que por definición son emocionalmente inmaduros y no están capacitados para dar su consentimiento para este tipo de conductas.

Cualquier niño o niña puede ser objeto de acercamientos sexuales, ya sea por su inmadurez, su dependencia y su necesidad de afecto tienden a confiar en los mayores y pueden ser engañados con facilidad, en especial los más pequeños/as.

El delito de abuso sexual comprende la violación (penetración en vagina, boca o ano con el pene, dedo o con cualquier objeto sin el consentimiento de la persona), el contacto genital-oral, las caricias (tocar o acariciar los genitales de otro, incluyendo la masturbación forzada para cualquier contacto sexual sin penetración), el obligar a los/as niños/as a ver actividades sexuales de otras personas, las peticiones sexuales, el voyerismo, el exhibicionismo (mostrar los genitales de manera inapropiada), y también incluye la explotación sexual infantil (implicar a menores en conductas o actividades que tengan que ver con la producción de pornografía o promover la prostitución infantil o el tráfico sexual). Hablamos de agresión sexual cuando se añade un componente de violencia al abuso sexual.

El grado de relación que tienen la víctima con el agresor es lo que define un abuso extra e intrafamiliar, es fundamental para establecer una definición y tipología del abuso, el grado de parentesco y la relación de intimidad emocional de la víctima con su agresor, resultando más traumática y destructiva cuanto mayor vínculo afectivo exista entre ambos.

En los casos de Abuso Sexual Infantil (ASI) intrafamiliar se describen distintas etapas: la primera involucra un equilibrio familiar, donde se incluye la seducción, la intimidación sexual y el secreto. Una segunda etapa donde sobreviene el desequilibrio familiar que incluye el develamiento del secreto y por último la negación frente a la respuesta observada en su entorno de la revelación del secreto, llegando incluso a culpabilizar al menor, produciendo a veces la retractación.

Son varios los factores que concurren para que un problema tan grave como el ASI no resulte diagnosticado por los profesionales de la salud y quede oculto bajo un cono de sombras.

Uno de los más importantes es su carácter secreto, que celosamente debe guardarse de manera reservada y oculta, como ocurre con el abuso intrafamiliar. Otro es que, por sus características, el diagnóstico de ASI rara vez puede hacerse sobre la base exclusiva de evidencias obtenidas durante el examen físico. La mayor parte de los niños/as abusados no presentan signos físicos, esto varía según el tipo de abuso y más importante aún, con el tiempo transcurrido desde el último episodio al momento del examen.

Debe quedar en claro que la ausencia de signos o evidencias físicas no es sinónimo de ausencia de abuso. No puede dejar de recordarse que el relato claro y preciso del niño es el único y más importante elemento con que se cuenta para efectuar el diagnóstico de abuso sexual infantil. (Physical signs of sexual abuse in children Second edition. Royal College of Physicians of London. 1997. Introduction. pag. 3)

Sin embargo, para que un hecho abusivo se transforme en una situación crónica se requieren otros factores: tendencia familiar a mantener los secretos a través de ocultamientos y mentiras, esto hace que se instalen refinados mecanismos de comunicación familiar que conducen indefectiblemente a la distorsión de las percepciones de todos los integrantes.

Las falencias del Poder Judicial, la hipocresía del Estado y de la comunidad adulta, la escasa presencia del tema en la agenda y las políticas públicas, así como la falta de capacitación en diversos ámbitos, son los principales obstáculos para enfrentar este delito que afecta a uno de cada cinco niños/as. ¡Es hora de ocuparnos!

(*) Patricia Reyes es Jueza Penal de Puerto Madryn


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