Rechazaron impugnación de la Fiscalía y Darío Fernández seguirá libre

El planteo cuestionaba la resolución de la jueza Mirta Moreno respecto al responsable del portal de informaciones Cholila On Line que fue detenido el domingo tras una denuncia de su expareja. Los magistrados Ivana González y Gustavo Castro consideraron inadmisible el recurso.

01 OCT 2020 - 8:59 | Actualizado

Los jueces penales Ivana González y Gustavo Castro rechazaron la impugnación presentada por la fiscalía de Rawson a una decisión de su par Mirta Moreno respecto a la resolución que la magistrada tomó en la audiencia de control de detención de un hombre acusado por su expareja por delitos sexuales y hurto.

El pasado lunes se realizó en Rawson la audiencia de control de detención de una persona que fue detenida el pasado domingo sobre la ruta 25 y al cual, según la acusación formulada por la fiscalía, su expareja había denunciado por dos hechos de abuso sexual.

En ese acto la jueza Moreno rechazó el pedido de apertura de investigación por el delito sexual y liberó al hombre por inconsistencias en la presentación del fiscal y falta de fundamentación de los peligros procesales.

Ahora, los jueces declararon inadmisible el recurso de impugnación presentado por el Ministerio Público Fiscal (MPF) en los términos de los artículos 72 inc. 3ero., 234 y 236 del Código Procesal Penal.

“En efecto, las impugnaciones a que se refiere el art. 72 inc. 3ero. del rito son aquellas suscitadas dentro de la etapa preparatoria, no siendo este el caso pues no existe causa abierta ni dicha etapa que es su consecuencia” expresaron en su resolución los dos magistrados intervinientes, y agregan que “en similar condición, las revisiones de los arts. 234 y 236 refieren a la concesión o rechazo de las medidas de coerción, las que sólo pueden dictarse mediando una investigación ya abierta”.

La resolución de los jueces González y Castro afirma que “no existe el recurso contra la decisión jurisdiccional que rechaza una apertura de investigación por falta de elementos suficientes y priva de sus efectos una detención que declara ilegal; debiendo el MPF, eventualmente reunir nuevos elementos para reintentar las acciones desestimadas y/o invalidadas mediante acto jurisdiccional fundado”, finaliza la resolución.

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01 OCT 2020 - 8:59

Los jueces penales Ivana González y Gustavo Castro rechazaron la impugnación presentada por la fiscalía de Rawson a una decisión de su par Mirta Moreno respecto a la resolución que la magistrada tomó en la audiencia de control de detención de un hombre acusado por su expareja por delitos sexuales y hurto.

El pasado lunes se realizó en Rawson la audiencia de control de detención de una persona que fue detenida el pasado domingo sobre la ruta 25 y al cual, según la acusación formulada por la fiscalía, su expareja había denunciado por dos hechos de abuso sexual.

En ese acto la jueza Moreno rechazó el pedido de apertura de investigación por el delito sexual y liberó al hombre por inconsistencias en la presentación del fiscal y falta de fundamentación de los peligros procesales.

Ahora, los jueces declararon inadmisible el recurso de impugnación presentado por el Ministerio Público Fiscal (MPF) en los términos de los artículos 72 inc. 3ero., 234 y 236 del Código Procesal Penal.

“En efecto, las impugnaciones a que se refiere el art. 72 inc. 3ero. del rito son aquellas suscitadas dentro de la etapa preparatoria, no siendo este el caso pues no existe causa abierta ni dicha etapa que es su consecuencia” expresaron en su resolución los dos magistrados intervinientes, y agregan que “en similar condición, las revisiones de los arts. 234 y 236 refieren a la concesión o rechazo de las medidas de coerción, las que sólo pueden dictarse mediando una investigación ya abierta”.

La resolución de los jueces González y Castro afirma que “no existe el recurso contra la decisión jurisdiccional que rechaza una apertura de investigación por falta de elementos suficientes y priva de sus efectos una detención que declara ilegal; debiendo el MPF, eventualmente reunir nuevos elementos para reintentar las acciones desestimadas y/o invalidadas mediante acto jurisdiccional fundado”, finaliza la resolución.


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