"Democracia paritaria" y reconocimiento indígena, en la nueva Constitución chilena

La definición de Chile como una "democracia paritaria" o el reconocimiento a autonomías regionales indígenas son algunos de los cambios que propone la nueva Constitución, que será sometida a plebiscito el próximo domingo, y que busca reemplazar a la heredada de la dictadura de Augusto Pinochet.

28 AGO 2022 - 14:01 | Actualizado 28 AGO 2022 - 14:09

Una de las principales modificaciones es el paso de una "república democrática" a una "democracia paritaria", lo que implica que las mujeres ocupen al menos el 50% de todos los órganos del Estado y propone tomar medidas para lograr alcanzar la igualdad sustantiva y la paridad.

La Constitución vigente de 1980 no incluye nada relacionado con enfoque de género y paridad, de hecho, lo más cercano a paridad es el artículo que indica que las personas nacen libres e iguales en derechos, norma que fue reformada, ya que previamente sólo hacía referencia a los hombres.

Otro gran cambio es la definición de Chile como un Estado Plurinacional e Intercultural, lo que implica el reconocimiento de 11 pueblos y naciones, con autonomías regionales indígenas y el reconocimiento de un sistema jurídico de los pueblos indígenas, que viene de la mano con un cambio en el Poder Judicial, que pasaría a llamarse Sistemas de Justicia.

"El cambio de nombre (...) ha generado un fuerte rechazo de sectores en la opinión pública, por cuanto entienden que podría significar un menoscabo a la función del Poder Judicial y particularmente a su independencia de los gobiernos de turno", explicó a Télam Marcelo Mella Polanco, politólogo de la Universidad de Santiago de Chile.

Por su parte, Rodrigo Espinoza, coordinador académico de la Escuela de Ciencia Política de la Universidad de Diego Portales, señaló que la falta de claridad sobre el sistema o sistemas de justicias nuevos y el alcance de los pueblos indígenas en ellos es lo que ha generado controversia.

"Algunos juristas dicen que hay que hacer una interpretación estrecha y que la consulta indígena es solo para temas vinculados a su de forma de vida y organizaciones territoriales. Y otros tienen una interpretación amplia, diciendo que incluso en términos de reforma constitucional se debe hacer una consulta indígena", apuntó

También hay cambios en el sistema político del país, como el "presidencialismo atenuado", la disminución de edad de 35 a 30 años para postularse a presidente y la posibilidad de una reelección consecutiva.

La eliminación del Senado es otra de las modificaciones importantes, que sería reemplazado por una Cámara de las Regiones, con menos poder y con la facultad de formar leyes acotadas a acuerdos regionales.

En cambio, la Cámara baja, que pasaría a llamarse Congreso de Diputados y Diputadas, tendría un mayor poder para la formación de leyes, por lo que en el Legislativo quedaría con dos cámaras con poder asimétrico.

Otro de los puntos fuertes en la nueva Constitución es el que define a Chile como un "Estado Social y Democrático de Derecho", entregando derechos sociales, como educación, salud, vivienda, trabajo y pensiones a todos los chilenos, a diferencia de la Constitución vigente, que le da al sector privado facultades para actuar sobre instituciones del Estado.

La propuesta del texto constitucional incluye además un cambio respecto al aborto, ya que se indica que el Estado debe asegurar las condiciones para un embarazo, parto y maternidad voluntarios y protegidos, y para una interrupción voluntaria del embarazo, mientras que la Constitución vigente de 1980 protege explícitamente "la vida del que está por nacer", aunque esto fue modificado con la aprobación de la interrupción del embarazo en tres causales: inviabilidad fetal, riesgo de vida de la madre y violación.

Para combatir la crisis hídrica en el país, el texto incluye una gran diferencia respecto a la Constitución vigente, ya que el agua quedará establecida como bien "inapropiable", además de establecer un derecho humano al agua, priorizando su uso y creando una Agencia Nacional de Aguas para su uso sostenible.

28 AGO 2022 - 14:01

Una de las principales modificaciones es el paso de una "república democrática" a una "democracia paritaria", lo que implica que las mujeres ocupen al menos el 50% de todos los órganos del Estado y propone tomar medidas para lograr alcanzar la igualdad sustantiva y la paridad.

La Constitución vigente de 1980 no incluye nada relacionado con enfoque de género y paridad, de hecho, lo más cercano a paridad es el artículo que indica que las personas nacen libres e iguales en derechos, norma que fue reformada, ya que previamente sólo hacía referencia a los hombres.

Otro gran cambio es la definición de Chile como un Estado Plurinacional e Intercultural, lo que implica el reconocimiento de 11 pueblos y naciones, con autonomías regionales indígenas y el reconocimiento de un sistema jurídico de los pueblos indígenas, que viene de la mano con un cambio en el Poder Judicial, que pasaría a llamarse Sistemas de Justicia.

"El cambio de nombre (...) ha generado un fuerte rechazo de sectores en la opinión pública, por cuanto entienden que podría significar un menoscabo a la función del Poder Judicial y particularmente a su independencia de los gobiernos de turno", explicó a Télam Marcelo Mella Polanco, politólogo de la Universidad de Santiago de Chile.

Por su parte, Rodrigo Espinoza, coordinador académico de la Escuela de Ciencia Política de la Universidad de Diego Portales, señaló que la falta de claridad sobre el sistema o sistemas de justicias nuevos y el alcance de los pueblos indígenas en ellos es lo que ha generado controversia.

"Algunos juristas dicen que hay que hacer una interpretación estrecha y que la consulta indígena es solo para temas vinculados a su de forma de vida y organizaciones territoriales. Y otros tienen una interpretación amplia, diciendo que incluso en términos de reforma constitucional se debe hacer una consulta indígena", apuntó

También hay cambios en el sistema político del país, como el "presidencialismo atenuado", la disminución de edad de 35 a 30 años para postularse a presidente y la posibilidad de una reelección consecutiva.

La eliminación del Senado es otra de las modificaciones importantes, que sería reemplazado por una Cámara de las Regiones, con menos poder y con la facultad de formar leyes acotadas a acuerdos regionales.

En cambio, la Cámara baja, que pasaría a llamarse Congreso de Diputados y Diputadas, tendría un mayor poder para la formación de leyes, por lo que en el Legislativo quedaría con dos cámaras con poder asimétrico.

Otro de los puntos fuertes en la nueva Constitución es el que define a Chile como un "Estado Social y Democrático de Derecho", entregando derechos sociales, como educación, salud, vivienda, trabajo y pensiones a todos los chilenos, a diferencia de la Constitución vigente, que le da al sector privado facultades para actuar sobre instituciones del Estado.

La propuesta del texto constitucional incluye además un cambio respecto al aborto, ya que se indica que el Estado debe asegurar las condiciones para un embarazo, parto y maternidad voluntarios y protegidos, y para una interrupción voluntaria del embarazo, mientras que la Constitución vigente de 1980 protege explícitamente "la vida del que está por nacer", aunque esto fue modificado con la aprobación de la interrupción del embarazo en tres causales: inviabilidad fetal, riesgo de vida de la madre y violación.

Para combatir la crisis hídrica en el país, el texto incluye una gran diferencia respecto a la Constitución vigente, ya que el agua quedará establecida como bien "inapropiable", además de establecer un derecho humano al agua, priorizando su uso y creando una Agencia Nacional de Aguas para su uso sostenible.


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