Este miércoles se realizó una audiencia en los tribunales de Trelew para solicitar la implementación de un juicio abreviado respecto a la causa donde se lo imputa a R.O.M por homicidio culposo. El pedido fue acordado entre el Ministerio Público Fiscal y la defensa.
El caso
El fiscal relató ante las partes involucradas el hecho ocurrido el 26 de marzo del 2015, cuando el acusado conducía un vehículo Fiat Fiorino por la calle Nicolás Avellaneda cerca de las 8:40 horas, y en la intersección con el Pasaje Catamarca, sin tener en cuenta las reglas de tránsito, embistió a Pedro Llanquinao golpeándolo violentamente, lo que produjo severas lesiones y derivaron en su muerte.
La resolución del juicio abreviado
Tanto la fiscalía como el doctor Fabián Gabalachis, que actuó como querellante en representación de la familia de la víctima, decidieron llegar esta instancia porque R.O.M violó la resolución de una suspensión de juicio a prueba, donde se le prohibía conducir cualquier tipo de vehículo.
Debido a que el imputado no cumplió con la medida, se llegó a esta audiencia donde se preveía desarrollar un juicio oral, pero se decidió en conjunto con el defensor, Lisandro Benítez, realizar un juicio abreviado con una pena de tres años de prisión en suspenso y cinco años de inhabilitación para conducir, por el delito de homicidio culposo, respetando los artículos 84 y 85 del Código Penal.
El juez del caso, Fabio Monti, solicitó al imputado el reconocimiento de lo sucedido y estableció que, si no cumple con la prohibición impuesta, la prisión pasará a ser de carácter efectiva.
Este miércoles se realizó una audiencia en los tribunales de Trelew para solicitar la implementación de un juicio abreviado respecto a la causa donde se lo imputa a R.O.M por homicidio culposo. El pedido fue acordado entre el Ministerio Público Fiscal y la defensa.
El caso
El fiscal relató ante las partes involucradas el hecho ocurrido el 26 de marzo del 2015, cuando el acusado conducía un vehículo Fiat Fiorino por la calle Nicolás Avellaneda cerca de las 8:40 horas, y en la intersección con el Pasaje Catamarca, sin tener en cuenta las reglas de tránsito, embistió a Pedro Llanquinao golpeándolo violentamente, lo que produjo severas lesiones y derivaron en su muerte.
La resolución del juicio abreviado
Tanto la fiscalía como el doctor Fabián Gabalachis, que actuó como querellante en representación de la familia de la víctima, decidieron llegar esta instancia porque R.O.M violó la resolución de una suspensión de juicio a prueba, donde se le prohibía conducir cualquier tipo de vehículo.
Debido a que el imputado no cumplió con la medida, se llegó a esta audiencia donde se preveía desarrollar un juicio oral, pero se decidió en conjunto con el defensor, Lisandro Benítez, realizar un juicio abreviado con una pena de tres años de prisión en suspenso y cinco años de inhabilitación para conducir, por el delito de homicidio culposo, respetando los artículos 84 y 85 del Código Penal.
El juez del caso, Fabio Monti, solicitó al imputado el reconocimiento de lo sucedido y estableció que, si no cumple con la prohibición impuesta, la prisión pasará a ser de carácter efectiva.