Los diputados nacionales José Glinski y Eugenia Alianiello (UxP) se reunieron con representantes del Colectivo en Defensa de la Ley Nacional de Salud Mental de Chubut, quienes plantearon su preocupación y oposición al intento de modificación de la Ley Nacional de Salud Mental 26.657 en el marco de la Ley Ómnibus que elaboró el Gobierno nacional. Consideran que es incompatible con los estándares del sistema de derechos humanos incorporados en la Constitución argentina.
Ejes de la Ley
Según puntualizaron, la ley se ordena sobre cuatro ejes centrales: desmanicomialización, desjudicialización, intersectorialidad e interdisciplina. “Las modificaciones amplían los criterios por los cuales puede internarse de manera involuntaria una persona, da poder al juez para internar”.
“Es decir, la reforma facilitaría las internaciones, con o sin criterio sanitario, da poder al juez y a los abogados a internar contra criterio de equipos profesionales y contra voluntad de las personas, invirtiendo la lógica, primero interno luego evalúo”, señalaron.
Asimismo, indicaron: “Si a la facilidad para internar involuntariamente y a las dificultades que pueden demorar la externación, sumamos la modificatoria del artículo 28º donde se habla sobre dónde deben realizarse las internaciones y se pasa de ´los hospitales generales´ a ´instituciones adecuadas´, sin lugar a dudas abre camino a las instituciones monovalentes y a las comunidades terapéuticas cerradas”.
“Con claridad se vuelve a un paradigma tutelar, al manicomio y a las comunidades terapéuticas cerradas, al encierro y el aislamiento de las personas con problemáticas de salud mental, modelo que ya ha demostrado su ineficiencia en materia de salud y arrasado con muchas vidas”, indicaron desde el colectivo.
En materia de niños, niñas y adolescentes también se intenta volver a un paradigma tutelar, así como modificar la conformación del órgano de revisión, que es la entidad que tiene entre otros objetivos observar la protección de los derechos humanos de los usuarios de los servicios de salud mental, dejando fuera al Ministerio de Salud, a la Defensa Pública, a movimientos de usuarios, voluntarios y familiares de salud mental, entre otros, y reduciéndolo a un equipo interdisciplinario. “Se retira el control del Estado y de los organismos de derechos sobre las prácticas que se realizan en esta materia”, remarcaron.
Un retroceso
Los integrantes del Colectivo consideran que de avanzar la reforma implicaría un retroceso en la protección de los derechos de las personas con problemáticas de salud mental (incluidas las problemáticas de consumo) y con discapacidad psicosocial, como también en las posibilidades de su atención integral, de inclusión y sostén comunitario.
“Es importante que discutamos las políticas de salud mental porque es una deuda de la Argentina tener una política más asertiva en la materia. Espero que cada uno de los colectivos involucrados en esta discusión puedan tener una interlocución con el resto de los bloques y los legisladores de otros espacios políticos”, sostuvo Glisnki.
La LNSM es una norma que amplió y reforzó el marco de derechos de las personas usuarias de los servicios de salud mental en el país en relación con los tratamientos, teniendo como eje principal la atención sanitaria con base en la comunidad.
En Chubut, tuvo como antecedente la Ley N° I-384 (Ley Provincial de Salud Mental) que permitió un proceso de reforma de los servicios de salud mental desde el año 2004, ampliando las posibilidades de cuidado y fortaleciendo el ejercicio efectivo del derecho a la salud integral de las personas que habitan el territorio provincial.
De acuerdo a esta posición, “las restricciones de derechos sociales, económicos, políticos, culturales afectan a la salud mental de la población”, la misma es un “proceso determinado por componentes históricos, socio-económicos, culturales, biológicos y psicológicos, cuya preservación y mejoramiento implica una dinámica de construcción social vinculada a la concreción de los derechos humanos y sociales de toda persona”, según define la propia ley.
Los diputados nacionales José Glinski y Eugenia Alianiello (UxP) se reunieron con representantes del Colectivo en Defensa de la Ley Nacional de Salud Mental de Chubut, quienes plantearon su preocupación y oposición al intento de modificación de la Ley Nacional de Salud Mental 26.657 en el marco de la Ley Ómnibus que elaboró el Gobierno nacional. Consideran que es incompatible con los estándares del sistema de derechos humanos incorporados en la Constitución argentina.
Ejes de la Ley
Según puntualizaron, la ley se ordena sobre cuatro ejes centrales: desmanicomialización, desjudicialización, intersectorialidad e interdisciplina. “Las modificaciones amplían los criterios por los cuales puede internarse de manera involuntaria una persona, da poder al juez para internar”.
“Es decir, la reforma facilitaría las internaciones, con o sin criterio sanitario, da poder al juez y a los abogados a internar contra criterio de equipos profesionales y contra voluntad de las personas, invirtiendo la lógica, primero interno luego evalúo”, señalaron.
Asimismo, indicaron: “Si a la facilidad para internar involuntariamente y a las dificultades que pueden demorar la externación, sumamos la modificatoria del artículo 28º donde se habla sobre dónde deben realizarse las internaciones y se pasa de ´los hospitales generales´ a ´instituciones adecuadas´, sin lugar a dudas abre camino a las instituciones monovalentes y a las comunidades terapéuticas cerradas”.
“Con claridad se vuelve a un paradigma tutelar, al manicomio y a las comunidades terapéuticas cerradas, al encierro y el aislamiento de las personas con problemáticas de salud mental, modelo que ya ha demostrado su ineficiencia en materia de salud y arrasado con muchas vidas”, indicaron desde el colectivo.
En materia de niños, niñas y adolescentes también se intenta volver a un paradigma tutelar, así como modificar la conformación del órgano de revisión, que es la entidad que tiene entre otros objetivos observar la protección de los derechos humanos de los usuarios de los servicios de salud mental, dejando fuera al Ministerio de Salud, a la Defensa Pública, a movimientos de usuarios, voluntarios y familiares de salud mental, entre otros, y reduciéndolo a un equipo interdisciplinario. “Se retira el control del Estado y de los organismos de derechos sobre las prácticas que se realizan en esta materia”, remarcaron.
Un retroceso
Los integrantes del Colectivo consideran que de avanzar la reforma implicaría un retroceso en la protección de los derechos de las personas con problemáticas de salud mental (incluidas las problemáticas de consumo) y con discapacidad psicosocial, como también en las posibilidades de su atención integral, de inclusión y sostén comunitario.
“Es importante que discutamos las políticas de salud mental porque es una deuda de la Argentina tener una política más asertiva en la materia. Espero que cada uno de los colectivos involucrados en esta discusión puedan tener una interlocución con el resto de los bloques y los legisladores de otros espacios políticos”, sostuvo Glisnki.
La LNSM es una norma que amplió y reforzó el marco de derechos de las personas usuarias de los servicios de salud mental en el país en relación con los tratamientos, teniendo como eje principal la atención sanitaria con base en la comunidad.
En Chubut, tuvo como antecedente la Ley N° I-384 (Ley Provincial de Salud Mental) que permitió un proceso de reforma de los servicios de salud mental desde el año 2004, ampliando las posibilidades de cuidado y fortaleciendo el ejercicio efectivo del derecho a la salud integral de las personas que habitan el territorio provincial.
De acuerdo a esta posición, “las restricciones de derechos sociales, económicos, políticos, culturales afectan a la salud mental de la población”, la misma es un “proceso determinado por componentes históricos, socio-económicos, culturales, biológicos y psicológicos, cuya preservación y mejoramiento implica una dinámica de construcción social vinculada a la concreción de los derechos humanos y sociales de toda persona”, según define la propia ley.