“Todos los establecimientos comerciales que acepten para la realización de sus transacciones comerciales tarjetas de crédito, compra o débito en los términos del Artículo 1° de la Ley N° 25.065 y sus modificaciones, y operen con terminales electrónicas para el pago de las operaciones realizadas (terminales de captura de datos o “POS”), deberán poner adisposición del consumidorlas mismas de modo tal que, en ningún momento, pierda el controlo que de desapoderado de su tarjeta, ni aun momentáneamente, hasta la completa finalización de la operación”, establece la normativa en su Artículo 1°.
Uno de los casos en los que se aplicará esta medida son los restaurantes: ahora el mozo, al momento de cobrar, deberá acercar la terminal de cobroa la mesa. El objetivo es evitar que el dueño de la tarjeta lapierda de vistay que ocurra unrobo de datos.
Esta medida se da en el marco de las múltiples denuncias de estafa o compras online no autorizadas, realizadas con una fotografía de las tarjetas y el documento.
El artículo 2°, por su parte, indica que “las infracciones a la presente resolución seránsancionadascon base en las penalidades previstas en el Artículo 47 de la Ley N° 24.240 y sus modificaciones”.
El siguiente apartado, en tanto, establece “un plazo de adecuación de180 días contados a partir de su entrada en vigencia, a efectos de que los proveedores adapten los servicios de atención al cliente de acuerdo a lo establecido en la presente resolución”.
- Las provincias que hicieron una prueba piloto
Las provincias de Río Negro, Neuquén y La Pampa ya habían realizado unaprueba pilotoy los comerciantes no podían manipular las tarjetas de sus clientes.
En paralelo, el diputado de Juntos por el Cambio Damián Arabia presentó un proyecto de Ley en el Congreso, titulado “Manipulación libre y segura en el pago con tarjetas de débito, crédito y prepago”, buscando derogar la exigenciade presentación del DNI al momento de pagar.
Fuente: diario Perfil.
“Todos los establecimientos comerciales que acepten para la realización de sus transacciones comerciales tarjetas de crédito, compra o débito en los términos del Artículo 1° de la Ley N° 25.065 y sus modificaciones, y operen con terminales electrónicas para el pago de las operaciones realizadas (terminales de captura de datos o “POS”), deberán poner adisposición del consumidorlas mismas de modo tal que, en ningún momento, pierda el controlo que de desapoderado de su tarjeta, ni aun momentáneamente, hasta la completa finalización de la operación”, establece la normativa en su Artículo 1°.
Uno de los casos en los que se aplicará esta medida son los restaurantes: ahora el mozo, al momento de cobrar, deberá acercar la terminal de cobroa la mesa. El objetivo es evitar que el dueño de la tarjeta lapierda de vistay que ocurra unrobo de datos.
Esta medida se da en el marco de las múltiples denuncias de estafa o compras online no autorizadas, realizadas con una fotografía de las tarjetas y el documento.
El artículo 2°, por su parte, indica que “las infracciones a la presente resolución seránsancionadascon base en las penalidades previstas en el Artículo 47 de la Ley N° 24.240 y sus modificaciones”.
El siguiente apartado, en tanto, establece “un plazo de adecuación de180 días contados a partir de su entrada en vigencia, a efectos de que los proveedores adapten los servicios de atención al cliente de acuerdo a lo establecido en la presente resolución”.
- Las provincias que hicieron una prueba piloto
Las provincias de Río Negro, Neuquén y La Pampa ya habían realizado unaprueba pilotoy los comerciantes no podían manipular las tarjetas de sus clientes.
En paralelo, el diputado de Juntos por el Cambio Damián Arabia presentó un proyecto de Ley en el Congreso, titulado “Manipulación libre y segura en el pago con tarjetas de débito, crédito y prepago”, buscando derogar la exigenciade presentación del DNI al momento de pagar.
Fuente: diario Perfil.