Canasta Básica Energética: lo que hay que saber del nuevo esquema de tarifas de luz y gas

Lo impulsa el Gobierno nacional y encarecerá las facturas de ambos servicios de acuerdo a zonas climáticas. Cómo impactaría en las cooperativas eléctricas de Chubut. Los riesgos de morosidad y la falta de subsidios a actividades productivas.

20 MAR 2024 - 20:25 | Actualizado 20 MAR 2024 - 20:36

La Canasta Básica Energética (CBE) que diseñó el Gobierno nacional contempla las necesidades básicas de consumo de electricidad y de gas de los hogares, para cada mes del año, según su ubicación geográfica conforme al mapa de zonas bioambientales de la República Argentina -establecido por la Norma IRAM 11603- y a la conformación del hogar: de 1 a 2 personas, de 3 a 4 personas, o más de 5 personas.

La CBE calculará la cantidad de megavatios y de metros cúbicos de gas que conforman un consumo básico, el cual varía según el mes del año, la zona geográfica del país y la cantidad de convivientes en el hogar, a la vez que contemplará si esa vivienda tiene acceso a ambos servicios o solo a uno. De esta forma, el Estado otorgará subsidios en los casos en que el costo de la canasta supere determinado porcentaje de los ingresos. De acuerdo con el mapa referido, la provincia de Chubut, cuenta con tres zonas bioclimáticas.


En función de estas zonas bioclimáticas, se plantearán tres cuadros tarifarios diferentes para la energía y el gas. Este mapa impactara de manera diferente en las diferentes distribuidoras interconectadas.

- Zona VI Muy Frío: Cooperativa 16 de Octubre y Noroeste
-Zona V Frío: SCPL, COOPSAR
-Zona IV Templado Frío: Servicoop, Trelew, Gaiman, Rawson.

A su vez esto distorsionará aún más el cuadro tarifario aplicado a las cooperativas del sistema aislado y aquellas interconectadas no agentes como Puerto Pirámides y El Maitén. En el primer caso, debido a que las cooperativas que conformaran el promedio utilizado para el cuadro tarifario de acuerdo con la Ley I-26 pertenecerán a diferentes zonas conformaran el precio de cooperativas que utilizan esas tarifas promediadas que a su vez pertenecen a distintas zonas bioclimáticas. Por ejemplo, la de las localidades de Telsen y Rio Mayo.

En el segundo caso, la Cooperativa de Puerto Pirámides, al ser usuario GUDI (Grandes Usuarios de Distribuidora) de la cooperativa Servicoop de Puerto Madryn, recibirá un precio de energía sin subsidios para componer la tarifa de los hogares de la villa balnearia. Esto impactará en la recaudación del Fondo de Compensación Tarifaria previsto en la Ley I-26 (ex 1098), debido a la retención que Servicoop realiza a tal efecto respecto de los consumos de Puerto Pirámides.

La Secretaría de Energía fijará un porcentaje máximo que la CBE deberá representar respecto del ingreso familiar. Superado ese umbral, se subsidiará al hogar hasta llegar a su canasta básica, determinada por las variables antes mencionadas.

De acuerdo con lo planteado por la Secretaría de Energía de la Nación, el subsidio se aplicará cuando la factura exceda el 10% del ingreso del hogar y sobre el monto excedente. Esto se realiza a partir de una estadística que dice que en Argentina la energía en promedio implica el 3% del costo de los hogares y que en el resto de América latina implica el 9,5%.

Impacto económico y financiero

A grandes rasgos, la quita de subsidio implica un aumento directo en el componente de energía de las distribuidoras, por lo que el porcentaje de quita de subsidio se transferirá directo en la factura de la mayorista energética CAMMESA a la distribuidora. Ese costo, la distribuidora lo transfiere al usuario a través de la factura a modo de tarifa de paso (“Pass Through”).

De acuerdo con la Secretaría de Energía, este modelo de Canasta de Energía aplica a hogares y no a comercios e industrias. Por lo que el incremento en los costos comerciales será clave en el componente inflacionario de cada localidad, de acuerdo con cómo los locales comerciales transfieren a sus precios minoristas los costos de energía, especialmente aquellos que utilizan capacidad de frío como ser carnicerías, fiambrerías almacenes y mercados de barrio.

La inflación como fenómeno implica para quien la padece resignar gastos. En este sentido el aumento de la morosidad y la incobrabilidad en las distribuidoras será un factor para considerar en la sustentabilidad financiera que pondrá en riesgo la sostenibilidad propia de la empresa cooperativa. Es decir, aumento del costo mayorista de la energía y aumento de la morosidad y la incobrabilidad por parte de las distribuidoras. Esto implicara un aumento de la deuda superior al aumento del costo de CAMMESA. Esto se conjugará con la actitud tomada por CAMMESA de embargar las cuentas de las distribuidoras y suspender las transferencias a las transportistas troncales y nacionales en alta tensión.

En definitiva, el nuevo esquema de Canasta Básica Energética (CBE) está configurado dentro del relato de “sinceramiento de tarifas”, considerado desde una perspectiva macroeconómica y con una desconsideración notoria respecto del impacto sobre el universo de usuarios y los efectos sistémicos que involucran a los distintos actores del esquema generación, transporte y distribución que sufrirán las consecuencias de una probable y previsible ruptura de la cadena de pagos, comenzando con la enorme cantidad de usuarios residenciales que no podrán absorber el nuevo esquema tarifario en el marco del deterioro general de la economía, incluyendo los ingresos de la población.

Puede preverse, además, que la quita de subsidios a usuarios comerciales e industriales impactará severamente en el esquema productivo dentro del área de cada distribuidora, ámbitos en los cuales diferentes cámaras empresariales y comerciales están advirtiendo sobre un proceso masivo de cierre de establecimientos producidos por la severa crisis recesiva por la que atravesamos, en cuyo marco derivará la imposibilidad de absorber los costos energéticos.

La disminución de la recaudación por baja de usuarios y el aumento exponencial de la morosidad son dos consecuencias inevitables, en ese esquema, para las distribuidoras de energía.

Criterios de exclusión

El nuevo esquema propuesto adoptará criterios de exclusión para aquellos hogares que cuenten, entre sus integrantes, a titulares de medicina prepaga no vinculada con el empleo que poseen en relación de dependencia. Tampoco podrán acceder quienes hayan viajado al exterior a países no limítrofes más de una vez en los últimos cinco años, y quienes hayan comprado moneda extranjera en los últimos tres meses.

Del mismo modo, se propone excluir a quienes registren consumos en tarjeta de crédito o billeteras virtuales superiores a cinco salarios mínimos ($ 900.000 desde marzo) y consumos en telefonía móvil superiores al 25% del salario mínimo ($ 45.000). También se excluye a los titulares de aeronaves, propietarios o miembros de directorios de empresas privadas; y a los dueños embarcaciones de lujo o de dos o más inmuebles.

Asimismo, se excluyen a los hogares que tengan un auto con antigüedad menor a cinco años o dos autos con antigüedad menor a 10 años. En el universo de los hogares que no hayan sido excluidos por el primer filtro de selección, el acceso al otorgamiento del subsidio se definirá al comparar los ingresos declarados por los miembros de un mismo hogar. Para ello se valorarán los registros administrativos integrados en el Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social (SINTyS). Esta información se cruzará con el segundo criterio de selección, que es la Canasta Básica Energética y que indicará los consumos mínimos necesarios para la subsistencia de diferentes grupos familiares, en diversas regiones, meses del año y tipos de suministro.

A quienes pasen todos los filtros, se les subsidiará el porcentaje del costo que esté por encima del 10% de los ingresos totales familiares. Por ejemplo, si la tarifa de energía representare para una familia el 17% de sus ingresos totales, se le subsidiará el 7%.

El nuevo esquema no contiene ningún tipo de subsidio a las actividades productivas, porque para las autoridades del Gobierno nacional no sería compatible subsidiar a la energía y tener precios liberados.

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20 MAR 2024 - 20:25

La Canasta Básica Energética (CBE) que diseñó el Gobierno nacional contempla las necesidades básicas de consumo de electricidad y de gas de los hogares, para cada mes del año, según su ubicación geográfica conforme al mapa de zonas bioambientales de la República Argentina -establecido por la Norma IRAM 11603- y a la conformación del hogar: de 1 a 2 personas, de 3 a 4 personas, o más de 5 personas.

La CBE calculará la cantidad de megavatios y de metros cúbicos de gas que conforman un consumo básico, el cual varía según el mes del año, la zona geográfica del país y la cantidad de convivientes en el hogar, a la vez que contemplará si esa vivienda tiene acceso a ambos servicios o solo a uno. De esta forma, el Estado otorgará subsidios en los casos en que el costo de la canasta supere determinado porcentaje de los ingresos. De acuerdo con el mapa referido, la provincia de Chubut, cuenta con tres zonas bioclimáticas.


En función de estas zonas bioclimáticas, se plantearán tres cuadros tarifarios diferentes para la energía y el gas. Este mapa impactara de manera diferente en las diferentes distribuidoras interconectadas.

- Zona VI Muy Frío: Cooperativa 16 de Octubre y Noroeste
-Zona V Frío: SCPL, COOPSAR
-Zona IV Templado Frío: Servicoop, Trelew, Gaiman, Rawson.

A su vez esto distorsionará aún más el cuadro tarifario aplicado a las cooperativas del sistema aislado y aquellas interconectadas no agentes como Puerto Pirámides y El Maitén. En el primer caso, debido a que las cooperativas que conformaran el promedio utilizado para el cuadro tarifario de acuerdo con la Ley I-26 pertenecerán a diferentes zonas conformaran el precio de cooperativas que utilizan esas tarifas promediadas que a su vez pertenecen a distintas zonas bioclimáticas. Por ejemplo, la de las localidades de Telsen y Rio Mayo.

En el segundo caso, la Cooperativa de Puerto Pirámides, al ser usuario GUDI (Grandes Usuarios de Distribuidora) de la cooperativa Servicoop de Puerto Madryn, recibirá un precio de energía sin subsidios para componer la tarifa de los hogares de la villa balnearia. Esto impactará en la recaudación del Fondo de Compensación Tarifaria previsto en la Ley I-26 (ex 1098), debido a la retención que Servicoop realiza a tal efecto respecto de los consumos de Puerto Pirámides.

La Secretaría de Energía fijará un porcentaje máximo que la CBE deberá representar respecto del ingreso familiar. Superado ese umbral, se subsidiará al hogar hasta llegar a su canasta básica, determinada por las variables antes mencionadas.

De acuerdo con lo planteado por la Secretaría de Energía de la Nación, el subsidio se aplicará cuando la factura exceda el 10% del ingreso del hogar y sobre el monto excedente. Esto se realiza a partir de una estadística que dice que en Argentina la energía en promedio implica el 3% del costo de los hogares y que en el resto de América latina implica el 9,5%.

Impacto económico y financiero

A grandes rasgos, la quita de subsidio implica un aumento directo en el componente de energía de las distribuidoras, por lo que el porcentaje de quita de subsidio se transferirá directo en la factura de la mayorista energética CAMMESA a la distribuidora. Ese costo, la distribuidora lo transfiere al usuario a través de la factura a modo de tarifa de paso (“Pass Through”).

De acuerdo con la Secretaría de Energía, este modelo de Canasta de Energía aplica a hogares y no a comercios e industrias. Por lo que el incremento en los costos comerciales será clave en el componente inflacionario de cada localidad, de acuerdo con cómo los locales comerciales transfieren a sus precios minoristas los costos de energía, especialmente aquellos que utilizan capacidad de frío como ser carnicerías, fiambrerías almacenes y mercados de barrio.

La inflación como fenómeno implica para quien la padece resignar gastos. En este sentido el aumento de la morosidad y la incobrabilidad en las distribuidoras será un factor para considerar en la sustentabilidad financiera que pondrá en riesgo la sostenibilidad propia de la empresa cooperativa. Es decir, aumento del costo mayorista de la energía y aumento de la morosidad y la incobrabilidad por parte de las distribuidoras. Esto implicara un aumento de la deuda superior al aumento del costo de CAMMESA. Esto se conjugará con la actitud tomada por CAMMESA de embargar las cuentas de las distribuidoras y suspender las transferencias a las transportistas troncales y nacionales en alta tensión.

En definitiva, el nuevo esquema de Canasta Básica Energética (CBE) está configurado dentro del relato de “sinceramiento de tarifas”, considerado desde una perspectiva macroeconómica y con una desconsideración notoria respecto del impacto sobre el universo de usuarios y los efectos sistémicos que involucran a los distintos actores del esquema generación, transporte y distribución que sufrirán las consecuencias de una probable y previsible ruptura de la cadena de pagos, comenzando con la enorme cantidad de usuarios residenciales que no podrán absorber el nuevo esquema tarifario en el marco del deterioro general de la economía, incluyendo los ingresos de la población.

Puede preverse, además, que la quita de subsidios a usuarios comerciales e industriales impactará severamente en el esquema productivo dentro del área de cada distribuidora, ámbitos en los cuales diferentes cámaras empresariales y comerciales están advirtiendo sobre un proceso masivo de cierre de establecimientos producidos por la severa crisis recesiva por la que atravesamos, en cuyo marco derivará la imposibilidad de absorber los costos energéticos.

La disminución de la recaudación por baja de usuarios y el aumento exponencial de la morosidad son dos consecuencias inevitables, en ese esquema, para las distribuidoras de energía.

Criterios de exclusión

El nuevo esquema propuesto adoptará criterios de exclusión para aquellos hogares que cuenten, entre sus integrantes, a titulares de medicina prepaga no vinculada con el empleo que poseen en relación de dependencia. Tampoco podrán acceder quienes hayan viajado al exterior a países no limítrofes más de una vez en los últimos cinco años, y quienes hayan comprado moneda extranjera en los últimos tres meses.

Del mismo modo, se propone excluir a quienes registren consumos en tarjeta de crédito o billeteras virtuales superiores a cinco salarios mínimos ($ 900.000 desde marzo) y consumos en telefonía móvil superiores al 25% del salario mínimo ($ 45.000). También se excluye a los titulares de aeronaves, propietarios o miembros de directorios de empresas privadas; y a los dueños embarcaciones de lujo o de dos o más inmuebles.

Asimismo, se excluyen a los hogares que tengan un auto con antigüedad menor a cinco años o dos autos con antigüedad menor a 10 años. En el universo de los hogares que no hayan sido excluidos por el primer filtro de selección, el acceso al otorgamiento del subsidio se definirá al comparar los ingresos declarados por los miembros de un mismo hogar. Para ello se valorarán los registros administrativos integrados en el Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social (SINTyS). Esta información se cruzará con el segundo criterio de selección, que es la Canasta Básica Energética y que indicará los consumos mínimos necesarios para la subsistencia de diferentes grupos familiares, en diversas regiones, meses del año y tipos de suministro.

A quienes pasen todos los filtros, se les subsidiará el porcentaje del costo que esté por encima del 10% de los ingresos totales familiares. Por ejemplo, si la tarifa de energía representare para una familia el 17% de sus ingresos totales, se le subsidiará el 7%.

El nuevo esquema no contiene ningún tipo de subsidio a las actividades productivas, porque para las autoridades del Gobierno nacional no sería compatible subsidiar a la energía y tener precios liberados.