Prisión perpetua para Marciano, el asesino de su mujer en Trelew

Lo condenaron por dispararle en el abdomen a su pareja, en el barrio Inta de Trelew. Hubo fuertes planteos de la defensa. Los jueces dieron a conocer su fallo de forma particular en 70 fojas que componen el fallo. Es la primera condena a perpetua en lo que va del año en Trelew.

06 FEB 2015 - 22:29 | Actualizado

Los jueces Marcelo Nieto Di Biasse, Fabio Monti y Darío Arguiano, condenaron a Jesús Marciano Flores a la máxima pena prevista en el Código Penal. El imputado deberá pasar el resto de sus días en la cárcel luego de haber sido encontrado culpable de la muerte de quien en vida fuera su pareja. La víctima, Nilda Avila, murió de un disparo en el abdomen el 8 de diciembre de 2013. Fue en el domicilio que compartían ambos en el barrio Inta de Trelew.

Posturas

Pese a que el abogado de Flores, Matín Castro, hizo duros planteos de inconstitucionalidad de la pena pretendida por la Fiscaía, los jueces valoraron el peso de la acusación por sobre la presunta inocencia de Flores en cuanto al delito de homicidio agravado por el vínculo que lo unía con la mujer fallecida.

El fiscal

De acuerdo a lo postulado por el fiscal Omar Rodríguez, aquel día Avila y Flores discutieron verbalmente hasta que el hombre tomó una pistola calibre 38 con la que disparó en dos oportunidades. Una de las balas le impactó lo que le produjo una corta agonía. Otro disparo impactó en una mesa. Cabe señalar que ese disparo recién lo descubrieron varios días después. Y ni siquiera fue la fiscalía ni la Policía la que encontró ese disparo: fue un familiar de la víctima que halló el segundo disparo. Un error que mereció serios cuestionamientos por parte del abogado Castro, quien además insistió en que las pericias balísticas fueron “paupérrimas”, tal como lo definió.

Si bien se vinculó la causa con el delito previsto en la nueva Ley de Violencia de Género, argumentándose sobre las acciones que habría desarrollado en tal sentido el imputado con agresiones, amenazas y tormentos, fue desechada esta posibilidad por el cuerpo colegiado, a partir de los testimonios escuchados en el devenir del debate.

Los testimonios generaron dudas, sobre todo los brindados por los familiares directos de Avila. Sin embargo, los jueces dieron por acreditado el accionar violento.

Celos

Quedaron dudas sobre los celos que habrían actuado como fantasmas en la relación de ambos. Los familiares de Avila aseguraron en el juicio que Flores acosaba con celos a la víctima y que no la dejaba reunirse con su familia.

Sin embargo, el propio Flores se encargó de desmentir esas imputaciones hechas en juicio. Dijo que era ella quien lo acosaba con un cuchillo, y que actuó en defensa propia el día del fatal desenlace.

Recurso

Al culminar la audiencia, Castro adelantó que presentará un recurso de impugnación ante la Cámara Penal de Revisiones de Trelew.

Según dijo en los tribunales, planteará la inconstitucionalidad de la pena y pedirá que se revise con nuevos ojos la prueba reproducida. “Voy a pedir que se haga un análisis serio de las pericias balísticas. Se desconoció el trabajo del perito Clavel, ofrecido por esta parte”, recordó.

Ahora resta esperar los plazos que fijará la Oficina Judicial para dar inicio al debate de revisión.

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06 FEB 2015 - 22:29

Los jueces Marcelo Nieto Di Biasse, Fabio Monti y Darío Arguiano, condenaron a Jesús Marciano Flores a la máxima pena prevista en el Código Penal. El imputado deberá pasar el resto de sus días en la cárcel luego de haber sido encontrado culpable de la muerte de quien en vida fuera su pareja. La víctima, Nilda Avila, murió de un disparo en el abdomen el 8 de diciembre de 2013. Fue en el domicilio que compartían ambos en el barrio Inta de Trelew.

Posturas

Pese a que el abogado de Flores, Matín Castro, hizo duros planteos de inconstitucionalidad de la pena pretendida por la Fiscaía, los jueces valoraron el peso de la acusación por sobre la presunta inocencia de Flores en cuanto al delito de homicidio agravado por el vínculo que lo unía con la mujer fallecida.

El fiscal

De acuerdo a lo postulado por el fiscal Omar Rodríguez, aquel día Avila y Flores discutieron verbalmente hasta que el hombre tomó una pistola calibre 38 con la que disparó en dos oportunidades. Una de las balas le impactó lo que le produjo una corta agonía. Otro disparo impactó en una mesa. Cabe señalar que ese disparo recién lo descubrieron varios días después. Y ni siquiera fue la fiscalía ni la Policía la que encontró ese disparo: fue un familiar de la víctima que halló el segundo disparo. Un error que mereció serios cuestionamientos por parte del abogado Castro, quien además insistió en que las pericias balísticas fueron “paupérrimas”, tal como lo definió.

Si bien se vinculó la causa con el delito previsto en la nueva Ley de Violencia de Género, argumentándose sobre las acciones que habría desarrollado en tal sentido el imputado con agresiones, amenazas y tormentos, fue desechada esta posibilidad por el cuerpo colegiado, a partir de los testimonios escuchados en el devenir del debate.

Los testimonios generaron dudas, sobre todo los brindados por los familiares directos de Avila. Sin embargo, los jueces dieron por acreditado el accionar violento.

Celos

Quedaron dudas sobre los celos que habrían actuado como fantasmas en la relación de ambos. Los familiares de Avila aseguraron en el juicio que Flores acosaba con celos a la víctima y que no la dejaba reunirse con su familia.

Sin embargo, el propio Flores se encargó de desmentir esas imputaciones hechas en juicio. Dijo que era ella quien lo acosaba con un cuchillo, y que actuó en defensa propia el día del fatal desenlace.

Recurso

Al culminar la audiencia, Castro adelantó que presentará un recurso de impugnación ante la Cámara Penal de Revisiones de Trelew.

Según dijo en los tribunales, planteará la inconstitucionalidad de la pena y pedirá que se revise con nuevos ojos la prueba reproducida. “Voy a pedir que se haga un análisis serio de las pericias balísticas. Se desconoció el trabajo del perito Clavel, ofrecido por esta parte”, recordó.

Ahora resta esperar los plazos que fijará la Oficina Judicial para dar inicio al debate de revisión.