“Se ha avanzado en procesos en materia de familia, para que estos trámites puedan ser más expeditos”

Nicolás Demitriou, presidente del Colegio de Abogados de Comodoro Rivadavia.

05 SEP 2015 - 22:44 | Actualizado

La puesta en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación propone en general, instancias superadoras e incorpora nuevos elementos para sustentar fallos y responder a la demanda de una mayor celeridad, en los tiempos que hoy demanda la Justicia, principalmente mediante la incorporación de normas procesales en materia de Familia. Para Nicolás Demitriou, flamante presidente del Colegio Público de Abogados, el instrumento incorpora normas de “interpretación” y disposiciones centrales “que permiten al juez tener discrecionalidad en muchos aspectos como para poder tomar decisiones”. Y del mismo modo advirtió que “en cierto punto es más elástico. Trae aparejados una serie de institutos que contemplan las problemáticas actuales de los ciudadanos en general. Por ejemplo en materia de Familia se han incorporado una serie de normas importantes que van direccionadas al resguardo de la familia ante la ruptura de una unión, protegiendo a la parte más débil, sin distinguir el género. Muchas veces se aplicaba este criterio pero no existían este tipo de previsiones específicas en el Código de Vélez Sarsfield. En estas temáticas, el código es innovador. Refiere no solamente una protección hacia la familia constituida a partir de un matrimonio, sino que también prevé normativa respecto de las uniones convivenciales, lo que comúnmente se conoce como concubinato. Se generan obligaciones recíprocas entre las personas, se puede registrar dicha unión y se determinan efectos y acciones frente a una ruptura, estableciéndose asimismo la protección de la vivienda familiar, como otro modo de tutelar a los más débiles, resguardando el derecho de igualdad”.

¿Entiende que a partir de estos cambios puede darse un avance en cuanto a optimizar los tiempos de la Justicia?

- Hay cambios que tienen que ver con la previsión que el Código Civil y Comercial hace de normas que son de carácter procesal. Marca ciertas pautas que normalmente dictan las Provincias, en este caso se ha avanzado previendo mecanismos para tramitar procesos en materia de familia, para resguardar que estos trámites puedan ser más expeditos en todo el país. Todo esto tendiente a dar una mejor y más rápida cobertura en situaciones donde existe vulnerabilidad, como el interés superior del niño ya contemplado en tratados internacionales que tienen jerarquía constitucional ahora también previstos en el nuevo Código Civil y Comercial.

-¿En qué otro aspecto observa que se hayan establecido cambios sustanciales en esta Reforma?

- El Código Civil y Comercial incorpora muchas normas en defensa de los consumidores. Es importante resaltarlo porque se hace una distinción muy puntual de cuál es la protección que tienen que tener los consumidores con un detalle exhaustivo de esas normas protectorias, sin perjuicio de que se mantiene la vigencia de la Ley de Defensa del Consumidor. También surge algo interesante respecto a la responsabilidad del Estado donde el Código ha establecido que no se apliquen sus normas, como ocurría en el de Vélez Sarsfield, sino las de derecho administrativo nacional o local respectivamente. Ante esto, el Estado Nacional dictó una ley estableciendo las pautas y las provincias se vieron obligadas a dictar sus normas para fijar la Responsabilidad del Estado. En Chubut, recientemente se promulgó la Ley I-560 que es muy nueva y ya tiene aplicación plena.

-¿Cómo han tomado estos cambios los profesionales del Derecho y cómo han transitado este corto proceso desde el primero de agosto hasta hoy?

- La puesta en vigencia de este Código ha sido demasiado rápida, abrupta. Considero que frente a un cambio legislativo tan importante y que pareciera ser superador a la legislación que teníamos, debió transitarse un tiempo más para su puesta en vigencia a los fines de que tanto los profesionales que ejercen como aquellos que cumplen funciones dentro del Poder Judicial tuvieran más tiempo para poder especializarse y tener un conocimiento más acabado de cuáles son las implicancias de esta reforma. Más allá de eso, veo que a los colegas en general los ha tomado “de sorpresa” ya que si bien se viene gestando desde hace tiempo, muchos tenían cierta incredulidad en cuanto a su avance. Cuando se sancionó se pusieron recién en marcha para conocerlo.

-¿Y cuáles son las preguntas más comunes o más frecuentes que realiza el ciudadano común? ¿Se tiene la suficiente información?

- La repercusión más inmediata se da en el ámbito de Familia porque la normativa se aplica ya, en el día a día. Hay otras cuestiones de responsabilidad civil donde lo que marca la vigencia del nuevo Código es el hecho que ocasionó el daño. Es decir los hechos que hayan ocurrido después de la aplicación de la nueva norma tendrán esta aplicación y no los que hayan sido anteriores. Se aplica la normativa existente al momento del hecho generador de la obligación de resarcir el daño ocasionado.

-¿Cómo trabajará el Colegio de Abogados para capacitar y generar un circuito de información entre sus matriculados?

- A partir del 4 de setiembre comenzará una diplomatura en Derecho Privado que será dictada por profesionales de la Universidad Austral a través de un convenio firmado con el directorio anterior. Tendrá una carga horaria de 120 horas y se hará desde setiembre hasta mediados de diciembre en la ciudad, a la que viajarán docentes de postgrado a dictar esta diplomatura que será abarcativa de todo el Código Civil y Comercial. Si bien muchos temas no puedan estudiarse con la profundidad que requieren, la actualización nos permitirá tener un conocimiento en general de la reforma. En paralelo habrá jornadas posiblemente en los primeros días de octubre en conjunto con la Honorable Cámara de Diputados. También está previsto entre octubre y noviembre armar jornadas ya no con juristas foráneos, sino con jueces locales de manera de poder nutrirnos de colegas de la Judicatura. Están previstas capacitaciones en materia de Derecho Penal, organizadas por una juez local con la Universidad de la Patagonia y con el auspicio del Colegio para los primeros días de octubre. El año que viene desde febrero o marzo continuaremos posiblemente con temas de Familia a cargo de docentes de Buenos Aires.

-¿Cuáles son las expectativas al asumir el cargo de presidente en el Colegio en cuanto a desafíos y proyectos por desarrollar?

- Lógicamente es una responsabilidad muy grande tener que representar a casi 500 colegas matriculados en la ciudad. La idea es generar vínculos con instituciones que de alguna manera son las operadoras del Derecho. Queremos tener un acercamiento con los distintos órganos judiciales, tratando de buscar las cuestiones que a criterio de los colegiados habría que mejorar. Intentamos hacer sugerencias de nuestro lado, desde nuestra óptica ya que somos los que litigamos desde afuera. De esta manera buscamos interrelacionarnos para mejorar la dinámica diaria de los trámites. Al Colegio por su vinculación con el Consejo de la Magistratura se le plantea la posibilidad de participar en la sugerencia de perfiles de jueces en las distintas materias. Sería una participación adicional a la representación que ya tienen los abogados en el Consejo.

05 SEP 2015 - 22:44

La puesta en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación propone en general, instancias superadoras e incorpora nuevos elementos para sustentar fallos y responder a la demanda de una mayor celeridad, en los tiempos que hoy demanda la Justicia, principalmente mediante la incorporación de normas procesales en materia de Familia. Para Nicolás Demitriou, flamante presidente del Colegio Público de Abogados, el instrumento incorpora normas de “interpretación” y disposiciones centrales “que permiten al juez tener discrecionalidad en muchos aspectos como para poder tomar decisiones”. Y del mismo modo advirtió que “en cierto punto es más elástico. Trae aparejados una serie de institutos que contemplan las problemáticas actuales de los ciudadanos en general. Por ejemplo en materia de Familia se han incorporado una serie de normas importantes que van direccionadas al resguardo de la familia ante la ruptura de una unión, protegiendo a la parte más débil, sin distinguir el género. Muchas veces se aplicaba este criterio pero no existían este tipo de previsiones específicas en el Código de Vélez Sarsfield. En estas temáticas, el código es innovador. Refiere no solamente una protección hacia la familia constituida a partir de un matrimonio, sino que también prevé normativa respecto de las uniones convivenciales, lo que comúnmente se conoce como concubinato. Se generan obligaciones recíprocas entre las personas, se puede registrar dicha unión y se determinan efectos y acciones frente a una ruptura, estableciéndose asimismo la protección de la vivienda familiar, como otro modo de tutelar a los más débiles, resguardando el derecho de igualdad”.

¿Entiende que a partir de estos cambios puede darse un avance en cuanto a optimizar los tiempos de la Justicia?

- Hay cambios que tienen que ver con la previsión que el Código Civil y Comercial hace de normas que son de carácter procesal. Marca ciertas pautas que normalmente dictan las Provincias, en este caso se ha avanzado previendo mecanismos para tramitar procesos en materia de familia, para resguardar que estos trámites puedan ser más expeditos en todo el país. Todo esto tendiente a dar una mejor y más rápida cobertura en situaciones donde existe vulnerabilidad, como el interés superior del niño ya contemplado en tratados internacionales que tienen jerarquía constitucional ahora también previstos en el nuevo Código Civil y Comercial.

-¿En qué otro aspecto observa que se hayan establecido cambios sustanciales en esta Reforma?

- El Código Civil y Comercial incorpora muchas normas en defensa de los consumidores. Es importante resaltarlo porque se hace una distinción muy puntual de cuál es la protección que tienen que tener los consumidores con un detalle exhaustivo de esas normas protectorias, sin perjuicio de que se mantiene la vigencia de la Ley de Defensa del Consumidor. También surge algo interesante respecto a la responsabilidad del Estado donde el Código ha establecido que no se apliquen sus normas, como ocurría en el de Vélez Sarsfield, sino las de derecho administrativo nacional o local respectivamente. Ante esto, el Estado Nacional dictó una ley estableciendo las pautas y las provincias se vieron obligadas a dictar sus normas para fijar la Responsabilidad del Estado. En Chubut, recientemente se promulgó la Ley I-560 que es muy nueva y ya tiene aplicación plena.

-¿Cómo han tomado estos cambios los profesionales del Derecho y cómo han transitado este corto proceso desde el primero de agosto hasta hoy?

- La puesta en vigencia de este Código ha sido demasiado rápida, abrupta. Considero que frente a un cambio legislativo tan importante y que pareciera ser superador a la legislación que teníamos, debió transitarse un tiempo más para su puesta en vigencia a los fines de que tanto los profesionales que ejercen como aquellos que cumplen funciones dentro del Poder Judicial tuvieran más tiempo para poder especializarse y tener un conocimiento más acabado de cuáles son las implicancias de esta reforma. Más allá de eso, veo que a los colegas en general los ha tomado “de sorpresa” ya que si bien se viene gestando desde hace tiempo, muchos tenían cierta incredulidad en cuanto a su avance. Cuando se sancionó se pusieron recién en marcha para conocerlo.

-¿Y cuáles son las preguntas más comunes o más frecuentes que realiza el ciudadano común? ¿Se tiene la suficiente información?

- La repercusión más inmediata se da en el ámbito de Familia porque la normativa se aplica ya, en el día a día. Hay otras cuestiones de responsabilidad civil donde lo que marca la vigencia del nuevo Código es el hecho que ocasionó el daño. Es decir los hechos que hayan ocurrido después de la aplicación de la nueva norma tendrán esta aplicación y no los que hayan sido anteriores. Se aplica la normativa existente al momento del hecho generador de la obligación de resarcir el daño ocasionado.

-¿Cómo trabajará el Colegio de Abogados para capacitar y generar un circuito de información entre sus matriculados?

- A partir del 4 de setiembre comenzará una diplomatura en Derecho Privado que será dictada por profesionales de la Universidad Austral a través de un convenio firmado con el directorio anterior. Tendrá una carga horaria de 120 horas y se hará desde setiembre hasta mediados de diciembre en la ciudad, a la que viajarán docentes de postgrado a dictar esta diplomatura que será abarcativa de todo el Código Civil y Comercial. Si bien muchos temas no puedan estudiarse con la profundidad que requieren, la actualización nos permitirá tener un conocimiento en general de la reforma. En paralelo habrá jornadas posiblemente en los primeros días de octubre en conjunto con la Honorable Cámara de Diputados. También está previsto entre octubre y noviembre armar jornadas ya no con juristas foráneos, sino con jueces locales de manera de poder nutrirnos de colegas de la Judicatura. Están previstas capacitaciones en materia de Derecho Penal, organizadas por una juez local con la Universidad de la Patagonia y con el auspicio del Colegio para los primeros días de octubre. El año que viene desde febrero o marzo continuaremos posiblemente con temas de Familia a cargo de docentes de Buenos Aires.

-¿Cuáles son las expectativas al asumir el cargo de presidente en el Colegio en cuanto a desafíos y proyectos por desarrollar?

- Lógicamente es una responsabilidad muy grande tener que representar a casi 500 colegas matriculados en la ciudad. La idea es generar vínculos con instituciones que de alguna manera son las operadoras del Derecho. Queremos tener un acercamiento con los distintos órganos judiciales, tratando de buscar las cuestiones que a criterio de los colegiados habría que mejorar. Intentamos hacer sugerencias de nuestro lado, desde nuestra óptica ya que somos los que litigamos desde afuera. De esta manera buscamos interrelacionarnos para mejorar la dinámica diaria de los trámites. Al Colegio por su vinculación con el Consejo de la Magistratura se le plantea la posibilidad de participar en la sugerencia de perfiles de jueces en las distintas materias. Sería una participación adicional a la representación que ya tienen los abogados en el Consejo.