Caso Almonacid: condenas para tres

Muñoz fue condenado por torturas y vejaciones, mientras que Pato y Treuquil fueron hallados culpables sólo por vejaciones. Castillo y Ortiz fueron absueltos.

Momentos en que Muñoz recibía la noticia de la condena en su contra por torturas contra el joven.
22 ABR 2016 - 21:20 | Actualizado

Los jueces Fabio Monti, Marcelo Nieto Di Biase y la jueza Ana Laura Servent, en una extensa jornada de debate, leyeron el veredicto de culpabilidad contra los policías acusados de haber vejado y torturado al joven Maximiliano Almonacid, en un hecho ocurrido en 2012.

En el marco del segundo juicio por el mismo hecho, el tribunal resolvió condenar a tres exuniformados en torno a dos instancias delictivas que postuló la Fiscalía de Trelew, junto a la querella, en representación de la víctima, que al momento de los hechos contaba con 16 años.

De esta manera, por el delito de vejaciones en la Comisaría Segunda de Trelew, fueron condenados Aníbal Muñoz, Carlos Pato y Carlos Treuquil. Fueron absueltos Sergio Castillo y Héctor Ortiz. La fiscal María Tolomei había formulado los cargos en base a la serie de golpes a los que fue sometido el denunciante en la mañana del 18 de enero de 2012.

Torturas

En torno al delito de torturas, la segunda calificación, que abarca la introducción de un palo tonfa en el ano de Almonacid dentro del calabozo, fue condenado Aníbal Muñoz y fue absuelto Carlos Treuquil, por el beneficio de la duda.

Aún restaba que dos jueces revisores confirmaran o no la prisión preventiva de Muñoz, ya que por la expectativa de pena y el riesgo de que el condenado se fugue, la fiscal Tolomei pidió su prisión preventiva. La defensa se opuso. El tribunal dictó la medida cautelar pero el abogado Gustavo Castro tildó de nula la resolución. A todo esto, los jueces informaron que la audiencia de debate en torno al monto de la pena que afectará a los policías condenados, se realizará el próximo martes a las 8.30.

Por unanimidad

Los tribunos fallaron de manera unánime. El juez Monti estuvo a cargo de la lectura en la que hubo absoluciones, condenas y dudas. En la instancia del traslado del joven a bordo de un patrullero, tras haber sido detenido en la vía pública cuando caminaba con su novia tras una noche en un boliche bailable, Fiscalía acusó a Ortiz, quien iba en el patrullero en la parte trasera, sosteniendo al joven víctima. “No hay elementos objetivos que permitan consolidar la versión acusadora, no hubo manifestaciones humillantes y no puede probarse la actitud de Ortiz. No corresponde tener por acreditadas las vejaciones”, dice el fallo en la parte que absuelve al mencionado oficial por el delito de vejaciones.

En el segundo punto de la causa, que refiere a los hechos ocurridos dentro de la Comisaría, los jueces afirmaron que se acreditó la presencia de los imputados en la dependencia al momento de los hechos. “La Fiscalía refiere que Almonacid fue golpeado por Pato, Treuquil y Castillo en las costillas y piernas con patadas y golpes de puño; lo golpeaban acusándolo de haber robado y diciéndole que era un chorro”. Los jueces valoraron que la fiscal sumó testimonios de otras personas que escucharon cómo se quejaba el joven por los golpes que recibió en el pasillo de la dependencia policial. Entre esos testimonios, se encuentra el de Bruno Rodríguez Monsalve, que declaró haber visto la golpiza. Es el mismo joven que el 26 de marzo de 2012, a poco de haber declarado, apareció asesinado.

Castillo absuelto

Por las golpizas que se encuadran en el delito de vejaciones “en cuanto a Castillo, la acusación de la Fiscalía se centra en el testimonio del testigo Bruno Rodríguez Monsalve. Este tribunal no puede soslayar que el imputado no fue señalado por el joven Almonacid como uno de los autores de las vejaciones. Sumado a que Monsalve ya conocía a señor Castillo, eso impide alcanzar el grado de certeza para condenarlo como autor de dicho delito. En síntesis consideramos como autores penalmente responsables por el delito de vejaciones a los acusados Carlos Pato, Aníbal Muñoz y Carlos Treuquil, absolviendo a Sergio Castillo”, dice el fallo. En suma, los jueces dejaron en claro que los condenados por las vejaciones fueron partícipes del hecho y que Treuquil estuvo en el sitio -por ser el encargado de los presos- deambuló por la sede policial y pudo tener conocimiento de lo que pasaba.

En la acusación por las torturas que se le aplicaron a Almonacid, los magistrados valoraron la participación que pudieron tener Treuquil y Muñoz. Fiscalía los acusó como coautores del acto donde se le introdujo un palo tonfa en el ano del joven. “Sostienen los acusadores, que estaban presentes en ese momento al menos los empleados policiales Muñoz y Treuquil”.

Declaración clave

Los jueces dejaron en claro que le dieron credito a lo que declaró el joven y que ello los “conmovió” a la hora de resolver. “La versión de estos acontecimientos brindada por el joven víctima en el debate, ha sido minuciosa, detallada y no se advierten en su relato indicadores que pongan en crisis la veracidad de los mismos. A su vez, el relato de este episodio no sufrió alteraciones con el paso del tiempo, (4 años) y coincide con lo expresado por el joven al momento de revelarse dicha situación”. Los jueces consideraron que fueron validos los exámenes de los médicos que corroboraron desgarros.

El cuerpo colegiado descartó que haya participado del delito mencionado Treuquil. Sin embargo, no les quedaron dudas de que sí actuó bajo esos parámetros el oficial Muñoz. Cabe señalar que Almonacid dijo que la segunda persona en el calabozo cuando le introducían la tonfa tenía la voz parecida a la de Treuquil.

Sumado a ello, en la rueda de reconocimiento de personas, no pudo asegurar que haya sido el imputado quien acompañaba a Muñoz.

“Él dejó bien en claro que no estaba seguro de haberlo visto en el calabozo. Ahora bien, cómo ubica la Fiscalía a Treuquil dentro del calabozo. Lo hizo teniendo en cuenta que aquel era el encargado de los presos, que tenía la llave de los calabozos y porque Treuquil es el que le devuelve el cinturón a Almonacid. El cabo interno es el responsable de los detenidos. Pero los acusadores adjudican a Treuquil la coautoría del suceso, no su mera presencia en el lugar de los hechos, sino una participación activa. Por eso cuando describen el abuso se refieren en plural: lo esposan, le colocan las manos hacia arriba, le bajan los pantalones, le introducen un objeto rígido por el ano en varias ocasiones. Entendemos que no está acreditada la conducta de Treuquil en estas conductas descriptas”, leyó el juez Monti del fallo.

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Momentos en que Muñoz recibía la noticia de la condena en su contra por torturas contra el joven.
22 ABR 2016 - 21:20

Los jueces Fabio Monti, Marcelo Nieto Di Biase y la jueza Ana Laura Servent, en una extensa jornada de debate, leyeron el veredicto de culpabilidad contra los policías acusados de haber vejado y torturado al joven Maximiliano Almonacid, en un hecho ocurrido en 2012.

En el marco del segundo juicio por el mismo hecho, el tribunal resolvió condenar a tres exuniformados en torno a dos instancias delictivas que postuló la Fiscalía de Trelew, junto a la querella, en representación de la víctima, que al momento de los hechos contaba con 16 años.

De esta manera, por el delito de vejaciones en la Comisaría Segunda de Trelew, fueron condenados Aníbal Muñoz, Carlos Pato y Carlos Treuquil. Fueron absueltos Sergio Castillo y Héctor Ortiz. La fiscal María Tolomei había formulado los cargos en base a la serie de golpes a los que fue sometido el denunciante en la mañana del 18 de enero de 2012.

Torturas

En torno al delito de torturas, la segunda calificación, que abarca la introducción de un palo tonfa en el ano de Almonacid dentro del calabozo, fue condenado Aníbal Muñoz y fue absuelto Carlos Treuquil, por el beneficio de la duda.

Aún restaba que dos jueces revisores confirmaran o no la prisión preventiva de Muñoz, ya que por la expectativa de pena y el riesgo de que el condenado se fugue, la fiscal Tolomei pidió su prisión preventiva. La defensa se opuso. El tribunal dictó la medida cautelar pero el abogado Gustavo Castro tildó de nula la resolución. A todo esto, los jueces informaron que la audiencia de debate en torno al monto de la pena que afectará a los policías condenados, se realizará el próximo martes a las 8.30.

Por unanimidad

Los tribunos fallaron de manera unánime. El juez Monti estuvo a cargo de la lectura en la que hubo absoluciones, condenas y dudas. En la instancia del traslado del joven a bordo de un patrullero, tras haber sido detenido en la vía pública cuando caminaba con su novia tras una noche en un boliche bailable, Fiscalía acusó a Ortiz, quien iba en el patrullero en la parte trasera, sosteniendo al joven víctima. “No hay elementos objetivos que permitan consolidar la versión acusadora, no hubo manifestaciones humillantes y no puede probarse la actitud de Ortiz. No corresponde tener por acreditadas las vejaciones”, dice el fallo en la parte que absuelve al mencionado oficial por el delito de vejaciones.

En el segundo punto de la causa, que refiere a los hechos ocurridos dentro de la Comisaría, los jueces afirmaron que se acreditó la presencia de los imputados en la dependencia al momento de los hechos. “La Fiscalía refiere que Almonacid fue golpeado por Pato, Treuquil y Castillo en las costillas y piernas con patadas y golpes de puño; lo golpeaban acusándolo de haber robado y diciéndole que era un chorro”. Los jueces valoraron que la fiscal sumó testimonios de otras personas que escucharon cómo se quejaba el joven por los golpes que recibió en el pasillo de la dependencia policial. Entre esos testimonios, se encuentra el de Bruno Rodríguez Monsalve, que declaró haber visto la golpiza. Es el mismo joven que el 26 de marzo de 2012, a poco de haber declarado, apareció asesinado.

Castillo absuelto

Por las golpizas que se encuadran en el delito de vejaciones “en cuanto a Castillo, la acusación de la Fiscalía se centra en el testimonio del testigo Bruno Rodríguez Monsalve. Este tribunal no puede soslayar que el imputado no fue señalado por el joven Almonacid como uno de los autores de las vejaciones. Sumado a que Monsalve ya conocía a señor Castillo, eso impide alcanzar el grado de certeza para condenarlo como autor de dicho delito. En síntesis consideramos como autores penalmente responsables por el delito de vejaciones a los acusados Carlos Pato, Aníbal Muñoz y Carlos Treuquil, absolviendo a Sergio Castillo”, dice el fallo. En suma, los jueces dejaron en claro que los condenados por las vejaciones fueron partícipes del hecho y que Treuquil estuvo en el sitio -por ser el encargado de los presos- deambuló por la sede policial y pudo tener conocimiento de lo que pasaba.

En la acusación por las torturas que se le aplicaron a Almonacid, los magistrados valoraron la participación que pudieron tener Treuquil y Muñoz. Fiscalía los acusó como coautores del acto donde se le introdujo un palo tonfa en el ano del joven. “Sostienen los acusadores, que estaban presentes en ese momento al menos los empleados policiales Muñoz y Treuquil”.

Declaración clave

Los jueces dejaron en claro que le dieron credito a lo que declaró el joven y que ello los “conmovió” a la hora de resolver. “La versión de estos acontecimientos brindada por el joven víctima en el debate, ha sido minuciosa, detallada y no se advierten en su relato indicadores que pongan en crisis la veracidad de los mismos. A su vez, el relato de este episodio no sufrió alteraciones con el paso del tiempo, (4 años) y coincide con lo expresado por el joven al momento de revelarse dicha situación”. Los jueces consideraron que fueron validos los exámenes de los médicos que corroboraron desgarros.

El cuerpo colegiado descartó que haya participado del delito mencionado Treuquil. Sin embargo, no les quedaron dudas de que sí actuó bajo esos parámetros el oficial Muñoz. Cabe señalar que Almonacid dijo que la segunda persona en el calabozo cuando le introducían la tonfa tenía la voz parecida a la de Treuquil.

Sumado a ello, en la rueda de reconocimiento de personas, no pudo asegurar que haya sido el imputado quien acompañaba a Muñoz.

“Él dejó bien en claro que no estaba seguro de haberlo visto en el calabozo. Ahora bien, cómo ubica la Fiscalía a Treuquil dentro del calabozo. Lo hizo teniendo en cuenta que aquel era el encargado de los presos, que tenía la llave de los calabozos y porque Treuquil es el que le devuelve el cinturón a Almonacid. El cabo interno es el responsable de los detenidos. Pero los acusadores adjudican a Treuquil la coautoría del suceso, no su mera presencia en el lugar de los hechos, sino una participación activa. Por eso cuando describen el abuso se refieren en plural: lo esposan, le colocan las manos hacia arriba, le bajan los pantalones, le introducen un objeto rígido por el ano en varias ocasiones. Entendemos que no está acreditada la conducta de Treuquil en estas conductas descriptas”, leyó el juez Monti del fallo.


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