Esquel: condenaron a un exintendente de Lago Puelo

Es Iván Fernández. Recibió una pena de un año de ejecución condicional, más inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. Es porque contrató los servicios de una empresa que pertenecía a un funcionario municipal. En cambio, fue absuelto por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público, por el que también había sido acusado.

03 JUN 2016 - 17:50 | Actualizado 29 SEP 2022 - 10:46

El exintendente de Lago Puelo, Iván Fernández, fue condenado por la Justicia provincial por negociaciones incompatibles con la función públicaa la pena de un año de ejecución condicional, más inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos.

La sentencia, en cambio, lo absolvió por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público, por el que también había sido acusado. El delito de negociaciones incompatibles no requiere un perjuicio patrimonial para la administración pública, sino que protege la debida imparcialidad de la administración en las contrataciones que deba realizar.

El juez Martín O' Connor entendió que Fernández debió velar por la absoluta transparencia de las contrataciones realizadas por la comuna y en este caso no se acreditó que se hubieran implementado procedimientos que aseguren esa transparencia.

Su pronunciamiento se refirió a los hechos que fueron aceptados por ambas partes y los puntos sobre los cuales se debatió, principalmente la calidad de funcionario municipal de Manuel Nelson Cid y el conocimiento que pudiera tener el entonces intendente de las funciones que Cid cumplía en la Dirección de Turismo. "Luego de haber visto el juicio oral y público y producida la prueba no abrigo duda alguna de que Manuel Nelson Cid prestaba funciones en el área de Turismo de la Municipalidad de Lago Puelo. Se encontraron 22 notas rubricadas por el Sr. Manuel Nelson Cid, firmando en todas ellas como Director de Turismo y en una de ellas por encima de la aclaración Dirección de Turismo", consignó el juez.

No es un dato menor que las notas mencionadas fueron secuestradas en un allanamiento realizado en la propia municipalidad.

O' Connor se planteó varios interrogantes "¿quién mejor que Cid se podría enterar que la Municipalidad requería contratar un servicio de transporte? ¿Se publicó en diferentes lugares? ¿se comunicó a los prestatarios del servicio para que pudieran competir con alguna igualdad con Cid? Nada de esto sucedió, o al menos fue probado en el juicio."

A criterio del juez, que un intendente contrate con un colaborador del área de Turismo para realizar 24 traslados, obligaría a tomar cantidad de estrictos recaudos para garantizar la transparencia que busca la ley. "Lo relevante aquí es que el Intendente no guardó la debida imparcialidad al momento de contratar, pues además de amigo (tal como lo sostuvo el testigo García Noria) y ex Secretario de Gobierno, Manuel Nelson Cid se desempeñaba en el área de turismo, área directamente relacionada con los contratos de transporte en danza", indicó.

Según el juez, Fernández no actuó en beneficio propio, pero sí en beneficio de un tercero. "En esas condiciones, las contrataciones que realizó el acusado de Manuel Nelson Cid no tuvieron como único interés lo mejor para el patrimonio administrado sino que se yuxtapuso con el interés personal por el que buscó beneficiar a Cid. Por ello, el acusado no actuó con la imparcialidad exigida al Funcionario a cargo de la cosa pública, sino con un manejo parcial en beneficio de su colaborador Manuel Nelson Cid", indicó el juez.

El exintendente podría presentar un recurso ante la Cámara Penal para que revise la decisión.

(Fuente: Ministerio Público Fiscal de Chubut)

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03 JUN 2016 - 17:50

El exintendente de Lago Puelo, Iván Fernández, fue condenado por la Justicia provincial por negociaciones incompatibles con la función públicaa la pena de un año de ejecución condicional, más inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos.

La sentencia, en cambio, lo absolvió por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público, por el que también había sido acusado. El delito de negociaciones incompatibles no requiere un perjuicio patrimonial para la administración pública, sino que protege la debida imparcialidad de la administración en las contrataciones que deba realizar.

El juez Martín O' Connor entendió que Fernández debió velar por la absoluta transparencia de las contrataciones realizadas por la comuna y en este caso no se acreditó que se hubieran implementado procedimientos que aseguren esa transparencia.

Su pronunciamiento se refirió a los hechos que fueron aceptados por ambas partes y los puntos sobre los cuales se debatió, principalmente la calidad de funcionario municipal de Manuel Nelson Cid y el conocimiento que pudiera tener el entonces intendente de las funciones que Cid cumplía en la Dirección de Turismo. "Luego de haber visto el juicio oral y público y producida la prueba no abrigo duda alguna de que Manuel Nelson Cid prestaba funciones en el área de Turismo de la Municipalidad de Lago Puelo. Se encontraron 22 notas rubricadas por el Sr. Manuel Nelson Cid, firmando en todas ellas como Director de Turismo y en una de ellas por encima de la aclaración Dirección de Turismo", consignó el juez.

No es un dato menor que las notas mencionadas fueron secuestradas en un allanamiento realizado en la propia municipalidad.

O' Connor se planteó varios interrogantes "¿quién mejor que Cid se podría enterar que la Municipalidad requería contratar un servicio de transporte? ¿Se publicó en diferentes lugares? ¿se comunicó a los prestatarios del servicio para que pudieran competir con alguna igualdad con Cid? Nada de esto sucedió, o al menos fue probado en el juicio."

A criterio del juez, que un intendente contrate con un colaborador del área de Turismo para realizar 24 traslados, obligaría a tomar cantidad de estrictos recaudos para garantizar la transparencia que busca la ley. "Lo relevante aquí es que el Intendente no guardó la debida imparcialidad al momento de contratar, pues además de amigo (tal como lo sostuvo el testigo García Noria) y ex Secretario de Gobierno, Manuel Nelson Cid se desempeñaba en el área de turismo, área directamente relacionada con los contratos de transporte en danza", indicó.

Según el juez, Fernández no actuó en beneficio propio, pero sí en beneficio de un tercero. "En esas condiciones, las contrataciones que realizó el acusado de Manuel Nelson Cid no tuvieron como único interés lo mejor para el patrimonio administrado sino que se yuxtapuso con el interés personal por el que buscó beneficiar a Cid. Por ello, el acusado no actuó con la imparcialidad exigida al Funcionario a cargo de la cosa pública, sino con un manejo parcial en beneficio de su colaborador Manuel Nelson Cid", indicó el juez.

El exintendente podría presentar un recurso ante la Cámara Penal para que revise la decisión.

(Fuente: Ministerio Público Fiscal de Chubut)


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