Aplican medidas antidumping a las importaciones de... globos

El Gobierno resolvió hoy aplicar medidas antidumping a importaciones chinas de globos de caucho tras concluir que esas compras representan un "daño a la rama de producción nacional", luego de un reclamo de la Cámara Argentina de la Industria del Juguete en ese sentido.

24 NOV 2017 - 11:04 | Actualizado


Las importaciones chinas de globos de caucho de diferentes formas, tamaños y colores, impresos o no, incluidos los globitos para agua tendrán un derecho antidumping definitivo de 97% los próximos 5 años, según la resolución 670 publicada hoy en el Boletín Oficial.

La medida se adoptó a partir de un pedido de la Cámara del Juguete local analizado por la Dirección de Competencia Desleal del Ministerio de Producción, que concluyó en su Informe de Determinación Final del Margen de Dumping la existencia de esa práctica y calculó ese valor en 160,92%.

En tanto, la Comisión Nacional de Comercio Exterior del Ministerio de Producción se expidió respecto al daño producido y determinó que "la rama de producción nacional de globos de caucho de diferentes formas sufre daño importante, estableciéndose así la relación causal requerida por la legislación para aplicar medidas definitivas”.

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24 NOV 2017 - 11:04


Las importaciones chinas de globos de caucho de diferentes formas, tamaños y colores, impresos o no, incluidos los globitos para agua tendrán un derecho antidumping definitivo de 97% los próximos 5 años, según la resolución 670 publicada hoy en el Boletín Oficial.

La medida se adoptó a partir de un pedido de la Cámara del Juguete local analizado por la Dirección de Competencia Desleal del Ministerio de Producción, que concluyó en su Informe de Determinación Final del Margen de Dumping la existencia de esa práctica y calculó ese valor en 160,92%.

En tanto, la Comisión Nacional de Comercio Exterior del Ministerio de Producción se expidió respecto al daño producido y determinó que "la rama de producción nacional de globos de caucho de diferentes formas sufre daño importante, estableciéndose así la relación causal requerida por la legislación para aplicar medidas definitivas”.


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