El marinero que con alcohol y cocaína en sangre ocasionó un accidente con el saldo fatal de una mujer fallecida, puede cumplir una pena que lo lleve a la cárcel en caso de ser hallado culpable sobre el final del proceso, en el juicio oral y público. Así lo adelantaron los jueces Marcelo Nieto Di Biase y José García cuando dispusieron su arresto domiciliario, el que luego fue mutado por la de la Alcaidía policial de Trelew a raíz de que no se presentó su garante y con permisos para trabajar en una audiencia realizada en la Oficina Judicial de Rawson.
“La pena puede ser de cumplimiento efectivo por la magnitud del daño causado”, expresó en su resolución el juez Nieto de Biase.
Ante esta posibilidad y en la misma línea, García coincidió con la querella y la fiscalía en el sentido de que puede existir el riesgo de fuga por parte del imputado. De allí la decisión que finalmente adoptaron.
Hace dos semanas el juez César Zaratiegui había dispuesto la libertad del imputado con la obligación de presentarse periódicamente en la Oficina Judicial de Rawson.
Esta medida no conformó a la querella que pidió que dos jueces revisen esa decisión. Nieto Di Biase y García revisaron la medida que había adoptado Zaratiegui. La revisión de esta última decisión fue pedida por la querella, el abogado Sebastián Curtale, en representación de la familia de la víctima, postura a la que adhirió el Ministerio Público Fiscal, representada por Florencia Gómez en reemplazo de Osvaldo Heiber.
El imputado se llama Gabriel López, un marinero oriundo de Mar del Plata con trabajo en el Puerto Rawson. El 19 de marzo pasado tras haber consumido cocaína y con 1,20 gramos de alcohol en sangre (el permitido para conducir es 0,50) ingresaba a la capital provincial por ruta 7 conduciendo su camioneta Dodge Journey, se cruzó de carril y colisionó frontalmente a el WW Gol que manejaba Sandra Méndez de 46 años de edad. La víctima era una enfermera profesional que se dirigía a trabajar de Rawson a Trelew.
La mujer falleció en el Hospital de Rawson cuando los médicos de guardia le realizaban acciones de reanimación.
Respecto del “peligro de fuga”, el defensor del imputado, el abogado de Puerto Madryn, Gustavo Cruz, desestimó esta posibilidad en la conducta de su cliente y para ello destacó su voluntad de viajar en ómnibus desde Mar del Plata para hacerse presente en la audiencia de revisión.
Sobre su pedido para que López tenga la posibilidad además de trabajar como marinero, el defensor fundamentó esta solicitud en la necesidad de poder contar con recursos económicos ante los posibles resultados de la demanda civil en su contra. Sobre este último aspecto que al individuo también se le realizará una inhibición de bienes.
El caso Cibeira
El querellante Sebastián Curtale recordó a los jueces el caso de la muerte de un joven de Rawson, Federico Cibeira, durante un accidente ocasionado por un camionero que ingresaba a Trelew conduciendo en estado de ebriedad. “Produjo el accidente y estuvo siete años prófugo hasta que la misma familia de la víctima pudo encontrarlo y entregarlo a la Justicia”, recordó.
Se refería al caso protagonizado por el camionero Francisco Wenner que ingresó ebrio y a contramano en una rotonda ocasionando la muerte del joven de 21 años. El hecho se produjo en 1994.
Wenner recuperó la libertad por haberse considerado el caso como “homicidio culposo”. Cuando la Justicia reconsideró el hecho no se lo pudo encontrar. Una investigación privada de familiares y amigos de la víctima, permitió localizarlo siete años después, en agosto de 2001, en la provincia de Buenos Aires. Al año siguiente en juicio oral y por “homicidio simple”, fue hallado culpable y condenado a ocho años de prisión.
El juez Daniel Rebagliati Russell, uno de los integrantes de la Cámara que lo juzgó, dijo en su fundamentación que “en esas condiciones, el imputado tuvo conciencia de la probabilidad del resultado producido, sin embargo consintió en empalmar su acción a la concreción del fin. Con su estado de ebriedad tuvo conciencia del riesgo que asumía y el resultado dañoso que su conducta implicaba”.
Para la fiscalía y la querella, se está frente a un “homicidio simple con dolo eventual” que prevé penas no excarcelables. Para el defensor del marinero el hecho cometido se encuadra en una calificación más leve, el delito de “homicidio culposo agravado”.
Los jueces Nieto Di Biase y García coincidieron con Zaratiegui y no cambiaron la calificación, aunque sí la situaciòn del imputado del delito, ya que de la libertad ambulatoria de Gabriel López, pasó a una prisiòn domicliaria y más tarde a un arresto en una celda común.#
El marinero que con alcohol y cocaína en sangre ocasionó un accidente con el saldo fatal de una mujer fallecida, puede cumplir una pena que lo lleve a la cárcel en caso de ser hallado culpable sobre el final del proceso, en el juicio oral y público. Así lo adelantaron los jueces Marcelo Nieto Di Biase y José García cuando dispusieron su arresto domiciliario, el que luego fue mutado por la de la Alcaidía policial de Trelew a raíz de que no se presentó su garante y con permisos para trabajar en una audiencia realizada en la Oficina Judicial de Rawson.
“La pena puede ser de cumplimiento efectivo por la magnitud del daño causado”, expresó en su resolución el juez Nieto de Biase.
Ante esta posibilidad y en la misma línea, García coincidió con la querella y la fiscalía en el sentido de que puede existir el riesgo de fuga por parte del imputado. De allí la decisión que finalmente adoptaron.
Hace dos semanas el juez César Zaratiegui había dispuesto la libertad del imputado con la obligación de presentarse periódicamente en la Oficina Judicial de Rawson.
Esta medida no conformó a la querella que pidió que dos jueces revisen esa decisión. Nieto Di Biase y García revisaron la medida que había adoptado Zaratiegui. La revisión de esta última decisión fue pedida por la querella, el abogado Sebastián Curtale, en representación de la familia de la víctima, postura a la que adhirió el Ministerio Público Fiscal, representada por Florencia Gómez en reemplazo de Osvaldo Heiber.
El imputado se llama Gabriel López, un marinero oriundo de Mar del Plata con trabajo en el Puerto Rawson. El 19 de marzo pasado tras haber consumido cocaína y con 1,20 gramos de alcohol en sangre (el permitido para conducir es 0,50) ingresaba a la capital provincial por ruta 7 conduciendo su camioneta Dodge Journey, se cruzó de carril y colisionó frontalmente a el WW Gol que manejaba Sandra Méndez de 46 años de edad. La víctima era una enfermera profesional que se dirigía a trabajar de Rawson a Trelew.
La mujer falleció en el Hospital de Rawson cuando los médicos de guardia le realizaban acciones de reanimación.
Respecto del “peligro de fuga”, el defensor del imputado, el abogado de Puerto Madryn, Gustavo Cruz, desestimó esta posibilidad en la conducta de su cliente y para ello destacó su voluntad de viajar en ómnibus desde Mar del Plata para hacerse presente en la audiencia de revisión.
Sobre su pedido para que López tenga la posibilidad además de trabajar como marinero, el defensor fundamentó esta solicitud en la necesidad de poder contar con recursos económicos ante los posibles resultados de la demanda civil en su contra. Sobre este último aspecto que al individuo también se le realizará una inhibición de bienes.
El caso Cibeira
El querellante Sebastián Curtale recordó a los jueces el caso de la muerte de un joven de Rawson, Federico Cibeira, durante un accidente ocasionado por un camionero que ingresaba a Trelew conduciendo en estado de ebriedad. “Produjo el accidente y estuvo siete años prófugo hasta que la misma familia de la víctima pudo encontrarlo y entregarlo a la Justicia”, recordó.
Se refería al caso protagonizado por el camionero Francisco Wenner que ingresó ebrio y a contramano en una rotonda ocasionando la muerte del joven de 21 años. El hecho se produjo en 1994.
Wenner recuperó la libertad por haberse considerado el caso como “homicidio culposo”. Cuando la Justicia reconsideró el hecho no se lo pudo encontrar. Una investigación privada de familiares y amigos de la víctima, permitió localizarlo siete años después, en agosto de 2001, en la provincia de Buenos Aires. Al año siguiente en juicio oral y por “homicidio simple”, fue hallado culpable y condenado a ocho años de prisión.
El juez Daniel Rebagliati Russell, uno de los integrantes de la Cámara que lo juzgó, dijo en su fundamentación que “en esas condiciones, el imputado tuvo conciencia de la probabilidad del resultado producido, sin embargo consintió en empalmar su acción a la concreción del fin. Con su estado de ebriedad tuvo conciencia del riesgo que asumía y el resultado dañoso que su conducta implicaba”.
Para la fiscalía y la querella, se está frente a un “homicidio simple con dolo eventual” que prevé penas no excarcelables. Para el defensor del marinero el hecho cometido se encuadra en una calificación más leve, el delito de “homicidio culposo agravado”.
Los jueces Nieto Di Biase y García coincidieron con Zaratiegui y no cambiaron la calificación, aunque sí la situaciòn del imputado del delito, ya que de la libertad ambulatoria de Gabriel López, pasó a una prisiòn domicliaria y más tarde a un arresto en una celda común.#