18 años de prisión por abusar de menores

Se trata de un hombre de 26 que fue encontrado culpable del delito en un hecho donde hay cuatro víctimas, con los que tenía relación de parentesco.

Imagen de archivo.
17 OCT 2018 - 11:53 | Actualizado

Tras el juicio llevado adelante en la sala de la cámara penal ubicada en el sexto piso de tribunales en Trelew, el tribunal integrado por Adrián Barrios, Alejandro Defranco y Florencio Minatta emitió la sentencia mediante la cual resolvió aplicar la pena de dieciocho años de prisión para una persona de 26 años, quien fue hallado autor material y penalmente responsable por cuatro hechos de abuso sexual en perjuicio de cuatro menores en relación de parentesco.

En su momento, fueron valoradas las pruebas presentadas durante el debate por el Ministerio Público Fiscal, a través de la fiscal general jefe Silvia Pereira para la determinación de la condena definitiva, permaneciendo el acusado detenido en el centro de detención de esta ciudad.

Se acreditaron durante el juicio como fueron los cuatro hechos endilgados siendo calificados como abuso sexual, dos de ellos con acceso carnal en la modalidad de delito continuado agravado por la situación de convivencia, un hecho de abuso sexual simple en modalidad de delito continuado también agravado por situación de convivencia y otro hecho de abuso sexual simple como delito continuado, enmarcados en los artículos 119 primero, tercero y cuarto párrafo inciso f, 55 y 55 contrario sensu del código penal.

La doctora Pereira había solicitado treinta años de prisión para delitos que van de 8 a 50 años de aplicación de pena, mientras que el defensor Martín Castro pidió el mínimo establecido, definiendo el cuerpo colegiado por unanimidad la imposición de dieciocho años de prisión, refiriendo a en algún momento de los votos respectivos a los rasgos de personalidad marcados por algunos problemas de salud mental, que disminuyen en forma notable el ámbito de autodeterminación del imputado, lo que amerita por disposición constitucional acercarse al mínimo legal. En base a todo ello, se entiende que dieciocho años de prisión es una única salida que hoy le puede brindar el sistema en aras a que en adelante pueda darse cuenta y modificar su conducta, siempre y cuando se someta a un tratamiento brindado por algún profesional de la psiquis, puesto que de lo contrario su situación seguramente se agravará sin tal abordaje.
 
 
 
 

Las más leídas

Imagen de archivo.
17 OCT 2018 - 11:53

Tras el juicio llevado adelante en la sala de la cámara penal ubicada en el sexto piso de tribunales en Trelew, el tribunal integrado por Adrián Barrios, Alejandro Defranco y Florencio Minatta emitió la sentencia mediante la cual resolvió aplicar la pena de dieciocho años de prisión para una persona de 26 años, quien fue hallado autor material y penalmente responsable por cuatro hechos de abuso sexual en perjuicio de cuatro menores en relación de parentesco.

En su momento, fueron valoradas las pruebas presentadas durante el debate por el Ministerio Público Fiscal, a través de la fiscal general jefe Silvia Pereira para la determinación de la condena definitiva, permaneciendo el acusado detenido en el centro de detención de esta ciudad.

Se acreditaron durante el juicio como fueron los cuatro hechos endilgados siendo calificados como abuso sexual, dos de ellos con acceso carnal en la modalidad de delito continuado agravado por la situación de convivencia, un hecho de abuso sexual simple en modalidad de delito continuado también agravado por situación de convivencia y otro hecho de abuso sexual simple como delito continuado, enmarcados en los artículos 119 primero, tercero y cuarto párrafo inciso f, 55 y 55 contrario sensu del código penal.

La doctora Pereira había solicitado treinta años de prisión para delitos que van de 8 a 50 años de aplicación de pena, mientras que el defensor Martín Castro pidió el mínimo establecido, definiendo el cuerpo colegiado por unanimidad la imposición de dieciocho años de prisión, refiriendo a en algún momento de los votos respectivos a los rasgos de personalidad marcados por algunos problemas de salud mental, que disminuyen en forma notable el ámbito de autodeterminación del imputado, lo que amerita por disposición constitucional acercarse al mínimo legal. En base a todo ello, se entiende que dieciocho años de prisión es una única salida que hoy le puede brindar el sistema en aras a que en adelante pueda darse cuenta y modificar su conducta, siempre y cuando se someta a un tratamiento brindado por algún profesional de la psiquis, puesto que de lo contrario su situación seguramente se agravará sin tal abordaje.
 
 
 
 


NOTICIAS RELACIONADAS