Coparticipación: la Corte Suprema falló a favor de un reclamo de La Pampa

El máximo tribunal le ordenó al Estado Nacional que devuelva a la provincia pampeana ingresos que le correspondían por la ley de Coparticipación Federal y le eran retenidos.

06 NOV 2018 - 19:13 | Actualizado

La Corte Suprema anuló este martes un decreto presidencial firmado por Carlos Menem y ordenó devolverle a la provincia de La Pampa una importante suma de dinero producto de ingresos de la coparticipación mal descontados desde 1991 por parte del Estado Nacional. El fallo lleva la firma de los jueces Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti, los tres miembros del máximo tribunal que este mismo martes no participaron del almuerzo en Casa Rosada en el que el presidente Mauricio Macri recibió al titular de la Corte, Carlos Rosenkrantz, y a la vice Elena Highton de Nolasco.

La Corte declaró inconstitucional un decreto del Poder Ejecutivo que autorizaba al Estado a detraer unilateralmente un porcentaje de los fondos coparticipables que correspondían a la provincia, en miras a reordenar y dotar de financiamiento a la AFIP. De esta manera, el máximo tribunal consideró que el Presidente no puede modificar unilateralmenteun régimen que según exige la Constitución Nacional debe ser acordado por todas las provincias y el Estado nacional.

La Corte solicitó también "admitir la excepción de prescripción deducida con respecto a las detracciones efectuadas entre los días 1° y 29 de marzo de 2002" y "condenar al Estado Nacional a pagar a la Provincia de La Pampa, con los alcances establecidos, la suma que resulte del cálculo de las cantidades detraídas en virtud del decreto 1399/01, con más los intereses según la legislación que resulte aplicable". En 2015, la Corte ya había fallado de manera similar a favor de un reclamo de Santa Fe y San Luis.

(Fuente: Gaceta Mercantil)

06 NOV 2018 - 19:13

La Corte Suprema anuló este martes un decreto presidencial firmado por Carlos Menem y ordenó devolverle a la provincia de La Pampa una importante suma de dinero producto de ingresos de la coparticipación mal descontados desde 1991 por parte del Estado Nacional. El fallo lleva la firma de los jueces Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti, los tres miembros del máximo tribunal que este mismo martes no participaron del almuerzo en Casa Rosada en el que el presidente Mauricio Macri recibió al titular de la Corte, Carlos Rosenkrantz, y a la vice Elena Highton de Nolasco.

La Corte declaró inconstitucional un decreto del Poder Ejecutivo que autorizaba al Estado a detraer unilateralmente un porcentaje de los fondos coparticipables que correspondían a la provincia, en miras a reordenar y dotar de financiamiento a la AFIP. De esta manera, el máximo tribunal consideró que el Presidente no puede modificar unilateralmenteun régimen que según exige la Constitución Nacional debe ser acordado por todas las provincias y el Estado nacional.

La Corte solicitó también "admitir la excepción de prescripción deducida con respecto a las detracciones efectuadas entre los días 1° y 29 de marzo de 2002" y "condenar al Estado Nacional a pagar a la Provincia de La Pampa, con los alcances establecidos, la suma que resulte del cálculo de las cantidades detraídas en virtud del decreto 1399/01, con más los intereses según la legislación que resulte aplicable". En 2015, la Corte ya había fallado de manera similar a favor de un reclamo de Santa Fe y San Luis.

(Fuente: Gaceta Mercantil)


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