Ricardo Lens: “No hubo ninguna falta grave de Alesi”

Ricardo Lens será el defensor del suspendido juez de Familia de Rawson, Martín Alesi, quien deberá afrontar un jury decidido por el Superior Tribunal de Justicia tras un presunto incidente con el ministro Mario Vivas en un restaurante de Trelew.

12 MAR 2019 - 21:26 | Actualizado

Alesi fue suspendido por el Tribunal de Enjuiciamiento de la Provincia y cobrará la mitad de su sueldo hasta la sentencia, que concluya el proceso en su contra. El magistrado será enjuiciado por “inconducta”.
Lens aseguró a Jornada que “el tema excede el apellido de Alesi, es algo que va más allá porque se está obviando totalmente al Consejo de la Magistratura, que por disposición constitucional es quien debe hacer el sumario en estos casos”. El abogado contó que el magistrado denunciado “me vio el sábado de la otra semana y me trajo cuestiones que pude leer para ver qué postura adoptar frente a esa situación; esto luego de haber aceptado defenderlo, ya que me lo pidió tanto él como varias personas”.
Tras leer el expediente, Lens realizó dos presentaciones: un pedido de nulidad por tratarse de un tema de competencia del Consejo una recusación contra Alejandro Panizzi, presidente del STJ e integrante del Tribunal de Enjuiciamiento.
“Algunos que pudieran desconocer el Derecho Constitucional podría hacer una interpretación distinta debido a que hay un artículo que dice que de oficio podría remitir tanto el Superior como el Consejo como el Ministerio Público Fiscal actuaciones al Tribunal de Enjuiciamiento y por las cuales se comprueba que se ha cometido falta grave o delitos comunes de parte de algunos de los magistrados o funcionarios contemplados en el artículo 209 de la Constitución”.
Lens aclaró que sin embargo esa situación “debe ser compaginada con el resto de la Constitución, porque es un sistema, no se la puede parcializar”. Explicó que si se parcializa, “significaría que el Superior está habilitado para enviar en algunos casos directamente al jury; entonces deberíamos suprimir la función del Consejo”.
Según el abogado, esta situación “es mucho más importante que la gravedad o no de la falta, que desde ya aseguro, estoy convencido que no hubo ninguna falta; no se puede hablar de gravedad en nada”. Lens fue contundente: “Se está asumiendo una competencia que no corresponde; el sumario debió hacerlo el Consejo”.
Además de Panizzi, al Tribunal de Enjuiciamiento lo componen dos abogados del foro, y los diputados Ingram y Grazzini. Por 4 votos a 1 suspendieron a Alesi.
Es el primer magistrado en la historia institucional de la provincia que el STJ envía a un jury por un supuesto hecho ajeno a su función jurisdiccional, sin pasar por el Consejo.#

 

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12 MAR 2019 - 21:26

Alesi fue suspendido por el Tribunal de Enjuiciamiento de la Provincia y cobrará la mitad de su sueldo hasta la sentencia, que concluya el proceso en su contra. El magistrado será enjuiciado por “inconducta”.
Lens aseguró a Jornada que “el tema excede el apellido de Alesi, es algo que va más allá porque se está obviando totalmente al Consejo de la Magistratura, que por disposición constitucional es quien debe hacer el sumario en estos casos”. El abogado contó que el magistrado denunciado “me vio el sábado de la otra semana y me trajo cuestiones que pude leer para ver qué postura adoptar frente a esa situación; esto luego de haber aceptado defenderlo, ya que me lo pidió tanto él como varias personas”.
Tras leer el expediente, Lens realizó dos presentaciones: un pedido de nulidad por tratarse de un tema de competencia del Consejo una recusación contra Alejandro Panizzi, presidente del STJ e integrante del Tribunal de Enjuiciamiento.
“Algunos que pudieran desconocer el Derecho Constitucional podría hacer una interpretación distinta debido a que hay un artículo que dice que de oficio podría remitir tanto el Superior como el Consejo como el Ministerio Público Fiscal actuaciones al Tribunal de Enjuiciamiento y por las cuales se comprueba que se ha cometido falta grave o delitos comunes de parte de algunos de los magistrados o funcionarios contemplados en el artículo 209 de la Constitución”.
Lens aclaró que sin embargo esa situación “debe ser compaginada con el resto de la Constitución, porque es un sistema, no se la puede parcializar”. Explicó que si se parcializa, “significaría que el Superior está habilitado para enviar en algunos casos directamente al jury; entonces deberíamos suprimir la función del Consejo”.
Según el abogado, esta situación “es mucho más importante que la gravedad o no de la falta, que desde ya aseguro, estoy convencido que no hubo ninguna falta; no se puede hablar de gravedad en nada”. Lens fue contundente: “Se está asumiendo una competencia que no corresponde; el sumario debió hacerlo el Consejo”.
Además de Panizzi, al Tribunal de Enjuiciamiento lo componen dos abogados del foro, y los diputados Ingram y Grazzini. Por 4 votos a 1 suspendieron a Alesi.
Es el primer magistrado en la historia institucional de la provincia que el STJ envía a un jury por un supuesto hecho ajeno a su función jurisdiccional, sin pasar por el Consejo.#