La Corte declaró inconstitucional cobrarle Ganancias a los jubilados

Así lo resolvió en un caso particular, el de María Isabel García, pero se proyecta a centenares de causas que tramitan ante el máximo tribunal e instancias inferiores, e impacta sobre cientos de miles de casos de jubilados.

26 MAR 2019 - 11:03 | Actualizado

 


   Así lo resolvió en el caso particular de María Isabel García, quien inició la demanda en Entre Ríos, pero que se proyecta a centenares de causas que tramitan ante el máximo tribunal e instancias inferiores.

   Además, impacta sobre cientos de miles de casos de jubilados que, por superar un haber mensual de $62.462,22, pagan el tributo.

   La decisión, que ordenó devolver a la jubilada lo que se le retuvo desde que promovió la demanda en 2015 -cuando tenía 79 años de edad- y cesar la deducción de sus haberes previsionales, fue tomada por mayoría.

   La vicepresidente de la Corte Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rossatti votaron por confirmar las sentencias de primera y segunda instancia de la justicia federal de Paraná, en tanto que el presidente Carlos Rosenkrantz lo hizo en disidencia, a favor de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

   El argumento para el cobro del tributo a jubilados y pensionados con haberes elevados se basa en que se encuentran en mejor situación que la mayoría del colectivo. 

   Cuando promovió la demanda, García cobraba un haber 15 veces superior al promedio del país, entonces de algo más de $5.000.

   “A partir de la reforma constitucional de 1994, cobra especial énfasis el deber del legislador de estipular respuestas especiales y diferenciadas para los sectores vulnerables, con el objeto de asegurarles el goce pleno y efectivo de todos sus derechos”, recordó el voto mayoritario.
 

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26 MAR 2019 - 11:03

 


   Así lo resolvió en el caso particular de María Isabel García, quien inició la demanda en Entre Ríos, pero que se proyecta a centenares de causas que tramitan ante el máximo tribunal e instancias inferiores.

   Además, impacta sobre cientos de miles de casos de jubilados que, por superar un haber mensual de $62.462,22, pagan el tributo.

   La decisión, que ordenó devolver a la jubilada lo que se le retuvo desde que promovió la demanda en 2015 -cuando tenía 79 años de edad- y cesar la deducción de sus haberes previsionales, fue tomada por mayoría.

   La vicepresidente de la Corte Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rossatti votaron por confirmar las sentencias de primera y segunda instancia de la justicia federal de Paraná, en tanto que el presidente Carlos Rosenkrantz lo hizo en disidencia, a favor de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

   El argumento para el cobro del tributo a jubilados y pensionados con haberes elevados se basa en que se encuentran en mejor situación que la mayoría del colectivo. 

   Cuando promovió la demanda, García cobraba un haber 15 veces superior al promedio del país, entonces de algo más de $5.000.

   “A partir de la reforma constitucional de 1994, cobra especial énfasis el deber del legislador de estipular respuestas especiales y diferenciadas para los sectores vulnerables, con el objeto de asegurarles el goce pleno y efectivo de todos sus derechos”, recordó el voto mayoritario.
 


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