PAE fue autorizada a exportar gas a Chile

El Gobierno nacional autorizó a la compañía petrolera Pan American Energy (PAE) la exportación de gas natural a Chile desde hoy y hasta el 1° de mayo de 2020.

26 ABR 2019 - 9:47 | Actualizado

 


   Lo hizo a través de la resolución 30/2019 de la Secretaría de Energía, publicada en el Boletín Oficial y que otorga una autorización para la exportación de gas natural de carácter interrumpible.

   La normativa permite un volumen máximo de 427 millones de metros cúbicos de gas natural desde las concesiones de explotación Lindero Atravesado y Aguada San Roque, ubicadas en la provincia del Neuquén, con destino a Enel Generación Chile Sociedad Anónima (ENEL).

   Se estableció asimismo que la calidad del gas será de 9.300 kilocalorías por metro cúbico, mientras el volumen máximo de exportación fue establecido en un millón de metros cúbicos por día.

   También se indicó que los suministros previstos podrán ser interrumpidos, a los fines de garantizar la seguridad de abastecimiento del mercado interno.

   La norma precisó que la autorización de exportación caducará automáticamente si transcurrido el plazo de 45 días, computados a partir de la fecha de su publicación, no se efectiviza la primera exportación comercial de gas natural.

   La petrolera deberá informar mensualmente a la Secretaría de Energía con carácter de declaración jurada, los volúmenes mensualmente exportados.
 

 

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26 ABR 2019 - 9:47

 


   Lo hizo a través de la resolución 30/2019 de la Secretaría de Energía, publicada en el Boletín Oficial y que otorga una autorización para la exportación de gas natural de carácter interrumpible.

   La normativa permite un volumen máximo de 427 millones de metros cúbicos de gas natural desde las concesiones de explotación Lindero Atravesado y Aguada San Roque, ubicadas en la provincia del Neuquén, con destino a Enel Generación Chile Sociedad Anónima (ENEL).

   Se estableció asimismo que la calidad del gas será de 9.300 kilocalorías por metro cúbico, mientras el volumen máximo de exportación fue establecido en un millón de metros cúbicos por día.

   También se indicó que los suministros previstos podrán ser interrumpidos, a los fines de garantizar la seguridad de abastecimiento del mercado interno.

   La norma precisó que la autorización de exportación caducará automáticamente si transcurrido el plazo de 45 días, computados a partir de la fecha de su publicación, no se efectiviza la primera exportación comercial de gas natural.

   La petrolera deberá informar mensualmente a la Secretaría de Energía con carácter de declaración jurada, los volúmenes mensualmente exportados.
 

 


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