Muerte del trapito: para la defensora del camionero no hay ningún delito en el caso

La Fiscalía y la defensa cruzaron argumentos ante el juez Soñis. ParaPettinari, la defensora estatal, no hay ningún delito. El Fiscal exclamó que fue un homicidio culposo agravado.

18 JUL 2020 - 20:56 | Actualizado

Por videoconferencia se concretó ayer por la mañana, la audiencia de control de detención y apertura de la investigación en contra del camionero Alejandro Sebastián Pinto. La audiencia fue en relación al homicidio culposo donde murió Cristian Soto, un limpia vidrios de la ciudad.

En la audiencia, la defensa del camionero autor de la muerte, dijo que no encuentran delito en todo lo que pasó.

Los representantes de fiscalía solicitaron que se le formalice el hecho acontecido el pasado 14 de julio bajo la calificación legal provisoria de homicidio culposo agravado por la conducción imprudente y por darse a la fuga, en calidad de autor para Pinto. La Fiscalía pidió que se dicte su prisión preventiva. En contraposición la defensa se opuso a la formalización y al dictado de la medida de coerción pidiendo su libertad. Cuestionó los elementos que la Fiscalía expuso en esta etapa inicial de la causa.

Presidió el acto el juez penal Alejandro Soñis; por el Ministerio Público Fiscal asistieron Marcelo Cretton, fiscal general y Fabiola López, funcionaria de fiscalía; en tanto que la defensa del imputado fue ejercida por Lucía Pettinari, abogada del Ministerio Público de la Defensa Penal.

El hecho

La funcionaria de fiscalía hizo referencia al hecho a investigar “cuando el pasado 14 de julio, siendo las 16:20 aproximadamente, la víctima Cristian Mariano Soto se encontraba lavando vidrios sobre la Av. Yrigoyen al 3.200 y al ponerse la luz roja detuvo su marcha un camión 120 Scania, el cual era conducido por el imputado Alejandro Sebastián Pinto”, informó.

Seguidamente “al ponerse el semáforo en verde inició su marcha y sin tomar los recaudos necesarios y de manera imprudente embistió a Cristian Soto. Éste último a raíz del impacto sufrió fractura costal múltiple bilateral y fractura múltiple de traumatismo de cráneo encefálico con exteriorización de masa encefálica, provocándole la muerte instantánea. El caso está provisoriamente calificado como homicidio culposo agravado por la conducción imprudente y por darse a la fuga en calidad de autor para Pinto”.

Defensa

En contraposición la defensora se opuso a la formalización del hecho sosteniendo que a su entender “no encuentra delito en el hecho” imputado, preguntándose “¿Cuál es el obrar de mi defendido para achacarle una conducta culposa? Y ¿Cuál es la acción riesgosa antirreglamentaria? Si arranca con el semáforo en verde y sin maniobra brusca ni llamativa”. Para el defensor el delito de homicidio culposo agravado, no aplica a la conducta que el camionero empleó.

Por su parte la defensora Pettinari se opuso al dictado de la medida de coerción y que el imputado “debe transitar el proceso en libertad”. Tiene trabajo estable y familia en Villa Regina, destacó la defensora, mientras pidió su libertad.

Seguidamente el fiscal Cretton solicitó la prisión preventiva del imputado por un mes ya que hubo alerte de dos conductores de lo sucedido al camionero, y por la existencia de elementos de convicción suficientes para tenerlo como probable autor del hecho; y por la existencia del peligro de fuga por falta de arraigo. También el fiscal invocó las características graves del hecho y la pena en espera; como también la importancia del daño causado y la actitud que adoptó Pinto de minimizar el hecho y huir. Requiriendo por último el plazo de Ley, 6 meses, para concluir con la investigación.

Resolución

Finalmente el juez penal resolvió formalizar la apertura de investigación por el hecho relatado y en base a la calificación legal provisoria escogida, dando por anoticiado al imputado de los mismos y por asegurada su defensa técnica. Dictando finalmente su prisión preventiva por el término de 15 días, en base a la falta de arraigo y que “alertado por un testigo de lo que había sucedido siguió su marcha”. Mencionando en su resolución la probabilidad de autoría del imputado y el peligro de fuga.

Por último la defensora pidió la revisión de la decisión ante dos jueces, a lo cual se hizo lugar.

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18 JUL 2020 - 20:56

Por videoconferencia se concretó ayer por la mañana, la audiencia de control de detención y apertura de la investigación en contra del camionero Alejandro Sebastián Pinto. La audiencia fue en relación al homicidio culposo donde murió Cristian Soto, un limpia vidrios de la ciudad.

En la audiencia, la defensa del camionero autor de la muerte, dijo que no encuentran delito en todo lo que pasó.

Los representantes de fiscalía solicitaron que se le formalice el hecho acontecido el pasado 14 de julio bajo la calificación legal provisoria de homicidio culposo agravado por la conducción imprudente y por darse a la fuga, en calidad de autor para Pinto. La Fiscalía pidió que se dicte su prisión preventiva. En contraposición la defensa se opuso a la formalización y al dictado de la medida de coerción pidiendo su libertad. Cuestionó los elementos que la Fiscalía expuso en esta etapa inicial de la causa.

Presidió el acto el juez penal Alejandro Soñis; por el Ministerio Público Fiscal asistieron Marcelo Cretton, fiscal general y Fabiola López, funcionaria de fiscalía; en tanto que la defensa del imputado fue ejercida por Lucía Pettinari, abogada del Ministerio Público de la Defensa Penal.

El hecho

La funcionaria de fiscalía hizo referencia al hecho a investigar “cuando el pasado 14 de julio, siendo las 16:20 aproximadamente, la víctima Cristian Mariano Soto se encontraba lavando vidrios sobre la Av. Yrigoyen al 3.200 y al ponerse la luz roja detuvo su marcha un camión 120 Scania, el cual era conducido por el imputado Alejandro Sebastián Pinto”, informó.

Seguidamente “al ponerse el semáforo en verde inició su marcha y sin tomar los recaudos necesarios y de manera imprudente embistió a Cristian Soto. Éste último a raíz del impacto sufrió fractura costal múltiple bilateral y fractura múltiple de traumatismo de cráneo encefálico con exteriorización de masa encefálica, provocándole la muerte instantánea. El caso está provisoriamente calificado como homicidio culposo agravado por la conducción imprudente y por darse a la fuga en calidad de autor para Pinto”.

Defensa

En contraposición la defensora se opuso a la formalización del hecho sosteniendo que a su entender “no encuentra delito en el hecho” imputado, preguntándose “¿Cuál es el obrar de mi defendido para achacarle una conducta culposa? Y ¿Cuál es la acción riesgosa antirreglamentaria? Si arranca con el semáforo en verde y sin maniobra brusca ni llamativa”. Para el defensor el delito de homicidio culposo agravado, no aplica a la conducta que el camionero empleó.

Por su parte la defensora Pettinari se opuso al dictado de la medida de coerción y que el imputado “debe transitar el proceso en libertad”. Tiene trabajo estable y familia en Villa Regina, destacó la defensora, mientras pidió su libertad.

Seguidamente el fiscal Cretton solicitó la prisión preventiva del imputado por un mes ya que hubo alerte de dos conductores de lo sucedido al camionero, y por la existencia de elementos de convicción suficientes para tenerlo como probable autor del hecho; y por la existencia del peligro de fuga por falta de arraigo. También el fiscal invocó las características graves del hecho y la pena en espera; como también la importancia del daño causado y la actitud que adoptó Pinto de minimizar el hecho y huir. Requiriendo por último el plazo de Ley, 6 meses, para concluir con la investigación.

Resolución

Finalmente el juez penal resolvió formalizar la apertura de investigación por el hecho relatado y en base a la calificación legal provisoria escogida, dando por anoticiado al imputado de los mismos y por asegurada su defensa técnica. Dictando finalmente su prisión preventiva por el término de 15 días, en base a la falta de arraigo y que “alertado por un testigo de lo que había sucedido siguió su marcha”. Mencionando en su resolución la probabilidad de autoría del imputado y el peligro de fuga.

Por último la defensora pidió la revisión de la decisión ante dos jueces, a lo cual se hizo lugar.


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