Madryn: 12 años de prisión por el crimen de un jubilado

El tribunal estableció una nueva condena a cumplir por parte de Isaac Oscar Agustín Johnston, el tercer involucrado en la muerte de Santos Eliberto Ramos.

09 SEP 2020 - 10:04 | Actualizado

Los jueces penales Marcelo Francisco Orlando, Raquel Susana Tassello y Carla Jesica Yamila Flores –esta última actuando como juez de refuerzo – redefinieron la pena impuesta en un fallo de primera a instancia a Johnston, luego de que el Superior Tribunal de Justicia a principios de este año hiciera lugar de manera parcial a una impugnación planteada por los defensores del condenado.

A principios de este año la Sala Penal del STJ confirmó las sentencias de primera instancia y también de la Cámara Penal de Puerto Madryn en cuanto a la materialidad, autoría y calificación legal del hecho por el cual fue condenado Isaac Johnston, pero revocaron la sanción impuesta y reenviaron la causa para la realización de una nueva cesura de pena.

El hecho por el cual fue juzgado Johnston, junto a otra persona identificada como Iván Almonacid, ocurrió en las primeras horas del viernes 9 de junio de 2017 sobre la avenida Hipólito Yrigoyen de Puerto Madryn, cuando tres personas –incluidos ambos condenados - abordaron al jubilado Santos Ramos en momentos que este y una mujer ascendían a un vehículo. El ataque que en principio se inició como un robo se transformó en una agresión física por más de una hora.

Uno de los asaltantes se fue con pertenencias del jubilado y los otros dos continuaron con la agresión a la víctima hasta que el mismo perdió el conocimiento y allí iniciaron la fuga, pero fueron detenidos minutos después por personal policial que fue alertado por la mujer que acompañaba al fallecido.

Por esos hechos tanto Johnston como Almonacid fueron condenados, pero a raíz de la revisión solicitada por el STJ, un nuevo tribunal cumplió con ese acto y tras analizar los planteos efectuados tanto por la fiscalía, como por la querella y el defensor público que representó al condenado, redefinió la pena a cumplir por el mismo, estableciendo en 12 años de prisión la misma por considerarlo coautor de Homicidio en Ocasión de Robo en el hecho ocurrido el 9 de junio de 2017 en Puerto Madryn, y del cual resultaran víctimas Santos Eliberto Ramos y Miriam Paola De La Torre.

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09 SEP 2020 - 10:04

Los jueces penales Marcelo Francisco Orlando, Raquel Susana Tassello y Carla Jesica Yamila Flores –esta última actuando como juez de refuerzo – redefinieron la pena impuesta en un fallo de primera a instancia a Johnston, luego de que el Superior Tribunal de Justicia a principios de este año hiciera lugar de manera parcial a una impugnación planteada por los defensores del condenado.

A principios de este año la Sala Penal del STJ confirmó las sentencias de primera instancia y también de la Cámara Penal de Puerto Madryn en cuanto a la materialidad, autoría y calificación legal del hecho por el cual fue condenado Isaac Johnston, pero revocaron la sanción impuesta y reenviaron la causa para la realización de una nueva cesura de pena.

El hecho por el cual fue juzgado Johnston, junto a otra persona identificada como Iván Almonacid, ocurrió en las primeras horas del viernes 9 de junio de 2017 sobre la avenida Hipólito Yrigoyen de Puerto Madryn, cuando tres personas –incluidos ambos condenados - abordaron al jubilado Santos Ramos en momentos que este y una mujer ascendían a un vehículo. El ataque que en principio se inició como un robo se transformó en una agresión física por más de una hora.

Uno de los asaltantes se fue con pertenencias del jubilado y los otros dos continuaron con la agresión a la víctima hasta que el mismo perdió el conocimiento y allí iniciaron la fuga, pero fueron detenidos minutos después por personal policial que fue alertado por la mujer que acompañaba al fallecido.

Por esos hechos tanto Johnston como Almonacid fueron condenados, pero a raíz de la revisión solicitada por el STJ, un nuevo tribunal cumplió con ese acto y tras analizar los planteos efectuados tanto por la fiscalía, como por la querella y el defensor público que representó al condenado, redefinió la pena a cumplir por el mismo, estableciendo en 12 años de prisión la misma por considerarlo coautor de Homicidio en Ocasión de Robo en el hecho ocurrido el 9 de junio de 2017 en Puerto Madryn, y del cual resultaran víctimas Santos Eliberto Ramos y Miriam Paola De La Torre.


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