Provincia pide circulación por DNI en Comodoro, Madryn, Rawson, Trelew y las localidades del Valle

A pesar de ello, cada municipio podrá establecer limitaciones o mayores restricciones que consideren oportunas. Las medidas preventivas regirán en Chubut hasta el 10 de noviembre. En algunas ciudades se dispone el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio y, en otras, el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio. Asimismo, se aclaró que continúan suspendidas las reuniones sociales y que las actividades deportivas solo se podrán realizar en espacios abiertos, respetando el sistema de terminación del DNI.

27 OCT 2020 - 18:32 | Actualizado

El Gobierno Provincial dictó el DNU N° 1036 mediante el cual se determinan las medidas preventivas y de protección que regirán en Chubut hasta el próximo 10 de noviembre a las 0 horas, aunque se establecen pautas diferenciadas de aplicación ya que en algunas ciudades se dispone el Aislamiento, Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) y en otras el sistema será el de Distanciamiento Social, Preventivo Obligatorio (DISPO).

El ASPO se aplicará en Comodoro Rivadavia, Rada Tilly (Departamento Escalante), Sarmiento, Buen Pasto (Departamento Sarmiento), Puerto Madryn, Puerto Pirámides (Departamento Biedma), Rawson, Trelew (Departamento Rawson), Gaiman, Dolavon, 28 de Julio y Dique Florentino Ameghino (Departamento Gaiman).

En el resto de las ciudades y localidades de Chubut se establece el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO). En todo el territorio de la provincia del Chubut sigue suspendida la posibilidad de realizar reuniones familiares o sociales.

Reglas del ASPO que regirán en la mayoría de las ciudades chubutenses

El Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio estará vigente hasta las 0 horas del 10 de noviembre en Comodoro Rivadavia, Sarmiento, Rada Tilly, Buen Pasto, Puerto Madryn, Puerto Pirámides, Rawson, Trelew, Gaiman, Dolavon, 28 de Julio y Dique Florentino Ameghino.

La circulación de las personas estará habilitada de lunes a domingo de 7 a 21,30 horas, según la terminación par o impar de su DNI. Las personas con DNI terminado en número impar lo podrán hacer los días impares, y las personas cuyo DNI finalice en número par los días pares.

Están exceptuadas de esta restricción, las personas que “deban circular como consecuencia de la actividad que desarrollan, las personas que deban circular transitoriamente por motivos de urgencia justificada o por tratar de personal esencial o afectado a actividad permitida con horario fuera del enmarcado”.

Los vehículos no podrán circular con más de dos personas en el interior de su cabina.

Las actividades y servicios podrán prestarse de lunes a domingo hasta las 21 horas, y quedan exceptuadas de esta restricción “las farmacias, veterinarias, kioscos y estaciones de servicio”.

Los comercios del rubro gastronómico y de venta de productos alimenticios elaborados funcionarán con el siguiente cronograma: Servicio de retiro en el local, de lunes a domingo hasta las 21; Servicio de envío a domicilio (Delivery), de lunes a jueves hasta las 23 horas y viernes a domingo hasta las 0 horas; y servicio de consumo en el local (con turnos previos), de lunes a jueves hasta las 23 horas y viernes a domingo hasta las 0 horas.

Se dispone además que “los municipios podrán establecer las limitaciones o las mayores restricciones que consideren oportunas y pertinentes a los fines de la protección de la salud de su población”.

Está prohibido el funcionamiento de bares, cervecerías, confiterías nocturnas y clubes sociales. Los gimnasios podrán funcionar de lunes a sábado, hasta las 21 horas, debiendo operar “mediante sistema de turnos previos, no pudiendo concurrir un número mayor de 10 personas por turno”.

Se establece que “quedan transitoriamente prohibidas la totalidad de las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas que se desarrollen en espacios cerrados o al aire libre, o que impliquen reunión de personas”.

Sí se podrán realizar actividades deportivas en espacios abiertos o cerrados, a practicarse de manera individual o en duplas, siempre que no se trate de actividades de contacto o que implique posible contacto y que no se utilicen elementos de juego (salvo cuando los mismos sean de uso personal).

Las actividades al aire libre se deberán realizar de manera individual respetando el sistema de terminación par e impar del DNI, a excepción de los padres que desarrollan actividades junto a sus hijos y serán responsables por el cumplimiento de las normas.

Los niños deberán mantenerse alejados de otros menores para respetar la máxima de distanciamiento social.

27 OCT 2020 - 18:32

El Gobierno Provincial dictó el DNU N° 1036 mediante el cual se determinan las medidas preventivas y de protección que regirán en Chubut hasta el próximo 10 de noviembre a las 0 horas, aunque se establecen pautas diferenciadas de aplicación ya que en algunas ciudades se dispone el Aislamiento, Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) y en otras el sistema será el de Distanciamiento Social, Preventivo Obligatorio (DISPO).

El ASPO se aplicará en Comodoro Rivadavia, Rada Tilly (Departamento Escalante), Sarmiento, Buen Pasto (Departamento Sarmiento), Puerto Madryn, Puerto Pirámides (Departamento Biedma), Rawson, Trelew (Departamento Rawson), Gaiman, Dolavon, 28 de Julio y Dique Florentino Ameghino (Departamento Gaiman).

En el resto de las ciudades y localidades de Chubut se establece el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO). En todo el territorio de la provincia del Chubut sigue suspendida la posibilidad de realizar reuniones familiares o sociales.

Reglas del ASPO que regirán en la mayoría de las ciudades chubutenses

El Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio estará vigente hasta las 0 horas del 10 de noviembre en Comodoro Rivadavia, Sarmiento, Rada Tilly, Buen Pasto, Puerto Madryn, Puerto Pirámides, Rawson, Trelew, Gaiman, Dolavon, 28 de Julio y Dique Florentino Ameghino.

La circulación de las personas estará habilitada de lunes a domingo de 7 a 21,30 horas, según la terminación par o impar de su DNI. Las personas con DNI terminado en número impar lo podrán hacer los días impares, y las personas cuyo DNI finalice en número par los días pares.

Están exceptuadas de esta restricción, las personas que “deban circular como consecuencia de la actividad que desarrollan, las personas que deban circular transitoriamente por motivos de urgencia justificada o por tratar de personal esencial o afectado a actividad permitida con horario fuera del enmarcado”.

Los vehículos no podrán circular con más de dos personas en el interior de su cabina.

Las actividades y servicios podrán prestarse de lunes a domingo hasta las 21 horas, y quedan exceptuadas de esta restricción “las farmacias, veterinarias, kioscos y estaciones de servicio”.

Los comercios del rubro gastronómico y de venta de productos alimenticios elaborados funcionarán con el siguiente cronograma: Servicio de retiro en el local, de lunes a domingo hasta las 21; Servicio de envío a domicilio (Delivery), de lunes a jueves hasta las 23 horas y viernes a domingo hasta las 0 horas; y servicio de consumo en el local (con turnos previos), de lunes a jueves hasta las 23 horas y viernes a domingo hasta las 0 horas.

Se dispone además que “los municipios podrán establecer las limitaciones o las mayores restricciones que consideren oportunas y pertinentes a los fines de la protección de la salud de su población”.

Está prohibido el funcionamiento de bares, cervecerías, confiterías nocturnas y clubes sociales. Los gimnasios podrán funcionar de lunes a sábado, hasta las 21 horas, debiendo operar “mediante sistema de turnos previos, no pudiendo concurrir un número mayor de 10 personas por turno”.

Se establece que “quedan transitoriamente prohibidas la totalidad de las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas que se desarrollen en espacios cerrados o al aire libre, o que impliquen reunión de personas”.

Sí se podrán realizar actividades deportivas en espacios abiertos o cerrados, a practicarse de manera individual o en duplas, siempre que no se trate de actividades de contacto o que implique posible contacto y que no se utilicen elementos de juego (salvo cuando los mismos sean de uso personal).

Las actividades al aire libre se deberán realizar de manera individual respetando el sistema de terminación par e impar del DNI, a excepción de los padres que desarrollan actividades junto a sus hijos y serán responsables por el cumplimiento de las normas.

Los niños deberán mantenerse alejados de otros menores para respetar la máxima de distanciamiento social.


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