Incendios: Nación declaró la zona de desastre

El Gobierno promulgó la ley 27.616, que declara zona de desastre y de emergencia ambiental, económica, social y productiva a las zonas afectadas por los incendios forestales en las provincias del Chubut y Río Negro.

21 ABR 2021 - 21:06 | Actualizado

La medida se extenderá por 180 días pero puede ser prorrogada por un período similar por el Poder Ejecutivo Nacional. La declaración alcanza al departamento de Cushamen de Chubut y la zona de El Bolsón en el departamento de Bariloche de Río Negro, afectados por los incendios forestales acaecidos durante el último verano y en especial a partir del 7 de marzo de este año.

La Ley dispone que el Poder Ejecutivo destinará una partida especial para afrontar las acciones de asistencia y reconstrucción de las personas y economías afectadas, y además que se amplíen los fondos destinados a la cobertura de planes sociales.

En el orden de las obras públicas, se procederá, con carácter de urgencia, a la asignación de partidas con la finalidad de llevar a cabo la reparación y/o construcción de viviendas e instalaciones en las zonas rurales y urbanas afectadas o que resulten necesarias como consecuencia de los factores que dieron origen a la presente declaración, previo estudio del conjunto de las mismas, que permita establecer prioridades para el empleo de los fondos disponibles, según la ley.

Se dispone asistencia financiera especial para las actividades económicas damnificadas; otorgamiento de créditos que permitan lograr la reparación de viviendas e instalaciones afectadas; unificación de las deudas que mantengan las explotaciones afectadas con cada institución bancaria interviniente y suspensión de hasta 90 días y/o ciclo productivo después de finalizado el período de zona de desastre y/o emergencia económica y social de la iniciación de juicios y procedimientos administrativos por cobros de acreencias vencidas con anterioridad a la emergencia o desastre.

AFIP y la ANSeS podrán instrumentar regímenes especiales de pago que contemplen expresamente a los contribuyentes afectados por los incendios.

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21 ABR 2021 - 21:06

La medida se extenderá por 180 días pero puede ser prorrogada por un período similar por el Poder Ejecutivo Nacional. La declaración alcanza al departamento de Cushamen de Chubut y la zona de El Bolsón en el departamento de Bariloche de Río Negro, afectados por los incendios forestales acaecidos durante el último verano y en especial a partir del 7 de marzo de este año.

La Ley dispone que el Poder Ejecutivo destinará una partida especial para afrontar las acciones de asistencia y reconstrucción de las personas y economías afectadas, y además que se amplíen los fondos destinados a la cobertura de planes sociales.

En el orden de las obras públicas, se procederá, con carácter de urgencia, a la asignación de partidas con la finalidad de llevar a cabo la reparación y/o construcción de viviendas e instalaciones en las zonas rurales y urbanas afectadas o que resulten necesarias como consecuencia de los factores que dieron origen a la presente declaración, previo estudio del conjunto de las mismas, que permita establecer prioridades para el empleo de los fondos disponibles, según la ley.

Se dispone asistencia financiera especial para las actividades económicas damnificadas; otorgamiento de créditos que permitan lograr la reparación de viviendas e instalaciones afectadas; unificación de las deudas que mantengan las explotaciones afectadas con cada institución bancaria interviniente y suspensión de hasta 90 días y/o ciclo productivo después de finalizado el período de zona de desastre y/o emergencia económica y social de la iniciación de juicios y procedimientos administrativos por cobros de acreencias vencidas con anterioridad a la emergencia o desastre.

AFIP y la ANSeS podrán instrumentar regímenes especiales de pago que contemplen expresamente a los contribuyentes afectados por los incendios.


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