Metrogas compensó a casi 630.000 usuarias y usuarios por $77 millones

La distribuidora Metrogas acreditó en las cuentas de 629.271 usuarias y usuarios un monto total de $77.091.562,68 por orden del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas), en compensación por incumplimientos en la facturación en el contexto de la Emergencia Sanitaria.

28 ABR 2021 - 14:44 | Actualizado

La medida se adoptó como resultado de la auditoría realizada a Metrogas S.A. a efectos de fiscalizar el incumplimiento previsto de la Resolución N° 35/2020, informó hoy el Enargas.

La Resolución 422/2020 del organismo -que no se encuentra firme en razón de un recurso interpuesto por la Licenciataria- multó a la prestadora por $4.222.000 ante el incumplimiento del Artículo 5° de la Resolución N° 35/2020, recordó el Enargas.

Allí se había determinado que, en el contexto de la Emergencia Sanitaria, “cuando se obtenga la primera lectura real, la distribuidora deberá emitir la factura del periodo corriente en base a dicha lectura real y si surgieran diferencias a favor del usuario, el monto resultante deberá ser reintegrado en la misma".

"En caso de existir diferencias a favor de la prestadora del servicio de distribución, el monto resultante deberá imputarse en tres cuotas -iguales y consecutivas- en las facturas que se emitan con consumos a partir del 1/9/2020”, completó.

El proceso de auditoría ordenado por la Resolución 422/2020 se inició el 14 de diciembre de 2020.

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28 ABR 2021 - 14:44

La medida se adoptó como resultado de la auditoría realizada a Metrogas S.A. a efectos de fiscalizar el incumplimiento previsto de la Resolución N° 35/2020, informó hoy el Enargas.

La Resolución 422/2020 del organismo -que no se encuentra firme en razón de un recurso interpuesto por la Licenciataria- multó a la prestadora por $4.222.000 ante el incumplimiento del Artículo 5° de la Resolución N° 35/2020, recordó el Enargas.

Allí se había determinado que, en el contexto de la Emergencia Sanitaria, “cuando se obtenga la primera lectura real, la distribuidora deberá emitir la factura del periodo corriente en base a dicha lectura real y si surgieran diferencias a favor del usuario, el monto resultante deberá ser reintegrado en la misma".

"En caso de existir diferencias a favor de la prestadora del servicio de distribución, el monto resultante deberá imputarse en tres cuotas -iguales y consecutivas- en las facturas que se emitan con consumos a partir del 1/9/2020”, completó.

El proceso de auditoría ordenado por la Resolución 422/2020 se inició el 14 de diciembre de 2020.


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