La AFIP categorizó a más de 4 millones de monotributistas

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) categorizó a más de cuatro millones de monotributistas y aplicó los nuevos valores de los distintos componentes del régimen para los primeros cinco meses del año.

04 JUN 2021 - 20:54 | Actualizado

Además, el organismo recaudador asignó las nuevas categorías que les corresponden a los contribuyentes.

La categorización se realizó de acuerdo con la escala en la que correspondía encontrarse encuadrado a partir de febrero de este año, en función de lo establecido por ley, y en igual proporción que la evolución del haber mínimo jubilatorio, informó el organismo.

La AFIP informó que categorizó a "4.077.376 monotributistas, aplicando la tabla con los nuevos valores de los distintos componentes del monotributo (impositivo, seguridad social y salud) para enero, febrero, marzo, abril y mayo, asignando una nueva categoría a cada contribuyente".

"Los nuevos valores se actualizaron en igual proporción que el haber mínimo jubilatorio y las escalas pueden consultarse en afip.gob.ar/monotributo/categorias.asp.", señaló el organismo en un comunicado.

La Ley 27.618 aprobada por el Congreso estableció que el organismo debe, por única vez, volver a categorizar a los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado en la categoría que les corresponda, considerando los valores de los parámetros de ingresos brutos y valores de los alquileres que resulten de la actualización.

Para conocer las categorías asignadas, los contribuyentes deben "ingresar con su CUIT y Clave Fiscal en monotributo.afip.gob.ar", y señaló que tienen plazo hasta el 25 de junio para solicitar una eventual modificación de la categoría asignada.

Los monotributistas que estén adheridos al débito automático y quieran solicitar la modificación de la categoría asignada tienen tiempo hasta el 11 de junio.

Las diferencias acumuladas de enero a mayo producto de la nueva categorización se podrán pagar a través de transferencia electrónica de fondos, pago electrónico mediante la utilización de tarjetas de crédito y/o débito o cualquier otro medio de pago electrónico admitido o regulado por el Banco Central.

La AFIP también aprobó que la diferencia se pueda pagar hasta en 20 cuotas, dependiendo el monto a abonar y que los planes de facilidades de pago disponibles contemplan hasta 20 cuotas siempre y cuando cada cuota supere los $500.

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04 JUN 2021 - 20:54

Además, el organismo recaudador asignó las nuevas categorías que les corresponden a los contribuyentes.

La categorización se realizó de acuerdo con la escala en la que correspondía encontrarse encuadrado a partir de febrero de este año, en función de lo establecido por ley, y en igual proporción que la evolución del haber mínimo jubilatorio, informó el organismo.

La AFIP informó que categorizó a "4.077.376 monotributistas, aplicando la tabla con los nuevos valores de los distintos componentes del monotributo (impositivo, seguridad social y salud) para enero, febrero, marzo, abril y mayo, asignando una nueva categoría a cada contribuyente".

"Los nuevos valores se actualizaron en igual proporción que el haber mínimo jubilatorio y las escalas pueden consultarse en afip.gob.ar/monotributo/categorias.asp.", señaló el organismo en un comunicado.

La Ley 27.618 aprobada por el Congreso estableció que el organismo debe, por única vez, volver a categorizar a los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado en la categoría que les corresponda, considerando los valores de los parámetros de ingresos brutos y valores de los alquileres que resulten de la actualización.

Para conocer las categorías asignadas, los contribuyentes deben "ingresar con su CUIT y Clave Fiscal en monotributo.afip.gob.ar", y señaló que tienen plazo hasta el 25 de junio para solicitar una eventual modificación de la categoría asignada.

Los monotributistas que estén adheridos al débito automático y quieran solicitar la modificación de la categoría asignada tienen tiempo hasta el 11 de junio.

Las diferencias acumuladas de enero a mayo producto de la nueva categorización se podrán pagar a través de transferencia electrónica de fondos, pago electrónico mediante la utilización de tarjetas de crédito y/o débito o cualquier otro medio de pago electrónico admitido o regulado por el Banco Central.

La AFIP también aprobó que la diferencia se pueda pagar hasta en 20 cuotas, dependiendo el monto a abonar y que los planes de facilidades de pago disponibles contemplan hasta 20 cuotas siempre y cuando cada cuota supere los $500.


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