Fallo ordenó a Seros cubrir un tratamiento contra la obesidad en la Clínica Cormillot

Es un vecino que padece obesidad mórbida, entre otros serios problemas de salud que le causan riesgo de vida. Llegó a pesar 200 kilos. Ya estuvo internado en el lugar con buenos resultados pero la obra social discontinuó la cobertura. Debió ir a tribunales y le dieron la razón.

28 NOV 2021 - 20:44 | Actualizado

Por Rolando Tobarez / @rtobarez

Enrique Ardanaz llegó a pesar 200 kilos. Padece obesidad mórbida y múltiples problemas de salud asociados. Necesita un tratamiento integral y multidisciplinario que nadie puede darle en Esquel, su ciudad.

Su reclamo al Instituto de Seguridad Social y Seguros terminó en tribunales. Ahora la jueza civil Alicia Arbilla condenó a SEROS a darle cobertura completa de internación, tratamiento ambulatorio y gastos de traslados en el Centro Especializado Clínica de Nutrición y Salud Dr. Cormillot, Capital Federal, hasta su alta médica.

Al vecino lo patrocinaron los defensores públicos Fernando Radziwilowski y Karina Albornoz, que recibieron el caso en enero de 2020.

El diagnóstico de su certificado de discapacidad incluye anormalidades en la marcha y la movilidad, ansiedad generalizada, visión subnormal de ambos ojos, apnea del sueño, dificultades cardiopulmonares, glaucoma y diabetes. Hasta sufrió un infarto de miocardio y debieron colocarle un marcapasos.

La Defensa Pública entrevistó a sus médicos: un clínico, un cardiólogo, una neuróloga, un flebólogo, una neumonóloga, una psicóloga y una psiquiatra. Todos coincidieron en que había riesgo de vida y que en Chubut no existe un centro especializado para el caso de Ardanaz. Internarlo es urgente. Necesita un tratamiento integral y no una atención aislada de cada profesional.

Antecedentes

El hombre ya estuvo en la Clínica Cormillot con cobertura de SEROS. Primero entre 2012 y 2013 con diagnóstico de superobesidad. Logró bajar 70 kilos. En 2014 y 2015 se denegó el tratamiento por no tener “resultados duraderos”. En el 2016 se le volvió a otorgar tratamiento por tres meses y en 57 días bajó 25 kilos. Le denegaron la internación en 2017 y 2019.

Ardanaz es un policía retirado de 62 años. Comenzó con problemas de aumento de peso muy notorios en 2008. Intentó dietas y tratamientos informales que le causaron problemas de riñones.

En su primer paso por Cormillot bajó de peso pero lo medicaron con corticoides y subió de nuevo. Se sentía acompañado por pacientes en su misma condición.

Al quedarse sin cobertura recurrió a nutricionistas locales sin resultados. En Esquel cada médico lo atendía por separado. Era un constante peregrinar en sus consultorios, describió la sentencia.

Según el fallo, las obras sociales están obligadas a proteger la salud del afiliado y a un trato equitativo y digno. SEROS debe cubrir el Programa Médico Obligatorio, que incluye tratar trastornos alimentarios como la obesidad.

Ardanaz está protegido por múltiple jurisprudencia nacional e internacional, como la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre, la Declaración Universal de Derechos Humanos y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, entre otros.

También lo ampara la Ley de Trastornos Alimentarios 26.396, que declaró de interés nacional la prevención y control de los trastornos alimentarios, y el tratamiento, asistencia integral y multidisciplinaria y rehabilitación. Chubut adhirió a esa ley.

Un perito explicó que Ardanaz tuvo resultados positivos a corto plazo luego de sus internaciones en Cormillot. Pero no se logró sostener más de seis meses. “En la obesidad se considera respuesta no esperada cuando la persona luego de 6 meses de tratamiento no logra cumplir las metas”, dijo.

Sobre el fracaso de los tratamientos previos en Esquel, el especialista los explicó por la necesidad de modificar los malos hábitos. Ardanaz necesita una institución para reeducarse y cambiar esas conductas.

El fallo concluyó que al paciente no se le puede exigir que se trate en Esquel cuando todos los especialistas coinciden en que la única opción razonable es la internación en Cormillot. “La negativa a proveer la prestación requerida es irrazonable y el incumplimiento de la medida cautelar ordenada tampoco puede ser tolerado, pues está en juego la vida del afiliado”.

En diálogo con este diario, Ardanaz explicó que “estoy en riesgo; hace dos semanas tuve 22/10 de presión y siempre estoy al filo. Tengo que llegar a entre 90 y 100 kilos, mi peso posible e ideal”. Camina cuando puede ya que sus piernas a veces no lo sostienen. “No me quiero morir. En Cormillot conocí gente de 450 kilos que hoy tiene 100. Se puede”.

En las últimas horas SEROS habría acatado el fallo. “Que mucha gente que tiene esta enfermedad sepa que hay chance de pelear por un derecho que les corresponde. A veces lamentablemente no se atreven a reclamar”, concluyó.#

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28 NOV 2021 - 20:44

Por Rolando Tobarez / @rtobarez

Enrique Ardanaz llegó a pesar 200 kilos. Padece obesidad mórbida y múltiples problemas de salud asociados. Necesita un tratamiento integral y multidisciplinario que nadie puede darle en Esquel, su ciudad.

Su reclamo al Instituto de Seguridad Social y Seguros terminó en tribunales. Ahora la jueza civil Alicia Arbilla condenó a SEROS a darle cobertura completa de internación, tratamiento ambulatorio y gastos de traslados en el Centro Especializado Clínica de Nutrición y Salud Dr. Cormillot, Capital Federal, hasta su alta médica.

Al vecino lo patrocinaron los defensores públicos Fernando Radziwilowski y Karina Albornoz, que recibieron el caso en enero de 2020.

El diagnóstico de su certificado de discapacidad incluye anormalidades en la marcha y la movilidad, ansiedad generalizada, visión subnormal de ambos ojos, apnea del sueño, dificultades cardiopulmonares, glaucoma y diabetes. Hasta sufrió un infarto de miocardio y debieron colocarle un marcapasos.

La Defensa Pública entrevistó a sus médicos: un clínico, un cardiólogo, una neuróloga, un flebólogo, una neumonóloga, una psicóloga y una psiquiatra. Todos coincidieron en que había riesgo de vida y que en Chubut no existe un centro especializado para el caso de Ardanaz. Internarlo es urgente. Necesita un tratamiento integral y no una atención aislada de cada profesional.

Antecedentes

El hombre ya estuvo en la Clínica Cormillot con cobertura de SEROS. Primero entre 2012 y 2013 con diagnóstico de superobesidad. Logró bajar 70 kilos. En 2014 y 2015 se denegó el tratamiento por no tener “resultados duraderos”. En el 2016 se le volvió a otorgar tratamiento por tres meses y en 57 días bajó 25 kilos. Le denegaron la internación en 2017 y 2019.

Ardanaz es un policía retirado de 62 años. Comenzó con problemas de aumento de peso muy notorios en 2008. Intentó dietas y tratamientos informales que le causaron problemas de riñones.

En su primer paso por Cormillot bajó de peso pero lo medicaron con corticoides y subió de nuevo. Se sentía acompañado por pacientes en su misma condición.

Al quedarse sin cobertura recurrió a nutricionistas locales sin resultados. En Esquel cada médico lo atendía por separado. Era un constante peregrinar en sus consultorios, describió la sentencia.

Según el fallo, las obras sociales están obligadas a proteger la salud del afiliado y a un trato equitativo y digno. SEROS debe cubrir el Programa Médico Obligatorio, que incluye tratar trastornos alimentarios como la obesidad.

Ardanaz está protegido por múltiple jurisprudencia nacional e internacional, como la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre, la Declaración Universal de Derechos Humanos y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, entre otros.

También lo ampara la Ley de Trastornos Alimentarios 26.396, que declaró de interés nacional la prevención y control de los trastornos alimentarios, y el tratamiento, asistencia integral y multidisciplinaria y rehabilitación. Chubut adhirió a esa ley.

Un perito explicó que Ardanaz tuvo resultados positivos a corto plazo luego de sus internaciones en Cormillot. Pero no se logró sostener más de seis meses. “En la obesidad se considera respuesta no esperada cuando la persona luego de 6 meses de tratamiento no logra cumplir las metas”, dijo.

Sobre el fracaso de los tratamientos previos en Esquel, el especialista los explicó por la necesidad de modificar los malos hábitos. Ardanaz necesita una institución para reeducarse y cambiar esas conductas.

El fallo concluyó que al paciente no se le puede exigir que se trate en Esquel cuando todos los especialistas coinciden en que la única opción razonable es la internación en Cormillot. “La negativa a proveer la prestación requerida es irrazonable y el incumplimiento de la medida cautelar ordenada tampoco puede ser tolerado, pues está en juego la vida del afiliado”.

En diálogo con este diario, Ardanaz explicó que “estoy en riesgo; hace dos semanas tuve 22/10 de presión y siempre estoy al filo. Tengo que llegar a entre 90 y 100 kilos, mi peso posible e ideal”. Camina cuando puede ya que sus piernas a veces no lo sostienen. “No me quiero morir. En Cormillot conocí gente de 450 kilos que hoy tiene 100. Se puede”.

En las últimas horas SEROS habría acatado el fallo. “Que mucha gente que tiene esta enfermedad sepa que hay chance de pelear por un derecho que les corresponde. A veces lamentablemente no se atreven a reclamar”, concluyó.#


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