Crimen de Santander: la violencia de género, un atenuante para la imputada

Es el homicidio sucedido en una vivienda del barrio Pueyrredón el 25 de diciembre. Tanto la Fiscalía como la Defensa coincidieron en la posibilidad que la muerte de Pablo Santander haya sido en un contexto de violencia de género.

28 DIC 2021 - 20:33 | Actualizado

En los tribunales de Comodoro Rivadavia, se concretó la audiencia de control de detención por el homicidio de Pablo Santander acontecido el 25 de diciembre en el barrio Pueyrredón, que tiene como imputada a Verónica Britez.

La fiscal Cristina Olazábal solicitó que se declare legal la detención de la imputada y se le formalice el hecho bajo la calificación legal provisoria de “homicidio agravado por el vínculo”.

La Defensa no planteó objeción ni al relato del hecho, ni a la calificación provisoria, celebrando que la fiscalía investigue el caso bajo perspectiva de violencia de género.

Finalmente la jueza penal Daniela Arcuri resolvió declarar legal la detención de la imputada, formalizar el hecho bajo la calificación provisoria de “homicidio agravado por el vínculo” y dispuso la libertad con medidas sustitutivas para ella, señaló una gacetilla de la Fiscalía.

El crimen

Olazábal se refirió al hecho acontecido el pasado 25 de diciembre, siendo aproximadamente las 4.00, en circunstancias en que Pablo Santander y Britez, junto a una menor, se encontraban en el interior de una vivienda sobre la calle Larraude al 2.700, del barrio Pueyrredón, de esta ciudad, previa discusión y en medio de un forcejeo, en un momento determinado Verónica Britez tomó un cuchillo con mango color rojo y lesionó a Pablo Santander en el lateral izquierdo del cuello.

“Se cortó el cuello”

Posteriormente, la menor salió de su habitación, observó a Santander tendido en el suelo y con sangre a su alrededor, por lo que dio aviso al Centro de Monitoreo y al arribar personal policial halló a Santander tendido en el suelo de la cocina-comedor y a Britez junto al mismo, quien manifestó: “Se está muriendo, ayúdenme, se rompió una botella y con un vidrio se cortó el cuello”.

A consecuencia de la herida recibida, Santander falleció. El hecho fue calificado provisoriamente como “homicidio agravado por el vínculo” en calidad de autora para Britez y se requirió el plazo de seis meses de investigación y que se declare legal la detención de Britez.

La fiscal se refirió a que de las entrevistas tomadas, puede haber concurrencia de una causa de justificación y en ese sentido resaltó que había entre ellos una relación deteriorada por conductas agresivas de parte de la víctima hacia la imputada y que se deberá determinar con la investigación si hay concurrencia en una causa de justificación, siempre en contexto de violencia de género.

A su vez, existe peligro de fuga pero no de entorpecimiento y si bien es un hecho grave puede suplirse la prisión preventiva por medidas sustitutivas, solicitando para la imputada presentaciones quincenales ante la Oficina Judicial y prohibición de salir de la ciudad por 6 meses; comprometiéndose a realizar una investigación del caso objetiva, en contexto de violencia de género.

Las defensoras Lucía Pettinari y María de los Ángeles Garro, por su parte, celebraron que la Fiscalía investigue el caso con perspectiva de violencia de género ya que claramente surge del caso que se enmarca en violencia de género, como lo establece la Convención de Belém Do Pará, y lo dispuesto por la Corte que todos los operadores del sistema deben trabajar en pos de eliminar toda violencia de género.

Legítima defensa

También se podría ser aplicable una causa de justificación, legítima defensa. No cuestionando la apertura del caso, ni tampoco el plazo de investigación, requiriendo la libertad de su asistida.

Felicitados

Finalmente, la jueza penal Daniela Arcuri resolvió declarar legal la detención, y asimismo dio por formalizado el hecho en contra de la imputada bajo la calificación provisoria de homicidio agravado por el vínculo.

También felicitó a la Fiscalía por la investigación en contexto de violencia de género y dictó el plazo de seis meses de investigación y medidas sustitutivas, presentaciones quincenales ante la autoridad judicial y prohibición de salir de Comodoro y Rada Tilly sin autorización judicial.

Resta ahora aguardar lo que ocurra con la investigación del caso en cuestión.

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28 DIC 2021 - 20:33

En los tribunales de Comodoro Rivadavia, se concretó la audiencia de control de detención por el homicidio de Pablo Santander acontecido el 25 de diciembre en el barrio Pueyrredón, que tiene como imputada a Verónica Britez.

La fiscal Cristina Olazábal solicitó que se declare legal la detención de la imputada y se le formalice el hecho bajo la calificación legal provisoria de “homicidio agravado por el vínculo”.

La Defensa no planteó objeción ni al relato del hecho, ni a la calificación provisoria, celebrando que la fiscalía investigue el caso bajo perspectiva de violencia de género.

Finalmente la jueza penal Daniela Arcuri resolvió declarar legal la detención de la imputada, formalizar el hecho bajo la calificación provisoria de “homicidio agravado por el vínculo” y dispuso la libertad con medidas sustitutivas para ella, señaló una gacetilla de la Fiscalía.

El crimen

Olazábal se refirió al hecho acontecido el pasado 25 de diciembre, siendo aproximadamente las 4.00, en circunstancias en que Pablo Santander y Britez, junto a una menor, se encontraban en el interior de una vivienda sobre la calle Larraude al 2.700, del barrio Pueyrredón, de esta ciudad, previa discusión y en medio de un forcejeo, en un momento determinado Verónica Britez tomó un cuchillo con mango color rojo y lesionó a Pablo Santander en el lateral izquierdo del cuello.

“Se cortó el cuello”

Posteriormente, la menor salió de su habitación, observó a Santander tendido en el suelo y con sangre a su alrededor, por lo que dio aviso al Centro de Monitoreo y al arribar personal policial halló a Santander tendido en el suelo de la cocina-comedor y a Britez junto al mismo, quien manifestó: “Se está muriendo, ayúdenme, se rompió una botella y con un vidrio se cortó el cuello”.

A consecuencia de la herida recibida, Santander falleció. El hecho fue calificado provisoriamente como “homicidio agravado por el vínculo” en calidad de autora para Britez y se requirió el plazo de seis meses de investigación y que se declare legal la detención de Britez.

La fiscal se refirió a que de las entrevistas tomadas, puede haber concurrencia de una causa de justificación y en ese sentido resaltó que había entre ellos una relación deteriorada por conductas agresivas de parte de la víctima hacia la imputada y que se deberá determinar con la investigación si hay concurrencia en una causa de justificación, siempre en contexto de violencia de género.

A su vez, existe peligro de fuga pero no de entorpecimiento y si bien es un hecho grave puede suplirse la prisión preventiva por medidas sustitutivas, solicitando para la imputada presentaciones quincenales ante la Oficina Judicial y prohibición de salir de la ciudad por 6 meses; comprometiéndose a realizar una investigación del caso objetiva, en contexto de violencia de género.

Las defensoras Lucía Pettinari y María de los Ángeles Garro, por su parte, celebraron que la Fiscalía investigue el caso con perspectiva de violencia de género ya que claramente surge del caso que se enmarca en violencia de género, como lo establece la Convención de Belém Do Pará, y lo dispuesto por la Corte que todos los operadores del sistema deben trabajar en pos de eliminar toda violencia de género.

Legítima defensa

También se podría ser aplicable una causa de justificación, legítima defensa. No cuestionando la apertura del caso, ni tampoco el plazo de investigación, requiriendo la libertad de su asistida.

Felicitados

Finalmente, la jueza penal Daniela Arcuri resolvió declarar legal la detención, y asimismo dio por formalizado el hecho en contra de la imputada bajo la calificación provisoria de homicidio agravado por el vínculo.

También felicitó a la Fiscalía por la investigación en contexto de violencia de género y dictó el plazo de seis meses de investigación y medidas sustitutivas, presentaciones quincenales ante la autoridad judicial y prohibición de salir de Comodoro y Rada Tilly sin autorización judicial.

Resta ahora aguardar lo que ocurra con la investigación del caso en cuestión.


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