La prórroga fue dispuesta a través de la Resolución 515/2022 del Boletín Oficial y regirá desde el 11 de septiembre, fecha de vencimiento del plazo actual de 12 meses.
De esta forma, la AGP continuará con la concesión de la operación para el mantenimiento del sistema de señalización y tareas de dragado y redragado, y el correspondiente control hidrológico de la Vía Navegable Troncal comprendida entre el kilómetro 1.238 del Río Paraná, punto denominado Confluencia, hasta la Zona de Aguas Profundas Naturales en el Río de la Plata exterior.
La posibilidad de extender la operación estatal ya estaba contemplada en el Decreto 427/2021 que dispuso la toma de posesión del Estado, el cual fijó un plazo de 12 meses para la concesión de la AGP prorrogable hasta la toma de servicio de quien o quienes resulten adjudicatarios de la licitación de su operación.
Tomando en cuenta esa reglamentación, la AGP solicitó que se evalúe la prórroga de la concesión debido a que, “al día de la fecha, no hay certezas respeto al tiempo que ha de transcurrir hasta la convocatoria a Licitación Pública encomendada al Ente Nacional de Control y Gestión de la Vía Navegable” ni para la “correspondiente toma de servicio por parte de quién o quienes resultaren adjudicatarios”.
Tras ello y según indican los considerandos de la resolución, la Unidad Gabinete de Asesores avaló los argumentos de la AGP “dado que de los mismos se desprende la necesidad de continuar con las acciones necesarias para garantizar la navegabilidad de la Vía Navegable Troncal”.
Previamente, en 1995, las tareas de mantenimiento, dragado y balizamiento del Paraná quedaron en manos del consorcio Hidrovía, integrado por la empresa belga Jan de Nul y la argentina Emepa; concesión que venció el 30 de abril de 2021.
Pasada esa fecha, se le otorgó a la empresa Hidrovía S.A una prórroga de 90 días.
Sin embargo, el Gobierno, el 1 de julio –antes de cumplirse el plazo previsto- decidió dejar a la Hidrovía bajo control estatal a partir del 11 de septiembre de ese año.
La prórroga fue dispuesta a través de la Resolución 515/2022 del Boletín Oficial y regirá desde el 11 de septiembre, fecha de vencimiento del plazo actual de 12 meses.
De esta forma, la AGP continuará con la concesión de la operación para el mantenimiento del sistema de señalización y tareas de dragado y redragado, y el correspondiente control hidrológico de la Vía Navegable Troncal comprendida entre el kilómetro 1.238 del Río Paraná, punto denominado Confluencia, hasta la Zona de Aguas Profundas Naturales en el Río de la Plata exterior.
La posibilidad de extender la operación estatal ya estaba contemplada en el Decreto 427/2021 que dispuso la toma de posesión del Estado, el cual fijó un plazo de 12 meses para la concesión de la AGP prorrogable hasta la toma de servicio de quien o quienes resulten adjudicatarios de la licitación de su operación.
Tomando en cuenta esa reglamentación, la AGP solicitó que se evalúe la prórroga de la concesión debido a que, “al día de la fecha, no hay certezas respeto al tiempo que ha de transcurrir hasta la convocatoria a Licitación Pública encomendada al Ente Nacional de Control y Gestión de la Vía Navegable” ni para la “correspondiente toma de servicio por parte de quién o quienes resultaren adjudicatarios”.
Tras ello y según indican los considerandos de la resolución, la Unidad Gabinete de Asesores avaló los argumentos de la AGP “dado que de los mismos se desprende la necesidad de continuar con las acciones necesarias para garantizar la navegabilidad de la Vía Navegable Troncal”.
Previamente, en 1995, las tareas de mantenimiento, dragado y balizamiento del Paraná quedaron en manos del consorcio Hidrovía, integrado por la empresa belga Jan de Nul y la argentina Emepa; concesión que venció el 30 de abril de 2021.
Pasada esa fecha, se le otorgó a la empresa Hidrovía S.A una prórroga de 90 días.
Sin embargo, el Gobierno, el 1 de julio –antes de cumplirse el plazo previsto- decidió dejar a la Hidrovía bajo control estatal a partir del 11 de septiembre de ese año.