El tribunal de juicio compuesto por los magistrados Ariel Quiroga, Luis Daniel María Pinto y José Luis Ennis, llevó adelante las audiencias de debate contra R.G.C (57) imputado por abuso sexual simple y abuso sexual con acceso carnal, agravado por haber sido cometido por el encargado de la educación y en contexto de la ley de protección integral contra la mujer.
Durante el juicio se escucharon los relatos de 27 testigos. También se reprodujo el testimonio ofrecido por la víctima mediante su declaración en Cámara Gesell. Así las cosas, en la semana concluyó la etapa de recepción de pruebas en Sarmiento.
En el marco de la etapa de discusión final del debate oral, las partes desarrollaron sus alegatos de clausura. La fiscal Rita Barrionuevo consideró que mediante la prueba rendida en el juicio se logró acreditar la teoría del caso presentada por el Ministerio Público Fiscal.
Pidió al tribunal que declare al acusado autor penalmente responsable del delito de abuso sexual simple y abuso sexual con acceso carnal, agravado por haber sido cometido por el encargado de la educación y en contexto de la Ley de Protección Integral Contra la Mujer.
Marcelo Catalano del Ministerio Público de la Defensa, solicitó la absolución de su defendido.
El tribunal de juicio integrado por los jueces Ariel Quiroga, Luis Daniel María Pinto y José Luis Ennis, dio por clausurado el debate e indicó que mediante la Oficina Judicial informará a las partes la fecha de lectura del veredicto.
En el inicio de su alegación la representante de fiscalía sostuvo que la prueba rendida es común a los tres hechos. En consecuencia, consideró que los hechos no pueden ser analizados de manera aislada. Asimismo, destacó la coherencia interna y externa, y la validez del relato de la víctima en la cámara Gesell.
Mencionó los indicios postraumáticos y daño psíquico que presentaba la adolescente, de acuerdo a los informes profesionales presentados por la psicóloga que declaró en el juicio. Finalmente, la investigadora pidió al tribunal que declare al imputado autor penalmente responsable del delito endilgado por el Ministerio Público Fiscal.
A su turno, el abogado Catalano, consideró que los acusadores no lograron acreditar con certeza el relato de la víctima. Tampoco vincular ese testimonio con los indicios presentados. Para concluir, requirió la absolución de su asistido.
Por último, el tribunal se retiró a deliberar. Luego la oficina judicial anunciará a las partes la fecha de lectura del veredicto.
Los protocolos para el tratamiento informativo de los casos de abuso sexual, sugieren preservar la identidad de la víctima y el imputado, a los fines de un desarrollo ordenado del proceso judicial, informó una gacetilla de la Fiscalía.
Los investigadores, indicaron que el primer hecho de abuso, ocurrió durante el mes de septiembre de 2020, en una oficina de un centro comunitario ubicado en el barrio “Parque 21 de Junio”. En ese espacio el acusado dictaba un taller de danzas folclóricas. En tanto, la víctima asistía en carácter de alumna.
Luego, en octubre de ese mismo año, el imputado, agredió nuevamente a la menor de edad. En esa ocasión el ataque se registró en el domicilio de la víctima.
Asimismo, la fiscalía, sostiene que en noviembre de 2020, el agresor utilizó su vivienda para atacar por tercera vez a la adolescente.#
El tribunal de juicio compuesto por los magistrados Ariel Quiroga, Luis Daniel María Pinto y José Luis Ennis, llevó adelante las audiencias de debate contra R.G.C (57) imputado por abuso sexual simple y abuso sexual con acceso carnal, agravado por haber sido cometido por el encargado de la educación y en contexto de la ley de protección integral contra la mujer.
Durante el juicio se escucharon los relatos de 27 testigos. También se reprodujo el testimonio ofrecido por la víctima mediante su declaración en Cámara Gesell. Así las cosas, en la semana concluyó la etapa de recepción de pruebas en Sarmiento.
En el marco de la etapa de discusión final del debate oral, las partes desarrollaron sus alegatos de clausura. La fiscal Rita Barrionuevo consideró que mediante la prueba rendida en el juicio se logró acreditar la teoría del caso presentada por el Ministerio Público Fiscal.
Pidió al tribunal que declare al acusado autor penalmente responsable del delito de abuso sexual simple y abuso sexual con acceso carnal, agravado por haber sido cometido por el encargado de la educación y en contexto de la Ley de Protección Integral Contra la Mujer.
Marcelo Catalano del Ministerio Público de la Defensa, solicitó la absolución de su defendido.
El tribunal de juicio integrado por los jueces Ariel Quiroga, Luis Daniel María Pinto y José Luis Ennis, dio por clausurado el debate e indicó que mediante la Oficina Judicial informará a las partes la fecha de lectura del veredicto.
En el inicio de su alegación la representante de fiscalía sostuvo que la prueba rendida es común a los tres hechos. En consecuencia, consideró que los hechos no pueden ser analizados de manera aislada. Asimismo, destacó la coherencia interna y externa, y la validez del relato de la víctima en la cámara Gesell.
Mencionó los indicios postraumáticos y daño psíquico que presentaba la adolescente, de acuerdo a los informes profesionales presentados por la psicóloga que declaró en el juicio. Finalmente, la investigadora pidió al tribunal que declare al imputado autor penalmente responsable del delito endilgado por el Ministerio Público Fiscal.
A su turno, el abogado Catalano, consideró que los acusadores no lograron acreditar con certeza el relato de la víctima. Tampoco vincular ese testimonio con los indicios presentados. Para concluir, requirió la absolución de su asistido.
Por último, el tribunal se retiró a deliberar. Luego la oficina judicial anunciará a las partes la fecha de lectura del veredicto.
Los protocolos para el tratamiento informativo de los casos de abuso sexual, sugieren preservar la identidad de la víctima y el imputado, a los fines de un desarrollo ordenado del proceso judicial, informó una gacetilla de la Fiscalía.
Los investigadores, indicaron que el primer hecho de abuso, ocurrió durante el mes de septiembre de 2020, en una oficina de un centro comunitario ubicado en el barrio “Parque 21 de Junio”. En ese espacio el acusado dictaba un taller de danzas folclóricas. En tanto, la víctima asistía en carácter de alumna.
Luego, en octubre de ese mismo año, el imputado, agredió nuevamente a la menor de edad. En esa ocasión el ataque se registró en el domicilio de la víctima.
Asimismo, la fiscalía, sostiene que en noviembre de 2020, el agresor utilizó su vivienda para atacar por tercera vez a la adolescente.#